El anteproyecto endurece la ley
Gallardón criminaliza los enlaces en internet

Justicia reformará los artículos del Código Penal que afectan a los derechos de propiedad intelectual.

30/05/13 · 8:05
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Enlazar contenido con derechos reservados será delito castigado con hasta tres años de prisión, y seis años en los casos más graves, según la nueva reforma del Código Penal. La pasada semana el texto provisional fue publicado en la web de la Universidad de Barcelona, con dos artículos exclusivamente dedicados a marcar conductas infractoras del derecho de propiedad intelectual. Para el abogado especialista en propiedad intelectual David Bravo “en la práctica, el ejercicio de este derecho será imposible porque la propia naturaleza del bien regulado lo impide” y añade “es como pretender que la ley les otorgue el derecho a coger bits con las manos”. La ineficacia de las reformas a la ley de propiedad intelectual, mediante la Ley Sinde, la Ley Sinde-Wert y la reciente Ley Lasalle lo avalan.

El abogado Carlos Sánchez Almeida, en declaraciones para DIAGONAL sobre esta última ley –aprobada por el Consejo de Ministros el pasado mes de abril– ya hablaba de la posibilidad de que “intenten repartir las responsabilidades y se empiece a perseguir por la vía penal”. Para el especialista, el cambio obedece a presiones internas y externas. Por un lado, al “interés del Gobierno por satisfacer a los editores de prensa y televisiones comerciales”; y por otro, a “presiones de la administración estadounidense al gobierno español, con independencia del signo político de cada uno”.

Podría constituir delito el uso del sistema Linux
Los hechos hablan por sí mismos. Los cambios del Código Penal se filtraron “tras una reunión con el jefe del lobby de la industria del cine estadounidense, Christopher Dodd”, tal y como afirma Almeida. Lo que ha facilitado, según cuenta el abogado David Maeztu, que “España, por segundo año, no esté entre los países señalados en la lista 301 –de países más piratas– realizada por Estados Unidos”, salvándose así de las sanciones comerciales que pudiera suponer estarlo.

El Código Gallardón pretende que “cualquier persona que tenga un beneficio directo o indirecto por enlazar a obras intelectuales pueda ser criminalizada”, coinciden los abogados Bravo y Almeida. Pero la interpretación es muy abierta, por lo que “puede ser considerado beneficio económico indirecto el simple ahorro”, por ejemplo “alguien que no puede comprar un libro, una película, una canción, puede ser transformado en delincuente”, asegura Almeida. “Incluso los uploaders –usuarios que suben contenidos a la red– podrían verse perseguidos penalmente, ya obtengan ventajas como servicios premium o ingresos”, opina Maeztu. Además, “los prestadores de servicios de alojamiento se verán en una situación complicada, teniendo que velar por los contenidos y juzgar las notificaciones recibidas”.

Mermará también el desarrollo de la comunidad del software libre. Maeztu refiere que podría constituir delito “el uso del sistema Linux, que sortea algunas medidas de protección para poder funcionar” o “la técnica de ingeniería inversa, que se utiliza para conocer un programa y asegurar su operatividad”. Es más, el especialista prevé que la normativa repercuta de forma negativa en el modelo de negocio: “si se generan inseguridades jurídicas en un país, los afectados se irán a prestar servicios a otro”. Almeida lo corrobora: “los emprendedores se exiliarán y la autocensura se instalará en la red española”.

A pesar de ello, los expertos consultados no creen que vaya a ser efectiva. “Wert dice que las leyes de propiedad intelectual quedan obsoletas a los tres meses”, según Bravo, así que “o hacen leyes trimestrales o admiten la necesidad de un tratamiento distinto de la propiedad intelectual por su naturaleza digital”. Almeida, por su parte, encuentra una barrera infranqueable en “la asfixia económica y falta de medios personales”, mientras que Maeztu afirma que “bloquear el acceso a estas url será imposible”.

