Del Pacto de Toledo al pacto con los mercados

La reforma supondrá una pérdida de un mínimo del 12% del poder adquisitivo.

, Madrid
29/12/13 · 8:00
Edición impresa
Bankia ha inundado las calles de publicidad de sus planes de pensiones obviamente dirigida a la franja de la población que se verá afectada por los recortes. / David Fernández

inforelacionada

El Gobierno ultima el Decreto-Ley de reforma del sistema de pensiones, cuya entrada en vigor está prevista para el próximo mes de enero. Esta nueva normativa comporta la inclusión de dos nuevos instrumentos: el “factor de revalorización de pensiones”, vigente a partir del 1 de enero de 2014, y el llamado “factor sostenibilidad”, que empezará a aplicarse a partir del 1 de enero de 2019. Esta regulación se une a la primera reforma del sistema operada por la Ley 27/2011. Con aquélla se estableció el aumento de la edad de jubilación de los 65 a los 67 años. También se estableció la entrada en vigor del factor de sostenibilidad para los años 2027/32, como mecanismo llamado a revisar, entonces, el efecto del aumento de la esperanza de vida en el sistema.

El Gobierno, con el nuevo Real Decreto que entra en vigor el 1 de enero, adelanta la entrada en vigor de este mecanismo al año 2019, de forma unilateral y sin consenso político ni social. No han faltado enmiendas al proyecto de ley, y desde la oposición se ha afirmado que “el Go­bierno del PP utiliza la crisis para acelerar al año 2019 la entrada en vigor del factor sostenibilidad, cosa que no está objetivamente justificada, puesto que no es hasta 2027 y 2032 cuando se prevé un aumento del gasto en pensiones derivado de la incorporación de las generaciones del baby boom”, según el grupo Izquierda Plural.

La decisión unilateral del Gobierno de acometer la reforma se ha calificado desde diferentes sectores como el “fin del Pacto de Toledo”. Este compromiso se suscribió hace 18 años para asegurar que las decisiones que afectan a la preservación del sistema público se toman de forma consensuada entre todas las fuerzas políticas y agentes sociales presentes en cada periodo; sin embargo, durante el trámite parlamentario de la última reforma, la ministra de Trabajo, Fátima Báñez, no hizo ninguna alusión al Pacto de Toledo.

Las más prejudicadas

La población activa que accedió al mercado de trabajo a partir de los años ‘90 “será la más perjudicada” por esta revisión de la reforma, afirma Desiderio Martín Corral, sindicalista de CGT. La dinámica laboral de estos trabajadores se define por la ausencia de “carreras continuadas de cotización en el régimen de la Seguridad Social, lo que se materializa en contrataciones temporales e intermitentes”. Esto supone que estos trabajadores van a tener que recibir una pensión asistencial, ya que “es imposible que coticen 37 años”, explica Martín Corral, quien considera, además, que este sector de la población “ha crecido con la cultura interiorizada de que no van a cobrar jubilación, lo que se traduce en una falta de solidaridad para luchar en este momento por la defensa del sistema de pensiones”.

En el caso del sector de la población jubilada, desde Comisiones Obreras se ha realizado el cálculo estimado del impacto que la nueva fórmula de revalorización de las pensiones va a causar. “Un empobrecimiento de un mínimo del 12% del poder adquisitivo y, en los peores casos, de hasta un 28%”, señalan desde el sindicato. La pérdida de poder adquisitivo viene del abandono del Índice de Precios al Consumo (IPC) como referencia para la actualización de la prestación. Lo alarmante de esta previsión realizada desde el sindicato es su aplicación en el actual escenario: a día de hoy, el 51,8% de la población jubilada ya no llega al salario mínimo interprofesional y 2,3 millones personas tan sólo perciben una pensión asistencial de 330 euros al mes.

