Renta 2015
Campaña de objeción fiscal al gasto militar

Un año más puedes hacer la objeción fiscal apoyando a 'Diagonal' y disfrutar de esta exquisita porrusalda antimilitarista.

21/04/15 · 14:18

La objeción de conciencia a los gastos militares, u objeción fiscal, consiste en negarse a pagar al Estado el dinero que destina a preparar y mantener el militarismo y desviarlo a un destino alternativo que acredite su identificación con los objetivos de la campaña. Para ello, se debe hacer la declaración de la renta, tal y como marca Hacienda, incluyendo la cantidad objetada en el apartado de deducciones y adjuntando el correspondiente justificante.

Para el 2014 se ha calculado que el gasto militar, cuya mayor parte se camufla
repartida entre diversos ministerios, sumado a lo que el estado se gastó en control social, es decir policías y cárceles, fue un total de 41.393,28 millones de euros. Si lo dividimos entre los habitantes censados del estado sale a 890,87 euros cada uno. Esa podría ser la cantidad a reclamar y redirigirlo a Diagonal.

Para todos aquellos que deseen hacer la objeción fiscal apoyando a Diagonal los pasos a seguir son:

  • Ingresar la cantidad a objetar (hay varias posibilidades, ver el caso práctico descrito en este mismo post) en la cuenta de la Asociación Punto y Coma (Caja Laboral ES06 3035 0376 15 3760005841).
  • Enviar una copia del recibo y un manifiesto-tipo a Hacienda junto con el resto de la documentación.
     

Breve guía para realizar la objeción fiscal 

La objeción fiscal se concreta en el momento de rellenar el impreso que facilita la Agencia Tributaria para hacer la Declaración de la Renta. Lo mejor es hacer la declaración de renta ordinaria o simplificada y no la hoja de devolución rápida. Se puede hacer a mano, con la ayuda del programa informático de la Agencia Tributaria, de una caja de ahorros o banco, o incluso pedírselo a un gestor (informándole previamente sobre esta web).

Es importante dejar constancia de la demanda al Estado para que reconozca nuestra objeción, como derecho de las personas, y proceda por tanto a retirar de los presupuestos militares la parte correspondiente de nuestra cuota.

Rellenar la declaración

Para rellenar la declaración puedes apoyarte en este tutorial del Grupo Antimilitarista Tortuga que te informará de todos los pasos a seguir.

Si no deseas esperar a la aceptación por Hacienda para hacer efectiva tu objeción, ingresa primero la cantidad de tu Objeción Fiscal en el proyecto que hayas elegido. Recuerda que estás optando por la desobediencia civil: no es necesario que el ingreso se haya realizado en el ejercicio de la declaración, aunque esa sea la norma para las "deducciones” reguladas.

Pide dos recibos: adjuntarás a tu declaración uno de los justificantes del ingreso al proyecto social y alternativo que escojas. Si no, al menos quédate con una fotocopia del recibo.

Hacemos nuestra declaración hasta llegar a la casilla "Cuota resultante de la autoliquidación", que indica los impuestos que habríamos de pagar a Hacienda. De optar por la objeción porcentual, sobre esta cantidad se calculará más adelante el porcentaje de nuestra objeción.

Tachas una de las casillas no utilizadas del apartado de "Retenciones y demás pagos a cuenta (por rendimientos del trabajo, por rendimientos del capital mobiliario, por aplicación del régimen especial de atribución de rentas, por ganancias patrimoniales incluidos premios, etc...)", que viene a continuación, escribiendo encima "por objeción fiscal a los gastos militares" y el importe objetado, y sigue el cálculo hasta el final.

Concretando: un caso práctico

  1. Hacemos nuestra declaración hasta llegar a la casilla 737 "Cuota resultante de la autoliquidación" que indica los impuestos que deberemos pagar a Hacienda. Calculamos el 12,04% de esta cantidad.
     
  2. Introducimos la cifra resultante (o bien incluimos los 84 euros de cuota fija o los 890,87 euros de gasto militar que corresponden a cada persona) en una casilla de las de retenciones que no vayamos a usar (por ejemplo la 747 del Plan Prever). Una vez rellenado el impreso tacharemos el concepto y pondremos encima "por objeción al gasto militar".
     
  3. Acabamos de hacer nuestra declaración normalmente. En caso de que la declaración nos saliera positiva, a los ojos de Hacienda estaremos pagando menos de lo que nos toca. En caso de que nos saliera negativa, según Hacienda estaremos pidiendo que nos devuelvan más de lo que nos correspondería.

En el siguiente gráfico se ve como hacer la Objeción en los impresos. Representa un ejemplo de declaración negativa en el que el cálculo de lo que nos tocaría pagar según el estado -la cuota líquida- son 1.000 euros, y lo que ya hemos pagado a Hacienda son 1.100 euros. Si no hiciéramos la objeción fiscal nos devolverían 100 euros, que es lo que hemos pagado de más durante el año. Pero como utilizamos una casilla inútil como la del Plan Prever, para añadir la cantidad objetada, el total de retenciones se incrementa, y por lo tanto ahora nos devolverían más dinero del que nos tocaría:

Más allá de los cálculos...

Es imprescindible que adjuntes también una carta dirigida al Director o Directora de la Agencia Tributaria de tu localidad alegando los motivos de tu objeción a los gastos militares; en ella le comunicas el total del dinero desviado y el proyecto social que has escogido como alternativo al gasto militar. En todo caso, existen varios modelos de carta disponibles, dependiendo del tipo de Objeción Fiscal realizada. En la sección correspondiente de esta misma web tienes dos, a modo de ejemplo, (una de ellas para la cuota líquida cero) que puedes modificar según tu criterio personal.

También es imprescindible que rellenes una encuesta con tus datos básicos y los de la objeción realizada y nos la hagas llegar: la puedes encontrar en el correspondiente apartado de la web.

Recuerda: aunque la declaración te salga a pagar, a devolver o de cuota líquida cero, e incluso sin obligación de declarar, siempre te puedes declarar persona objetora fiscal. No se trata en este caso de algo simbólico, es una acción práctica de denuncia directa, personal y colectiva del gasto militar. Contribuye efectivamente a un debate público urgente sobre la necesidad de derivar los presupuestos militares hacia fines sociales (vivienda, educación, sanidad, cultura, etc).

Tags relacionados: Objeción fiscal
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comentarios

1

  • |
    Pablo
    |
    19/04/2014 - 11:09am
    Hola, el gasto militar por persona en 2013 fue de 721'83. € http://www.grupotortuga.com/Campana-contra-el-Gasto-Militar Habéis puesto el dato de la campaña pasada. Otra cosa, este año hace falta el IBAN bancario para hacer transferencias y lo que habéis puesto en el artículo no es el IBAN Un saludo.
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