VALENCIA: EL TRIBUNAL SUPREMO DEBE FALLAR SOBRE LA PROLONGACIÓN DE LA AVENIDA BLASCO IBÁÑEZ
Rita Barberá comienza los derribos en El Cabanyal pese a la oposición de los vecinos

La sociedad Cabanyal 2010 creada por el Ayuntamiento
de Valencia y la Generalitat derribará las viviendas
afectadas por la expropiación forzosa en la calle San
Pedro del barrio del Cabanyal este otoño.

17/10/07 · 22:42
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Los afectados son 136 viviendas, bajos
y solares, situados fuera del ámbito
Bien de Interés Cultural que protege
al barrio. Medio kilómetro en el
que se construirá un amplio bulevar.
En julio pasado estas familias de
la calle San Pedro -la mayoría de
ellas con pensiones que no superan
los 500 euros- veían cómo se les expropiaba
la casa por un tercio de su
valor real para construir un bulevar
y una gran rotonda.
La empresa municipal AUMSA y
más tarde Cabanyal 2010 han acometido
ya varios derribos. Esto se
debe a que este bulevar se sitúa fuera
del ámbito paralizado por los tribunales,
delimitado por las calles
Escalante, Pescadores, Doctor Lluch
y Amparo Guillem.

El Tribunal Supremo debe fallar
sobre la prolongación de la avenida
Blasco Ibáñez en unos cinco meses.
Además, una sentencia de los juzgados
valencianos en junio de este año –un mes antes de las expropiaciones
de la calle San Pedro– defiende que
las sentencias dictadas por el Tribunal
Superior de Justicia de la Comunidad
Valenciana sobre el Plan
Especial de Protección y Reforma
Interior (PEPRI) del Cabanyal no
son firmes, dado que está pendiente
el recurso de casación del Tribunal
Supremo.

El Ayuntamiento concedió licencia
de derribo en el ámbito del PEPRI
cuando precisamente el Tribunal
Supremo fundamentó la suspensión
para evitar que se dieran
licencias de derribos. Tal y como
afirma la Plataforma Salvem el Cabanyal,
“el derribo de un inmueble
no permite la ejecución de la nueva
ordenación, porque carece de proyecto
de urbanización, por lo que
da lugar a un solar sin edificar que
actúa como estercolero ya que las
demoliciones concedidas no persiguen
el fin urbanístico para el que
se conceden, sino la obtención de
solares con la pérdida irreversible
de edificios de interés arquitectónico
y, por tanto, con el abandono de
patrimonio cultural y con evidente
deterioro de la trama urbana”.
Hay que señalar que la Secretaría
General de la Comisión Europea admitió
a trámite la denuncia presentada
por la plataforma ciudadana Salvem
El Cabanyal contra el plan del
Ayuntamiento de Valencia de prolongar
la avenida de Blasco Ibáñez a
través del barrio.

Esta denuncia se centra en que el
proyecto no superó el trámite de declaración
de impacto ambiental que
la Unión Europea exige para ciertas
obras en suelo urbano. Una sentencia
del Tribunal de Justicia de la Comunidad
Europea condenó recientemente
al Estado español por no exigir
declaración de impacto a planes
en suelo urbano, lo que ha sido modificado
en una nueva ley del
Ministerio de Medio Ambiente.

El fallo judicial advirtió que el estudio
de impacto debe ser preceptivo
en los proyectos urbanos que por su
naturaleza, dimensión o localización
inciden de manera significativa en el
medio ambiente. Así lo exige una directiva
europea aplicable desde 1999
y que no fue traspuesta a la normativa
española. Ello, sin embargo, no
exime de su cumplimiento, por lo
que Salvem El Cabanyal ha pedido
que se exija la declaración de impacto
al plan del PP, ya que afecta a la
trama de un barrio, lo “divide” en dos
e implica el derribo de 450 edificios,
entre otras consecuencias.

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