En este momento, el Gobierno centra sus esfuerzos en intensificar los argumentos que traten de justificar la idoneidad de la reforma operada. La disminución de tres millones de cotizantes en el régimen de la Seguridad Social; que en el año 2010 hubiera más de cuatro personas empleadas por cada pensionista y que en el 2049 se prevé que haya “sólo” 1,75 por cada pensionista, o que el sistema actual de pensiones “no puede mantenerse por la situación demográfica” son los principales mensajes que se emiten para justificar la reforma del sistema. Desde esas posiciones, se tacha de “irrelevante” que actualmente el fondo de pensiones tenga superávit y que su fondo de reserva alcance el 6% del PIB.

“Las pensiones se sustentan con cualquier tipo de partida presupuestaria y no sólo con las cotizaciones”, subraya Desiderio Martín, quien señala que “el artículo 50 de la Constitución española obliga al Es­tado a tener recursos suficientes para pagar pensiones y revisarlas periódicamente. Por ello, considera que es irrelevante la bajada del número de cotizaciones en el régimen de la Seguridad Social como argumento. Por su parte, Vicenç Navarro, catedrático de Ciencias Políticas y So­ciales de la Universidad Pompeu Fa­bra de Barcelona, en su reciente libro Lo que debes saber para que no te roben la pensión, hace referencia a la bajada en el número de trabajadores con la situación de la producción agrícola: “Si hoy con menos trabajadores en el sector agrícola se producen más alimentos, el mismo cálculo se puede aplicar en el caso de las pensiones”, puesto que “el aumento inevitable de la productividad de un número menor de trabajadores puede sostener, e incluso expandir, las pensiones sin ningún problema”. Para Navarro, “la viabilidad de las pensiones no es una cuestión demográfica o económica, sino política”.

A la hucha privada

Desiderio Martín, de CGT, calcula que la reforma de las pensiones va a suponer una trasferencia de más de 200.000 millones a fondos privados de pensiones. Los datos estadísticos ya reflejan que el patrimonio de los planes de pensiones privados aumentó alrededor de 1.100 millones hasta junio, y en el último trimestre ha alcanzado ya los 1.997 millones. Al principio los planes en Estado español tenían una aportación media individual de 1.926 euros y el año pasado habían aumentado hasta los 6.519 euros.

Otra forma paralela de incentivar el ahorro privado frente al sistema público de pensiones es la puesta en marcha por el Gobierno de una normativa que tiene como objetivo reducir las comisiones y cargos de gestión de estos planes de pensiones privados: de un 2% se pasa a un 1,5% y de un 0,5% al 0,25% para su gestión. Estas propuestas, anunciadas el pasado mes de noviembre, vienen a dar respuesta a las pretensiones que se hacían desde la Patronal de las Instituciones de Inversión Colectiva (Inverco) como medida para incentivar la contratación de fondos de pensiones privados.

Para CC OO, “los sistemas complementarios de pensiones, llamados fondos de pensiones, como alternativa al régimen general de la Seguridad Social, son un error”. Desde este sindicato se remarca que se ha demostrado en esta crisis que, a diferencia de los fondos de inversión privados, que padecieron los efectos de la crisis desde el primer minuto, el sistema de la Seguridad Social está padeciendo los efectos de la crisis después de cinco años, cuando la pérdida de empleo y de cotizantes ha sido masiva. “Por si fuera poco, los planes de pensiones invierten sus fondos en activos de los mercados financieros, cuya rentabilidad depende de las condiciones que haya en los mercados en ese momento”, afirma el economista Juan Ariza Martín. Para Ariza, llama la atención que las cotizaciones sociales se tilden como ‘impuesto’ mientras las aportaciones a planes de pensiones privados son calificadas de ‘ahorro’.

