El alto tribunal afirma que “la prostitución puede considerarse una actividad económica si se presta en condiciones aceptables para el Estatuto de los Trabajadores”, algo que ha reabierto el debate.
- Cadena humana en lucha de los derechos de las prostitutas. / Guillen Valle
A mediados de abril, la sala de lo
Penal del Tribunal Supremo absolvió
de un delito contra los derechos
de los trabajadores a un hombre y a
una mujer dueños de varios prostíbulos
en Vigo que empleaban a brasileñas
a las que traían con visado de
turista, al considerar que en esta relación
no existía “violencia, intimidación,
engaño, abuso de superioridad
y especial vulnerabilidad”. Al
mismo tiempo les condenó a ambos
y a otro empresario colaborador por
promover la inmigración ilegal. La
sentencia reabre el debate sobre la
regulación de la prostitución y sus
vínculos con el tráfico irregular de
migrantes y la trata de personas con
fines de explotación sexual.
El Supremo cita varias sentencias
de alcance estatal y europeo que reconocen
la prostitución por cuenta
propia como una actividad económica
y establece que, en este caso y “al
margen de razones de moralidad”,
no puede ser incardinada en el artículo
312 del Código Penal, que castiga
a quienes ofrecen condiciones
de trabajo engañosas a extranjeros
o les emplean vulnerando sus derechos
laborales. Mamen Briz, del colectivo
Hetaira en defensa de los
derechos de las prostitutas, considera
que “ésta es la parte más positiva
de la sentencia. El problema radica
en que la prostitución voluntaria
no está regulada”, tanto si se
ejerce de forma autónoma como
dependiendo de terceros.
Condiciones contradictorias
Estos empresarios de Vigo imponían
a las mujeres multas económicas
por llegar tarde o hablar alto,
también las obligaban a residir en
los locales y a pagar el alojamiento
y la comida. Aunque la sentencia
considera que las multas “están
normalmente sancionadas en el
mundo de la hostelería”, Briz cree
que “es más que evidente que las
condiciones entran en contradicción
con las normativas laborales”
y las considera sobreexplotación,
“algo que se da en muchos otros
sectores no regularizados, como el
de las trabajadoras domésticas”.
Asimismo, Briz propone impedir a
toda costa su equiparación a otras
actividades, regulando las condiciones
laborales de una actividad económica
singular que no es “comparable
con otras”. Para esta integrante
de Hetaira, “la ‘alegalidad’ actual
favorece su explotación por parte
del empresariado de la industria del
sexo. No pueden seguir trabajando
en estas condiciones, sin ninguna
ley que les ampare, mientras la sociedad
mira para otro lado”. La Asociación
para la Promoción y Reinserción
de la Mujer Prostituida
(APRAMP) hace una lectura opuesta.
Su presidenta, Rocío Nieto, cree
que la prostitución no es “un trabajo
para nada, sino una violación de
derechos humanos. Ninguna de las
mujeres que nosotros atendemos
se posiciona como prostituta sino
como víctima”.
Briz remarca que la sentencia diferencia
entre trata de seres humanos
y prostitución, ya que “da por probado
que las 11 trabajadoras del club
‘aceptaron venir a España para ejercerla,
así como las condiciones económicas’,
condiciones entre las que
se encontraba la devolución de una
parte del coste del billete aéreo y la
concesión de un día de descanso a la
semana. Concluye Briz que se habla
“de un delito de inmigración ilegal,
no de prostitución forzada”. Hetaira
reivindica distinguir la trata de mujeres
con fines de comercio sexual de
la prostitución voluntaria. Según
Briz, les preocupa “qué sucede con
las mujeres implicadas en estos procesos.
Porque de ellas prácticamente
no se habla, se las olvida pronto”.
Recuerda que en el caso Vigo “declararon
a través de videoconferencia.
Entendemos que fueron expulsadas
por ‘inmigración irregular’, aunque
la sentencia sí habla de indemnización
para dos de ellas”.
APRAMP forma parte de la Red
Española contra la Trata de Personas
y cuenta con mujeres capacitadas
específicamente para abordar el
fenómeno. Diariamente atiende a
unas 220 mujeres, de las que unas
20 acceden a su Centro de Atención
Integral. Según Nieto, constatan
“una vulneración constante de derechos,
con mujeres que quieren salir
de esa situación y no pueden contarlo
porque están amenazadas, no
sólo ellas, sino sus familias en sus
países de origen. Basta ya de decir
que están ahí porque quieren”. En
todo caso, el marco jurídico internacional
estipula no supeditar el apoyo
y la provisión de permisos de residencia
para las víctimas de trata a
que éstas cooperen en los procesos
judiciales contra las mafias. En la
práctica, la mayoría son tratadas como
inmigrantes irregulares y se las
expulsa a sus países de origen.
Según Nieto, los organismos de derechos
humanos recomiendan “establecer
protocolos de identificación
que permitan no confundirlas con
mujeres que migran de forma clandestina”.
Cree que es la única forma
de realizar una correcta intervención
integral, “enfocada a la detección
y persecución de las redes, así
como a la sensibilización social, prevención
y la recuperación y reinserción
de las víctimas”.
En 2008, el Gobierno español
aprobó el Plan Nacional contra la
Trata, fruto del estudio sobre la prostitución
que realizó la Comisión Mixta
de los Derechos de la Mujer del
Parlamento en 2007. La organización
Women’s Link Worldwide, integrante
de la Red, considera que
“aún no se han visto cambios a pesar
de los compromisos adquiridos, entre
los que está introducir el delito de
trata en el Código Penal para clarificar
la actual confusión entre trata y
tráfico de personas y la puesta en
marcha de un período de reflexión
para las presuntas víctimas”. En mayo,
el Tribunal Europeo de Derechos
Humanos sancionó al Gobierno por
no trasponer la directiva europea
que da derechos a personas no europeas
víctimas de trata y no brindarles
un permiso de residencia.
Abolir contra regularizar
En febrero de 2007, la Comisión
Mixta de los Derechos de
la Mujer del Congreso de los
Diputados (CMDM) publicó su
informe final sobre la prostitución,
tras más de un año de
trabajo y entrevistas con personas
expertas de distinto signo. La
CMDM desaconsejó regularizar
la prostitución por considerar
que está directamente relacionada
con la trata de mujeres y
su explotación sexual. Elaborado
en medio de un enconado
debate en el seno del movimiento
feminista, los grupos
prorregulación tildaron de
sesgadas e ideologizadas
sus conclusiones, mientras
los abolicionistas las celebraron.
La sentencia del Supremo
se suma a la jurisprudencia
que considera la prostitución
una actividad económica legítima
que debe reconocerse y
regularse en beneficio de quienes
la ejercen.
Trata, tráfico y prostitución
El Grupo Socialista y la Plataforma
por la Abolición de la
Prostitución afirman que la
mayoría de prostitutas inmigrantes
son forzadas a ejercer
esa actividad. El colectivo
Hetaira por los derechos de las
prostitutas remite a su trabajo y
estudios como el de la Guardia
Civil en 2004, según el cual el
80% de las prostitutas inmigrantes
trabajan por cuenta
propia. La investigadora Laura
M. Agustín distingue entre las
redes familiares que ayudan a
migrar a mujeres que vienen a
prostituirse y que han pasado
a ser ilegales por las leyes de
extranjería (tráfico) y mafias
coercitivas (trata). Según la
antropóloga Dolores Juliano,
la raíz de la confusión es el
Convenio para la Represión de
la Trata de Personas de la
ONU de 1949, que no contempla
la trata con otros fines
e identifica prostitución con
trata.
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