La PAH espera que los juzgados "sigan avanzando" ante los "oídos sordos" del Gobierno
Termina el plazo de un mes para recurrir los procedimientos de desahucio

Las personas con procedimientos de desahucio ya iniciados tienen hasta hoy lunes para reclamar la nulidad de su contrato. Un juez de Barcelona ha declarado que se archiven dos procedimientos de Catalunya Banc.

17/06/13 · 13:40
Concentración de PAH Madrid la mañana del lunes 17 frente a los juzgados de Capitán Haya en protesta por el fin del plazo para reclamar la nulidad de los contratos. / PAH Madrid

El plazo de un mes establecido por el Gobierno para pedir la nulidad del contrato hipotecario de vivienda por la existencia de cláusulas abusivas termina hoy lunes. Se cierra así, según la PAH, la mayor posibilidad práctica de decenas de miles de hogares para hacer efectiva la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que en marzo declaró ilegal el procedimiento español de desahucios por la indefensión jurídica en que coloca a los deudores.

Pese a la “nula tarea de difusión de este plazo” que han efectuado tanto el Gobierno como las propias entidades según la PAH, algunos recursos ya han dado sus frutos. El juzgado de instrucción número 50 de Barcelona ha dictado dos autos que declaran nulo el procedimiento de ejecución de dos contratos hipotecarios de Catalunya Banc debido a la existencia de cláusulas abusivas. La primera consecuencia de estos autos es la nulidad del procedimiento de ejecución hipotecaria y su archivo inmediato.

La sentencia, según destaca la PAH, asume como propia la jurisprudencia del TJUE al respecto establecida en tres sentencias y basa su argumentación en la consideración de la vivienda como un “derecho fundamental”. Los autos consideran como condición suficiente para la nulidad de los dos procedimientos la existencia de la cláusula de vencimiento anticipado, aquella por la que una persona con una hipoteca podía ver iniciado el procedimiento que culmina con su desahucio y la deuda de por vida por haber dejado de pagar una sola cuota.

Tanto la sentencia del TJUE como la propia ley presentada en solitario por el Partido Popular tras el debate sobre la ILP antidesahucios ya incluían el carácter abusivo de esta cláusula. Además, la sentencia del magistrado Sergio Fernández Iglesias hace suyo el que quizá sea el principal argumento esgrimido por los abogados de la PAH para reclamar la nulidad de los procedimientos: el carácter no negociado individualmente de las cláusulas abusivas incluídas en los contratos hipotecarios para la adquisición de la vivienda. Además de la cláusula de vencimiento anticipado, los autos citan la cláusula suelo (recientemente prohibidas por el Tribunal Supremo), las relativas a los intereses de demora y la relacionada con la liquidación unilateral de la deuda.

“Esperemos que mientras el Gobierno hace oídos sordos a nuestras demandas los jueces sigan avanzando y dando un paso más”, ha destacado la PAH en un comunicado.

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