Corrupción y partidos
La trampa por delante de las leyes de financiación

El Greco ha advertido al Gobierno que las deficiencias en la legislación facilitan la corrupción política.

, Redacción
28/04/15 · 21:05
Edición impresa

El alemán Hans Wischnewski llega al aeropuerto de Barajas con una maleta repleta de dinero y se la entrega a Felipe González. Una imagen parecida fue presentada en los medios alemanes por uno de los implicados en el caso Flick, una investigación de una trama de corrupción política en Alemania y con una rama en España que habría entregado 2,7 millones de marcos al PSOE para impulsar la socialdemocracia a la española. Fue el primer caso de financiación ilegal conocido en la recién estrenada democracia. Pese a que unos meses antes González declaró que no había “recibido una perra ni de flick ni de flock”, los implicados admitieron los hechos pero señalaron que en ese momento las donaciones a partidos políticos por parte de organizaciones extranjeras no estaban prohibidas. Tenían razón.

Una de las pocas limitaciones a las donaciones privadas de los partidos antes de 1978 era precisamente recibir recursos económicos del extranjero, pero ésta también se eliminó cuando se aprobó la Ley de Partidos, hasta que, en 1987, la Ley sobre Financiación de Partidos reguló los recursos, públicos y privados, que éstos podían recibir.

“Hemos construido un sistema en el que, sobre el papel, se dice que no queremos que los partidos tengan mucha financiación privada, para evitar la corrupción, y dependan más de la pública, pero a la vez no ha habido voluntad de controlar las fuentes privadas de financiación”, explica Fernando Jiménez, profesor de Ciencia Política en la Universidad de Murcia y evaluador sobre financiación de partidos para el Grupo de Estados contra la Corrupción (Greco, por sus siglas en inglés), institución del Consejo de Europa que evalúa las políticas contra la corrupción.

El Greco ha advertido al Gobierno que las deficiencias en la legislación facilitan la corrupción política

Si ya en la Transición comenzaron los casos de financiación ilegal, con la Ley de Financiación de 1987 se dejaron puertas abiertas para que los partidos políticos hicieran trampas. El importe total de las donaciones anónimas no podía superar el 5% del importe de las subvenciones públicas, mientras que aquellas que tuvieran nombre y apellidos no podían venir de empresas con contratos vigentes con la Administración ni superar los diez millones de pesetas al año –ambas barreras fáciles de superar utilizando la vía anónima– . La ley no regulaba la condonación de créditos bancarios. Tampoco decía nada sobre las fundaciones relacionadas con las formaciones políticas. Pero lo más grave, quizás, es que ni siquiera establecía sanciones para la mayoría de infracciones ni daba al Tribunal de Cuentas, órgano encargado de su fiscalización, competencias sancionadoras. Aunque las hubiera tenido, tampoco habrían servido de gran cosa, dado que los informes sobre las cuentas de los partidos llegaban al Tribunal de Cuentas cuando ya habían prescrito las sanciones administrativas que pudieran revelar.

Con la ley de financiación de partidos recién aprobada, la campaña para las elecciones de 1989 volvió a ser el marco de tramas de financiación ilegal. En este caso, dos que marcarían sendos hitos que aún resuenan y que tendrían como protagonistas a los dos partidos que llevan desde entonces turnándose en el gobierno: el Caso Naseiro y el Caso Filesa.

Destapado en 1990, a partir de una investigación sobre tráfico de drogas en cuyo marco se ordenaron escuchas al hermano del concejal valenciano Salvador Palop, el caso Naseiro tuvo como protagonista al primer tesorero del ya constituido Partido Popular, Rosendo Naseiro. Las investigaciones de la policía señalaban que en el partido había una financiación paralela, de cara a las elecciones de 1989, a partir de comisiones cobradas a empresas a cambio de adjudicaciones de contratos públicos. Aunque las grabaciones del caso se han mantenido como documento histórico, el Tribunal Supremo archivó la causa alegando que las escuchas no podían ser utilizadas en este caso.

En 1991 saltaba a los medios de comunicación el otro gran hito de la corrupción política: el caso Filesa. Ahora era el PSOE el partido que veía cómo se destapaban sus vías alternativas de financiación, que pasaban por la facturación, a través de empresas pantalla, de estudios de asesoramiento a empresas que posteriormente recibían contratas públicas de sumas hinchadas. En este caso sí hubo juicio, y también condenados, aunque la mayoría de ellos pagaron multas.

Los casos Filesa y Naseiro en España dieron a conocer al gran público el modus operandi más frecuente de la financiación ilegal: el cobro de comisiones ilegales por la adjudicación de obras públicas –que se intensificaba en periodos electorales– y su camuflaje mediante tapaderas o a través del pago en b de algunas de las actividades del partido. Pero no ha sido la única vía de financiación de los grandes partidos de la democracia, a los que hay que anotar asimismo dos vías que durante mucho tiempo han sido consideradas legales: la condonación de créditos por parte de la banca –una práctica opaca que el Banco de España calcula que ahorró a los partidos 300 millones entre 1977 y 2004– y la recepción de importantes sumas en concepto de donaciones privadas anónimas.

La ley de 2007

Según datos del Tribunal de Cuentas, en 2007, del total del dinero del que disponían los partidos políticos –oficialmente–, 299,6 millones de euros se correspondían con subvenciones públicas, otros 44,7 millones de euros venían de sus militantes y los restantes 6,4 millones de donaciones privadas. Ese año se aprobaba una ley sobre financiación de partidos –vigente hasta enero de 2016–, con la que se aplicaban a la legislación española algunas de las recomendaciones dictadas desde el Greco, que dictaminó que las deficiencias en la legislación facilitan la corrupción política. La norma pasaba a prohibir las donaciones anónimas, imponía un procedimiento sancionador específico y regulaba tímidamente las condonaciones de deuda de los partidos por parte de los bancos.