El texto de la reforma está aún en fase de anteproyecto. En los próximos meses se espera ver los informes del Consejo de Estado y el Consejo General del Poder Judicial sobre el mismo, pero parte de la comunidad virtual ya ha mostrado su rechazo en las redes, como muestra el hashtag #EnlaceLibre o un comunicado del Partido Pirata de rechazo a la medida.

La industria se asegura ganar los procesos
 

En los últimos años, las web de enlaces suelen ser absueltas en los procesos judiciales. Desde 2006, los jueces declaran que estas páginas facilitan el acceso a obras protegidas, lo cual no es delito. Sin embargo, el nuevo Código Penal quiere que lo sea, además de extender la penalización a los usuarios, y así “cambiar la norma para que la industria gane los procedimientos judiciales”, afirma David Bravo.

También los medios para saltar dispositivos de protección de obras (como chips de consolas) escapaban de la persecución ofreciendo otras funcionalidades distintas a las de acceder a obras protegidas (como navegar por internet). Con la nueva regulación, la distribución o mera tenencia será castigada.

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comentarios

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    07/03/2014 - 10:27am
    Muy buen articulo , aunque en mi opinion si no se pueden compartir enlaces porque es considerado delito ... primero deberian de combatir a aquellos que alojan el contenido y acabarian con los enlaces... , si en España no se puede hacer ninguna de las dos , se hara en otro pais ... ejemplo parecido : los chinos venden ropa ilegal en españa desde china con sus webs.... y que pase por aduanas las mayoria o no .. , es otro tema ... pero no se puede frenar ...
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    Ant
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    07/06/2013 - 9:02pm
    Por ejemplo para ver dvds protegidos en linux hay que ir por la puerta de atras&nbsp;<br />porque los fabricantes no dan las especificaciones<br />, cualquier contenido con &nbsp;DRM,<br />drivers de dispositivos hechos usando ingenieria inversa porque el fabricante no quiere<br />decirnos como funciona, etc,
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    Joanna Walkowicz
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    30/05/2013 - 6:02pm
    <div id="magicdomid117"><span class="author-g-j8y5bolp1yckrmjc">El sistema Linux sortea ciertas medidas de protección para acceder a obras de contenido protegido. El abogado David Maezu cree que, por tanto, el uso de este sistema para ver obras de contenido protegido podría considerarse delito: &quot;Se prevé una modificación que proteja más los sistemas de protección o DRMs al constituir un delito incluso la mera tenencia de software o sistemas idóneos para sortear estos sistemas. El problema es que muchos sistemas no funcionaban en Linux, por ejemplo, por lo que la única forma de disfrutar de esas obras es sorteando esas medidas de protección. Así eso sería delito.&quot;<br /><br />Un saludo</span><br /><br /><br />&nbsp;</div>
  • &quot;&quot;...Mermará también el desarrollo de la comunidad del software libre. Maeztu refiere que <strong>podría constituir delito &ldquo;el uso del sistema Linux</strong>, que sortea algunas medidas de protección para poder funcionar&rdquo; o &ldquo;la técnica de ingeniería inversa, que se utiliza para conocer un programa y asegurar su operatividad&rdquo;. Es más, el especialista prevé que la normativa repercuta de forma negativa en el modelo de negocio: &ldquo;si se generan inseguridades jurídicas en un país, los afectados se irán a prestar servicios a otro&rdquo;. Almeida lo corrobora: &ldquo;los emprendedores se exiliarán y la autocensura se instalará en la red española&rdquo;...&quot;&quot;<br /><br />si esto llegase a ser efectivo desde luego que nos vamos del pais.
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    made1993
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    30/05/2013 - 12:15pm
    No entiendo lo de linux, que normas infringiria?. No he visto el proyecto o borrador de la ley, pero si su intención es penalizar los enlaces, por que habría&nbsp;que penalizar algo que es gratuito?
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