Absueltos casi diez años después los anti LOU de Sevilla
Las personas imputadas por los altercados
en la Universidad de Sevilla
en las protestas contra la LOU
en febrero de 2002 han sido absueltas
de todos los cargos, en una sentencia
–recurrible por la Fiscalía–
que cuestiona los métodos de identificación
realizados por la Brigada
de Información de la Policía Nacional.
En total, 23 personas han sido
absueltas de por los hechos de
2002. En la sentencia, concluyen
que no existen elementos de juicio
suficientes que acrediten su participación
en los hechos. Otra persona
más está pendiente de juicio por defectos
en la notificación.
La sentencia cuestiona el proceso
de identificación llevado por la policía
–que en el juicio reconoció la existencia
de bases de datos de activistas
sociales utilizadas con tal fin– y alude
a las declaraciones de uno de los
agentes, que resaltó en la vista oral
que “el margen de error en la identificación
es cero”. A este respecto, la
sentencia señala que “el método de
identificación se llevó a cabo en gran
parte al ser personas conocidas en
Sevilla por su identificación anterior
al participar en manifestaciones y
concentraciones”.
También considera
que los métodos usados para el reconocimiento
de las personas acusadas
pone en tela de juicio la objetividad
necesaria en estos casos, recoge
la existencia de posibles errores en
las actas de identificación y en las diligencias
de identificación del instructor
y concluye afirmando que se
producen “algo más que meras deficiencias
en la identificación”.
Asimismo, la jueza considera que
los informes policiales que detallan
la actividad social, política y sindical
de las personas imputadas no constituyen
medios de prueba. Respecto a
la petición de apertura de diligencias
previas acerca de cómo se han obtenido
esos datos, ante un posible delito
de vulneración del derecho fundamental
a la libertad ideológica y a la
intimidad, la sentencia recoge que,
además de a las partes afectadas, dicha
labor “compete al ministerio público
que lamentó la constancia de
tal diligencia en el atestado”.