Sin embargo, no limitaba las donaciones de bienes inmuebles. Y, aunque regulaba levemente las entradas de las fundaciones relacionadas con partidos políticos, relajaba el límite de las donaciones por persona y año a los 150.000 euros y, lo más importante, permitía a las fundaciones recibir donaciones de empresas que en ese momento tuvieran contratos con la Administración. Pocos meses después de la aprobación de la ley, un exconcejal del PP en Majadahonda, José Luis Peñas, presentaba una denuncia ante la Fiscalía Anticorrupción acompañada de grabaciones en las que se podían oír conversaciones entre administradores de varias empresas de Rafael Correa. Comenzaba la investigación del caso Gürtel.

El Greco, por su parte, volvía en 2011 a señalar a España sus deberes en cuanto a la regulación de la financiación de partidos y la prevención de la corrupción. Como respuesta, el Gobierno popular volvió a meter mano en 2012 en la Ley de Financiación aprobada cinco años antes. Impuso un límite de 100.000 euros a las condonaciones de deuda por parte de la banca, amplió los recursos del Tribunal de Cuentas –aunque se olvidó de reglar las renegociaciones de deuda, como recomendaba el Greco– y definió un plazo de cuatro años tras los cuales las posibles irregularidades dejarían de afrontar sanciones.

“Los cambios propuestos reflejan el estilo de defensa que ha tenido el Partido Popular con el tema Bárcenas” 

A la vez que imponía ciertas limitaciones por un lado, abría la puerta por el otro. La reforma aprobada en 2012 ampliaba las vías de financiación de las fundaciones de los partidos políticos, que seguían pudiendo recibir dinero de empresas con contratas públicas y para las que se suprimía el límite de las donaciones privadas, según señaló un informe del Greco emitido en 2013. En el mismo informe, apuntaba cómo en el Código Penal el delito de cohecho sólo sería aplicable cuando se pudiera probar que ha habido contraprestación a cambio. Algo difícil, a la luz del desarrollo del caso Bárcenas, en el que todos los empresarios y cargos políticos que han aportado y recibido dinero relacionado con la financiación en b del Partido Popular han dejado de estar imputados en la causa al no encontrarse pruebas de estas contraprestaciones. Esto ha sucedido a pesar de ser todas las empresas adjudicatarias habituales de la Administración y ante unos técnicos de Hacienda “perplejos” por la decisión. La institución europea ponía también el acento en los grupos locales de los partidos políticos, cuya financiación no es revisada por el Tribunal de Cuentas, a pesar de ser uno de los principales focos de corrupción política e intercambio de favores con las empresas. En 2008, el Tribunal de Cuentas denunció que, de 299,5 millones de euros que pasaron por los partidos locales, se quedaron sin fiscalizar 63,2 millones porque no tenía las cuentas.

Últimas medidas

Enero de 2013 fue un mes intenso. Pocos días después de que el presidente Mariano Rajoy presentara su propuesta para mejorar la imagen de los partidos políticos, estallaba el escándalo por la contabilidad en b que el Partido Popular habría mantenido durante una década. Un día después, entraba en vigor la última reforma, hasta ese momento, del Código Penal, con la que los partidos políticos volvían a estar sujetos a la responsabilidad penal –tras dos años de estar explícitamente fuera de toda culpa–.

Dos años después, de las medidas contempladas en el paquete de la “regeneración” anunciado por Rajoy sólo se ha aprobado la Ley de Transparencia. Aunque se incluía a los partidos políticos como sujetos atados a esta ley, ni siquiera les obliga a responder a solicitudes de información, como destaca Victoria Anderica, de Acces Info. “Básicamente, lo que dice la ley es que tienen que publicar la información relativa a contratos, convenios y subvenciones con instituciones públicas. Eso nos deja igual que si no aparecieran en la ley, ya que esos contratos íbamos a llegar igualmente porque las instituciones públicas están obligadas a dar esa información”, explica Anderica. Además, la Ley de Transparencia excluye los informes y comunicaciones internas, lo que, unido a la inexistencia de una regulación sobre los grupos de presión que puedan rodear a los partidos, “produce una situación de vacío legal”, explican desde Access Info.

Las próximas reformas propuestas por el Partido Popular también son criticadas como insuficientes por los partidos de la oposición. La financiación ilegal de los partidos políticos supondrán cárcel, al incluirse en el Código Penal, pero sólo para sumas que superen el medio millón de euros y, según señala Fernando Jiménez, deja al tesorero del partido como responsable penal en vez de a los dirigentes. “Vamos dando pasitos, pero no son suficientemente decididos para taponar todos los problemas que tiene el sistema. Ahora los partidos tendrán que poner de tesorero a quien esté dispuesto a arriesgarse; refleja el estilo de defensa que ha tenido el Partido Popular con el tema Bárcenas”, concluye.

Campañas electorales que colean en 2015

En abril de 2015 la Fiscalía Anticorrupción solicitaba la apertura de un proceso contra Fernando Areal, cuñado del expresidente balear Jaume Matas –actualmente en prisión–, por un presunto delito de financiación ilegal durante la campaña electoral de 2007. La fiscalía acreditará la irregularidad de una donación de poco menos de 72.000 euros por parte de una agencia de publicidad durante la campaña. Anticorrupción ha acreditado que Areal pagaba los servicios electorales con dinero negro, y tiene abiertas otras líneas de investigación: el pago de comisiones por la adjudicación de obra pública y la reforma de la sede del PP balear, un presunto “intercambio de favores” con la constructora Bruesa.
+A Agrandar texto
+A Disminuir texto
Licencia

comentarios

0

Tienda El Salto