El paro en un solo pago
El pago único o capitalización
de la prestación
de desempleo es una
medida para facilitar la
puesta en marcha de empresas
por parte del desempleado. De
esta forma, éste puede obtener
financiación para determinados
gastos a la hora de darse de
alta como autónomo, o como
socio trabajador, o de trabajo
en cooperativas, o sociedades
laborales en funcionamiento, o
de nueva creación.
Para tener derecho al pago
único de la prestación se deben
cumplir estos requisitos:
Estar desempleado. En el
momento de la solicitud no se
debe haber iniciado la actividad
para la que se solicita, ni se ha
de figurar de alta en la Seguridad
Social para la misma.
Tener derecho a una prestación
de desempleo contributiva
por haber cesado en tu relación
laboral anterior de forma definitiva
(no se tiene derecho, por
tanto, en el caso de reducción
de jornada o suspensión acordada
en Expediente de Regulación
de Empleo o si se es trabajador
fijo discontinuo).
Tener, al menos, tres meses
de prestación sin cobrar.
No haber solicitado ni
obtenido otro pago único en
los cuatro años anteriores.
Solicitarlo para iniciar la
actividad como trabajador autónomo,
para constituir una cooperativa
o sociedad laboral (en
calidad de socio trabajador o
de trabajo estable), o para
incorporarse a una cooperativa,
o sociedad laboral ya existente
como socio trabajador o de trabajo
no temporal.
Que la actividad del punto
anterior se inicie en el plazo
máximo de un mes desde que
te concedan la capitalización o
pago único y, siempre, después
de haber realizado la solicitud.
El pago único o capitalización
del desempleo puede mostrar
dos variantes: ayudas para facilitar
el desembolso necesario
para iniciar la actividad (que,
en el caso de iniciar la actividad
como autónomo, consisten en
el 60% de la prestación que
quede por cobrar, el 80% en
los casos de hombres de hasta
30 años y mujeres de hasta 35,
para la inversión inicial; y, en el
caso de pasar a formar parte de
cooperativas o sociedades
laborales, en el importe de las
aportaciones necesarias para
conseguir la condición de socio
o cooperativista) y ayudas para
subvencionar las cuotas de la
Seguridad Social cuando la
actividad funciona (el restante
hasta el
100% de la
prestación de
desempleo que queda
por pagar, restada la anterior
ayuda).
Las ayudas son diferentes,
según la actividad que
vayas a realizar.
El pago único tienes que solicitarlo
en tu oficina de empleo,
junto a la solicitud de alta inicial
o reanudación de la prestación
de desempleo, o en cualquier
momento siempre que
todavía no te hayas dado de
alta en la Seguridad Social. Si
hubieras impugnado el despido
origen de la prestación de
desempleo, no puedes pedir el
pago único hasta que termine
el procedimiento.
Más info: [iceautogestion.org->http://iceautogestion.org]