DROGAS // AVANCES HACIA EL RECONOCIMIENTO DEL AUTOCULTIVO
Pendiente la devolución de 17 kilos de marihuana

Una sentencia ha reconocido el derecho de una asociación vasca a cultivar marihuana
para uso interno, pero la fiscalía ha paralizado la restitución del material.

17/10/06 · 18:50
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DETENCIONES.
Concentración frente a los
juzgados en Bilbao tras las
detenciones de octubre de 2005 / Pannnagh

Un fax remitido por la fiscalía impidió
a última hora que más de 17 kilos
de plantas de marihuana volvieran
a manos de sus legítimos propietarios
el 12 de septiembre. Ese
día estaba previsto que Pannagh,
una asociación vasca de usuarios
de cannabis, recobrara los restos
de la plantación de 150 kilos que
les fue confiscada por orden judicial
el 3 de octubre de 2005.

Con el recurso de la fiscalía, la asociación
tendrá que esperar unas
cuantas semanas para saber si el material,
resto de una plantación que
sus asociados usaban sin ánimo de
lucro para fines terapéuticos y
recreativos, les será restituido. La devolución
del material fue dictada por
el juzgado de instrucción número 3
de Durango y es consecuencia del reconocimiento,
por parte de la Audiencia
Provincial de Vizcaya, de que
el fin de la plantación era satisfacer
el consumo interno y no lucrativo de
los miembros de la asociación.

En el Estado español, el consumo
de estupefacientes para este tipo de
uso no está penado por la ley. Lo cual
no impide que Pannagh considere la
sentencia de la Audiencia Provincial
como “histórica”, debido a la inseguridad
jurídica que en su opinión afecta
a quienes practican el autocultivo.
“Aún dependemos mucho de la interpretación
de los tribunales”, declara
a DIAGONAL Martín Barriuso,
portavoz de la organización. En el
caso de Pannagh, su existencia formal
como asociación, así como el carácter
público de sus actividades, influyó
para que la Justicia no respaldara
la operación por la que fueron
detenidos el dueño del terreno donde
se situaba la plantación y tres
miembros de Pannagh. Las detenciones
se produjeron en el curso de
una investigación policial sobre tráfico
de estupefacientes, al tiempo que
eran decomisadas las plantas.

Clubes de consumidores

Para Pannagh, la sentencia fue una
buena noticia para las diferentes asociaciones
que en todo el Estado funcionan
a modo de “clubes de consumidores”
de este tipo de sustancias.
El fallo aplica la jurisprudencia recopilada
por el Tribunal Supremo que
considera legal el uso compartido de
estupefacientes.

Barriuso resume las condiciones
que hacen posible esta interpretación:
el cultivo debe ir dirigido a un
consumo en “circuito cerrado” de
gente que previamente ya debía ser
consumidora, y no debe haber ánimo
de lucro. “La pieza clave es que
se pueda demostrar documentalmente
este tipo de consumo”, señala
Barriuso. De forma alegal, el uso social -sea para fines terapéuticos o recreativos-
de estas plantaciones se
encuentra ya extendido, y empieza a
cristalizar en la creación de este tipo
de clubes de consumidores.

Este mismo año, un miembro de la
Asociación Ramón Santos para el
Estudio del Cannabis (ARSEC) ha sido
absuelto por el caso de una plantación
colectiva de Sevilla, lo cual podría
animar aún más la extensión de
los cultivos colectivos.
No obstante, la inseguridad jurídica
se tradujo, en el caso de Pannagh,
en que la policía vinculara públicamente
a tres de sus miembros en una
trama de narcotráfico, con sus nombres
detallados en la prensa. Para
evitar estas situaciones, la Federación
de Asociaciones Cannábicas
debate en estos meses una propuesta,
dirigida al Congreso, al Senado y
al Plan Nacional sobre Drogas, para
regular el cultivo de cannabis en circuito
cerrado en el Estado español.

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