Los menores extranjeros no acompañados podrán designar una defensa independiente
El borrador del Reglamento de Extranjería detalla, respecto a los menores migrantes no acompañados (MMNA) procedimientos que consagran prácticas denunciadas como la determinación de la edad mediante pruebas oseométricas. Aunque establece que si dicha edad es consignada con una horquilla se habrá de establecer la edad más baja, "se ignoran los reiterados cuestionamientos serios a estas pruebas y no se determina cuándo y cómo se debe contactar con la familia y el Estado de origen”, según señala Vicenç Galea, del colectivo de defensa de los derechos de la infancia DRARI.
Asimismo se establece la futura creación por parte de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración de un Protocolo Marco de Menores Extranjeros No Acompañados para coordinar a las instituciones y administraciones en “la localización del menor o supuesto menor hasta su identificación, determinación de su edad, puesta a disposición de la Entidad Pública de protección de menores y documentación”. La descoordinación entre instituciones dificulta el trabajo con los menores y lleva a la duplicación de trámites, pruebas, contabilidades… Según Galea, este protocolo debiera aparecer pues “ya está redactado de sobra con las aportaciones de las entidades sociales y las defensorías y de la misma Fiscalía”. A juicio del educador, “una vez más, juegan con los intereses políticos antes que con los derechos de la infancia. Sin protocolo, reparten culpas y responsabilidades y marean la perdiz”.
La novedad positiva que recoge el borrador, fruto del trabajo de las entidades sociales desde 2005 hasta ahora, y a los éxitos judiciales al respecto, es que se detalla la capacidad del menor para oponerse a la repatriación y a nombrar defensor judicial que no sea la entidad tutelar. Pese a considerar que se trata de un avance derivado de la lucha por los derechos de estos menores, Galea señala que “el menor sigue quedando ‘en manos’ de su guardador (los centros) y tutor (las comunidades) y teniendo que huir, fugarse, o ‘buscarse la vida’, para contactar con una entidad social que le asesore y represente”. En el borrador no se alude a procedimiento alguno para asegurar al menor el acceso a una defensa legal adecuada en caso de conflicto de intereses con la entidad tutelar.
Para Drari, hay dos cuestiones fundamentales que quedan fuera del borrador. En primer lugar, no se reconoce a los MMNA el Derecho al Trabajo a partir de los 16 años, como al resto de menores. “Esto les impide realizar determinados cursos de formación, además de trabajar”, señalan, “e imposibilita la normalización de la vida del menor durante la minoría y sobretodo en la mayoría de edad”. Por otro lado, para esta asociación es ilógico que “el haber estado bajo Tutela pública no les de ningún beneficio respecto al resto de extranjeros, ni en la Autorización de Trabajo ni en la Autorización de Residencia”. Una vez ex tutelados, mayores de edad, quedan a expensas de tener un contrato de trabajo, algo dificilísimo para un joven extranjero, sin familia en el territorio, con formación insuficiente, sin ayudas sociales, en situación de exclusión social. “El pronóstico más fácil es que no pueda renovarla un año después”, apunta Galea.