Israel, de espaldas a la jurisdicción internacional
- FLOTILLA. “Se ha demostrado que la impunidad anima a cometer nuevos crímenes”. Foto: Freegaza.org.
La actuación del Estado de
Israel durante el asalto a
la flotilla de la libertad ha
vuelto a poner de manifiesto
la necesidad de exigirle el
cumplimiento de las normas básicas
internacionales, especialmente,
aquellas relacionadas con el
derecho humanitario.
Los recientes hechos constituyen
una vulneración del Derecho
Internacional Humanitario (Convenios
de Ginebra y sus protocolos),
que protegen a la población
civil. Estos acuerdos también castigan
la vulneración de las normas
que regulan posibles actuaciones
de los Estados en aguas no territoriales,
recogidos en la Convención
sobre Derecho del Mar.
El bloqueo se perpetúa
El violento asalto a la flotilla, además
del sufrimiento generado para
quienes lo han padecido, conlleva
la perpetuación del bloqueo
a Gaza y de la sistemática agresión
a la población palestina y
muestra la impunidad de las actuaciones
de Israel.
A expensas de las oportunas
actuaciones judiciales que se
desarrollen, se han abordado barcos
extranjeros en aguas internacionales,
se ha atacado a civiles y
se mantiene el bloqueo económico
a la Franja de Gaza. El Estado
de Israel vulnera sistemáticamente
el Derecho Internacional con
construcciones emanadas de órganos
que, si bien formalmente
pueden considerarse democráticos,
no pueden ser considerados
como tales. Tampoco es legítima
su actuación en cuanto al respeto
mínimo a estándares internacionales
de los derechos fundamentales,
aceptando ejecuciones
extrajudiciales, detenciones ilegales
o la práctica de torturas.
Por ello, otras instituciones jurisdiccionales
deben realizar esa
labor, independientemente de
cualquier actividad investigadora
que lleven a cabo las autoridades
israelíes, carentes de la mínima
independencia y de una actividad
jurisdiccional real. Esto mismo
realizó Israel en el caso Eichmann,
ciudadano alemán al que juzgó por
crímenes contra la Humanidad.
En el Estado español, el Tribunal
Supremo ha establecido en la sentencia
del pasado 11 de diciembre
de 2006 (caso Couso) que existe la
obligación de perseguir los crímenes
de guerra y, sobre todo, los cometidos
contra civiles y población
especialmente protegida, como
son los periodistas.
¿Y la legalidad internacional?
Los ataques indiscriminados a la
población civil, las actuaciones
tendentes a aterrorizar a civiles,
asesinatos, detención ilegal, torturas,
y otros, que se pueden haber
producido durante el asalto a la
flotilla de la libertad, son considerados
como delitos graves en los
Convenios de Ginebra y sus Protocolos
Adicionales.
Se ha demostrado, con este ataque,
que la impunidad anima a
cometer nuevos crímenes. Por
ello, deben exigirse responsabilidades
inmediatas a Israel y juzgar
a sus responsables para evitar que
se vuelvan a cometer hechos similares,
como el anterior ataque militar,
la Operación Plomo Fundido,
así como otras tantas violaciones
del Derecho Internacional. El
juicio al Estado de Israel permitiría
mirar a los ojos de las víctimas
palestinas y a quienes les ayudan
humanitariamente.
EL MIEDO A LA JUSTICIA
El 13 de junio, el ministro de
Defensa israelí, Ehud Barak, canceló
en el último minuto un viaje
a Francia después de que varios
activistas franceses que viajaban
en la Flotilla de la Libertad anunciaran
que iban a interponer una
demanda contra él en Francia y
ante el Tribunal Internacional de
Justicia de La Haya.
En diciembre de 2009, la ministra
de Exteriores, Tzipi Livni,
también suspendió un viaje a
Londres después de que un tribunal
británico lanzara contra
ella una orden de detención por
crímenes de guerra.
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