Elena Idoate, economista del semanario Taifa, considera que “de lo que se trata es de desposeernos de un ahorro colectivo y público, que no está al servicio del capital, para potenciar un ahorro privado que permita al capital financiero ir invirtiendo en los mercados y generar un beneficio privado”. Para Idoate, esta reforma supone “desmantelar lo público, lo que tenga que ver con la solidaridad y los derechos sociales, para convertirnos en una sociedad más desigual e individualista”. En la misma línea se afirma Adoración Gua­mán, quien declara que “se trata de una reforma neoconservadora y que sólo los que tienen rentas elevadas pueden permitirse inmovilizar una parte de sus rentas durante unos años en un fondo de pensiones privado”. Desde diferentes sectores se estima que las medidas en materia de pensiones deberían ir encaminadas a aumentar los fondos de la Seguridad Social.

Abc de la reforma

2014. Entra en vigor el “índice de revalorización de las pensiones”: se actualizan al margen del IPC un mínimo del 0,25% y como máximo un 0,5 más el IPC de ese año. Edad de jubilación: 65 años y dos meses si no se tienen 35 años y seis meses cotizados. Se computan los últimos 17 años.

2015-2018. La edad de jubilación en 2015 será 65 años y tres meses si no se tienen 35 años y nueve meses cotizados y se computan los últimos 18 años. A partir de ahí, cada año aumentará un mes la edad de jubilación (65 años y cuatro meses en 2016). Aumentará tres meses el mínimo de tiempo cotizado y un año el cálculo de cómputo. De esta forma, en el año 2018 la edad de jubilación será de 65 años y seis meses si no se tienen 36 años y seis meses cotizados, y se computarán los últimos 21 años.

2019. Entra en vigor la aplicación del “factor de sostenibilidad”. Se calcula la cuantía de la pensión de una sola vez y en función de cuál sea
la esperanza de vida en ese momento. A mayor esperanza de vida, menor cuantía de pensión. La edad para jubilarse y cobrar el 100% de la pensión es de 65 años y ocho meses si no se tienen 36 años y nueve meses cotizados, y se computan los últimos 22 años.

2020-2026. En 2020, la edad de jubilación será de 65 años y 10 meses si no se tienen 37 años cotizados, y se computan los últimos 23 años. A partir de ese año, la edad para jubilarse aumentará dos meses cada año, y el mínimo para optar a la jubilación anticipada aumentará tres meses por año, de forma que en 2021, la edad mínima será 37 años y tres meses. El cálculo para el cómputo de la pensión aumentará hasta 25 años en 2022 y permanecerá así hasta 2027.

2027. Para cobrar el 100% de jubilación se exige tener 67 años si no tienes cotizados 38 años y seis meses y se computan los últimos 25 años.

 

Acuerdo empresa y trabajador. La edad mínima para acceder a esta prestación es de 63 años y se tiene que haber trabajado un mínimo de 33 años.  

Voluntaria. La edad mínima para cobrar esta pensión es de 65 años y se tiene que haber trabajado 35 años.

Jubilación parcial. La edad para acceder a ella es de 63 años (habiendo cotizado 36,6) o de 65 (habiendo cotizado 33). 

Recorrido de la reforma en los tribunales

Desde diferentes instancias judiciales, entre las que destacan las resoluciones del Juzgado Social número 1 de Burgos y la del Juzgado Social número 4 de Donosti, se invalidó el nuevo sistema de cálculo establecido con el Real Decreto Ley 28/2012, de 30 de noviembre, por considerar que era contrario al artículo 48 de la Ley General de la Seguridad Social, que establece la obligación de revalorización anual de las pensiones según el IPC. Paralelamente, diferentes frentes plantearon ante el Tribunal Constitucional la posible inconstitucionalidad del Decreto porque la decisión de la norma de no actualizar y revalorizar las pensiones en función del IPC de noviembre de 2012 incumpliría preceptos constitucionales. El recurso fue admitido a trámite y se encuentra pendiente de resolución.

+A Agrandar texto
+A Disminuir texto
Licencia

comentarios

0

Tienda El Salto