Perseguir al mensajero
Cualquier día, en diferentes puntos
de cualquier gran ciudad, especialmente
en Madrid, coincidiendo
con las horas de afluencia
o vuelta del trabajo, podemos observar
controles policiales, con
identificaciones masivas de ciudadanos
cuyo aspecto exterior, rasgos
étnicos o de otro tipo, prejuzgan
su condición de extracomunitarios:
son las conocidas como redadas
a inmigrantes.
Dichas redadas han sido denunciadas
por múltiples organismos y
organizaciones de derechos humanos.
La Defensora del Pueblo ha
sostenido la inexistencia de habilitación
legal para practicar “detenciones
preventivas” de ciudadanos
extranjeros, incluso cuando éstos
se encontrasen en situación irregular
desde la perspectiva del derecho
de extranjería.
Frente a ello, pese a las evidentes
demostraciones, las autoridades
niegan dicha realidad, a pesar
de las quejas formuladas incluso
por los sindicatos policiales.
Ahí donde la verdad trata de ocultarse
de la realidad pública, salvo
para los afectados, aparecen numerosos
ciudadanos que no se quedan
impasibles y que defienden los derechos
humanos y se enfrentan a la
discriminación que dichos controles
suponen, realizan quejas, denuncias
o simplemente tratan de
acompañar a las personas que los
sufren en esos momentos.
Diferentes periodistas han dado
cobertura, ante la negación de la realidad,
aportando pruebas fotográficas
de las redadas a inmigrantes
que, incontrovertibles, muestran la
cara más violenta de la Europa
Social y de Derecho.
Como incómodos
testigos de las vergüenzas de
las sociedades supuestamente civilizadas,
han pasado a ser un nuevo
objetivo de control y represión, impidiéndoseles
realizar su trabajo informativo.
Pese a no existir ninguna norma
jurídica que impida informar sobre
actuaciones de funcionarios en
lugares públicos, es más, habiendo
sido amparada por el Tribunal
Constitucional, los informadores
sufren identificaciones, sutiles y no
tan sutiles advertencias, se les exige
borrar el material fotográfico tomado,
o se les denuncia por múltiples
ilícitos penales que no tratan más
que conseguir un amparo que limite
el derecho fundamental a la libertad
de información y permita devolver
a la clandestinidad las redadas a
inmigrantes.
Una seguridad abstracta
Más difícil es aún la situación de ciudadanos
que únicamente quieren
poder acreditar lo que está sucediendo
en sus calles, y que también sufren
denuncias. No existe una doctrina
jurisprudencial consolidada
respecto de los ciudadanos particulares,
pues si bien diferentes resoluciones
judiciales han amparado la
posibilidad de impedir a ciudadanos
que tomasen fotografías de agentes
de los cuerpos y fuerzas de seguridad,
otras han permitido dicho comportamiento.
Al no existir normativa
que lo impida, las meras y abstractas
razones de seguridad no deben impedir
el derecho de todo ciudadano
a poder acreditar la actuación de funcionarios
en un lugar público.
Edu León, fotoperiodista, que ha
cubierto numerosas redadas a inmigrantes
para diferentes medios
de comunicación, y en especial para
DIAGONAL, se ha enfrentado
en lo que va de año a cuatro procedimientos
penales por realizar dicha
cobertura informativa, lo que
no elimina la existencia de las redadas,
sino que conlleva vulnerar
nuevos derechos en la persecución
del mensajero que sólo informa de
otras previas vulneraciones.
¿ES ILEGAL SACAR FOTOS DE LA
POLICÍA MIENTRAS HACEN SU TRABAJO?
Para periodistas, tanto el Tribunal
Constitucional como el Tribunal
Supremo han amparado la realización
y publicación de fotografías de
dichos funcionarios, cuando las mismas
tengan trascendencia informativa
o interés público, y nos encontremos,
como se pregunta, ante una
actuación pública de los mismos en
el ejercicio de sus funciones
¿HASTA QUÉ PUNTO PROTEGE LA
LEGISLACIÓN A QUIEN HACE FOTOS SIN
SER PERIODISTA?
En principio, podríamos concluir
que no es ningún comportamiento
ilegal el realizar fotografías de agentes
de los cuerpos y fuerzas de
seguridad del Estado mientras realizan
actuaciones profesionales en
lugares públicos.
No obstante, existen resoluciones
judiciales que con base en razones
securitarias, abstractas, y sin mayor
acreditación, permiten requisar los
dispositivos desde los que se toman
dichas fotografías, e incluso eliminar
dichas fotografías.
Hay otras resoluciones, obviamente
más garantistas, que amparan dicho
comportamiento como derecho ciudadano,
lo que conlleva una gran
inseguridad jurídica para cualquier
ciudadano ante dicha situación.