UN MODELO DE CADENA PERPETUA POSTMODERNA
Las obsesiones sobre el castigo

El autor sostiene que ya existe un modelo de cadena perpetua en el Estado español, pero es tan flexible y maleable como para serlo efectivamente sin necesidad de declararlo.

04/09/08 · 0:00
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La prisión perpetua siempre
ha sido el pariente pobre de
los simplistas debates públicos
sobre seguridad y castigo.
No es de extrañar. En ese terreno
la pena de muerte siempre ha mostrado
una hegemonía incontestable.
Con todo, difícil será que los poderes
públicos sigan las pulsiones sociales
en este punto. Seguramente
saben que es más útil, tanto desde la
perspectiva de las tensiones constitucionales
cuanto desde el punto de
vista de la efectiva producción de dolor,
un modelo de cadena perpetua
postmoderna, tan flexible y maleable
como para serlo efectivamente sin
necesidad de declararlo. Y ese modelo
ya ha llegado. Se encuentra en
los 40 años efectivos por terrorismo –que en caso de arrepentimiento real
se convierten “sólo” en 32/35–, en la
infausta Doctrina Parot, en la prevista
custodia de seguridad permanente
de determinados excarcelados
“peligrosos”, en la obsesiva persecución
de De Juana Chaos. En fin, en
todas esas leyes vigentes respecto de
las cuales sólo quedará decir que se
aprobaron para no ser aplicadas.

En el fondo, los poderes públicos
saben que incluso la prisión perpetua
formal quedaría escasa ante las
demandas compulsivas, ya que las
retóricas comunicativas sobre el
castigo producen una imagen de insuficiencia,
derivada del discurso
de la benignidad que se predica del
sistema penal más duro de nuestro
entorno cultural.

Ello no evita que la prisión perpetua
(aun postmoderna) pueda ser
excusada desde ningún punto de
vista progresista, sobre todo si se
tiene en cuenta que la reincidencia
en delitos graves –incluidos los sexuales
de cierta relevancia– es prácticamente
nula. No existen sistemas
mínimamente seguros de predicción
de la peligrosidad de una persona.

No sirve tampoco apelar a la
necesaria excepción, ya que en el
sistema penal se ha demostrado
hasta la saciedad que toda excepcionalidad
tiende a devenir en regla.
No puede desoírse que a partir
de un determinado periodo de encierro –los textos de psicología suelen
mencionar 15 años– la reintegración
social es quimérica, so pena
de no poder gestionar la compatibilidad
con la Constitución. Y
aún esta vulneración sería una
cuestión menor. El verdadero problema
es que no hay modelo democrático
compatible con la definitiva
segregación de –crecientes– segmentos
del cuerpo social.

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