Luces y sombras de la política de vivienda del Gobierno andaluz
Un decreto para (¿todas?) las personas

La autora analiza la nueva normativa de vivienda aprobada por el Gobierno andaluz publicada el 9 de octubre. El texto amplía algunos de los supuestos para acogerse a la expropiación temporal de la vivienda y mantiene fuera a las familias organizadas en las corralas.

, Participa en la Intercomisión de Vivienda de Sevilla
14/10/13 · 8:00
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Asamblea en una de las corralas de Sevilla. Estas viviendas recuperadas no han entrado en las dos leyes de vivienda de la Junta. / Juanjo García

El 3 de octubre asistíamos al desalojo de la malagueña Corrala Buenaventura. Más de diez familias se ven en la calle, muchas de ellas desahuciadas por segunda vez. Imágenes similares se habían vivido en Sevilla con anterioridad.

A pesar de este panorama, desde otras comunidades autónomas se sigue con atención la propuesta de la Junta de Andalucía, que en abril aprobaba el Decreto-Ley de medidas para asegurar el cumplimiento de la Función Social de la Vivienda. Conocido, por unos, como decreto antidesahucios, vendría a solucionar el problema de vivienda de cientos de miles de andaluces. Por otros llamado decreto de las expropiaciones, significaría la distorsión del mercado y la paralización del crédito para nuevos –e hipotéticos– compradores.

El decreto basa sus propuestas en la necesidad de comenzar a considerar la vivienda como derecho en lugar de como objeto de especulación. Una de sus aportaciones es haber puesto el foco, ahora sí, en el reconocimiento de la función social que toda vivienda debe cumplir. Como herramienta válida –y muy reivindicada con anterioridad– destaca la creación de un Registro de Viviendas Deshabitadas. A través de un Plan de Inspección se irán identificando todas las viviendas vacías. Pero se desconocen los detalles del mismo, ya que no es de acceso público y su elaboración no ha sido participada por la ciudadanía. Otra aportación es la definición de la vivienda deshabitada, aquélla que permanezca vacía más de seis meses al año.

El objetivo es que salgan muchas viviendas al mercado de alquiler, de manera que el aumento de la oferta comporte una bajada de precios

El objetivo es que salgan muchas viviendas al mercado de alquiler, de manera que el aumento de la oferta comporte una bajada de precios. Se proponen dos medidas, que diferencian entre viviendas vacías de ‘personas físicas’ y casas sin gente de ‘personas jurídicas’ (bancos, fondos de inversión, etc). Para las primeras, se propondrán “medidas de fomento”: apoyo a los propietarios para que las pongan en alquiler. Para la banca se prevén sanciones por cada una de las casas vacías, que podrían llegar a los 9.000 euros por cada una de ellas.
La otra gran medida incluida en la norma es la expropiación temporal del uso de viviendas, cuando se encuentren en la recta final del proceso de desahucio por impago de hipoteca. Tendría una duración máxima de tres años y las familias pagarían hasta un 25% de sus ingresos. A su vez, la Junta de Andalucía pagará al propietario anualmente un 2% del valor de subasta.

Hasta el momento en que el decreto fue paralizado por el Constitucional, se habían iniciado 18 expropiaciones. A partir de la publicación el 9 de octubre en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) de la Ley que retoma el decreto suspendido, se estima en 600 los casos que se abrirán próximamente.

Es necesario aclarar la confusión generada, desde distintos lugares, al hablar de esta medida: no se expropian viviendas vacías, sino viviendas que ya están habitadas por las personas que las compraron. Incluso, cabe seguir aclarando, la vivienda debe haber sido ya subastada y la familia mantendrá la deuda pendiente si no consigue negociar la dación en pago.

Por último, se puede comenzar el análisis de la Ley 4/2013 publicada el 9 de octubre. El texto es en su casi totalidad el mismo que el del decreto, con la salvedad de una serie de modificaciones a partir de las enmiendas realizadas por PAH-Málaga y tras la exposición de la APDH-A. Estos cambios tienen que ver con el reconocimiento de ciertos perfiles que habían sido olvidados como posibles beneficiarios de la expropiación del uso (avalistas, quienes cuentan con ‘hipotecas-puente’, etc). Otra modificación tiene que ver con una de las reivindicaciones repetidas por el Movimiento Andaluz por el Derecho a la Vivienda: que el decreto dejaba fuera muchas situaciones de vulneración de la posibilidad de acceso y permanencia en la vivienda. En este caso se avanza al reconocer que también las personas desalojadas por impago de alquiler podrían recibir subsidios. Aunque, aclaremos, eso no los haría posibles beneficiarios de una expropiación de uso de las viviendas en alquiler.

Las grandes olvidadas son las personas que han decidido organizarse y hacerse cargo de solucionar por sí mismas sus necesidades

De la misma forma, las grandes olvidadas son las personas que han decidido organizarse y hacerse cargo de solucionar por sí mismas su necesidad, acercándose a garantizar el derecho que les reconoce la Consti­tución en el art. 47. Quienes viven en las distintas Corralas de Andalucía vienen exigiendo, desde mayo de 2012 con la primera de las ocupaciones, la expropiación de los edificios que habitan.

El decreto se aprobó un año después de realizado el pacto de gobierno PSOE-IU y es, por el momento, el único punto desarrollado de la Polí­tica de Vivienda –junto con las ocho Oficinas en Defensa de la Vivienda, puestas en marcha en 2012–. En Andalucía, la ciudadanía sigue a la espera de una Política de Vivienda global, un año y medio después de iniciada la legislatura. La pregunta es si la veremos en el Plan de Vivienda y Rehabilitación, lo que se prevé difícil porque no se pondrá en marcha con un presupuesto asociado.

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