El informe toxicológico sobre Benítez niega que estuviese bebido y detecta una ínfima presencia de cocaína en sangre
El informe toxicológico oficial encargado por el juzgado de instrucción 20 de Barcelona es concluyente: Juan Andrés Benítez no estaba bebido y tenía una presencia mínima de cocaína a la sangre. Esto contradice frontalmente la información de la policía autonómica reflejada en el expediente del caso, a partir de la transcripción de las comunicaciones entre la Sala Regional de Mando de los Mossos d'Esquadra y el pelotón que actuó, según el cual Benítez iba "superdrogado".
"El malo de la película es muy malo e iba superdrogado", así empieza la conversación entre los agentes que actuaron en la reducción y agresión de Juan Andrés Benítez y la Sala Regional de Mando encargada de enviar o no refuerzos a la calle de la Aurora la noche de los hechos. Esta es la primera información que recibieron los responsables del Departamento de Interior y que después han ido repitiendo en reiteradas ocasiones. Los informes oficiales encargados por el juzgado de instrucción 20 de Barcelona niegan la mayor.
Tres especialistas del servicio de química del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses han remitido un informe con las conclusiones empíricas después de analizar muestras extraídas del cadáver de Benítez: en la sangre de la víctima se ha encontrado 0,1 gramos/litro de alcohol etílico y 0,01mg/l de cocaína. En relación a la primera cifra los mismos especialistas médicos afirman que esta pequeña concentración de alcohol puede ser la consecuencia de una"producción endògena postmortem". La segunda cifra –según estos mismos expertos– es ínfima y se necesitaría una concentración 25 veces superior para provocar un mínimo efecto tóxico en un ser humano.
Los ocho mozos imputados en la Ciutat de la Justicia
El miércoles 13 de diciembre los ocho agentes imputados por el presunto homicidio de Juan Andrés Benítez declaran ante la jueza Eva Moltó, que los ha imputado por delitos contra la vida, contra la integridad física y moral, así como por obstrucción a la justicia y coacciones.
Artículo originalmente publicado en La Directa