EL GIRO XENÓFOBO DE EUROPA / INFORME SOBRE EL SISTEMA DE ACOGIDA EUROPEO
La UE contradice sus propias recomendaciones

El Parlamento Europeo realizó hace unos meses una investigación
en 25 estados de la UE sobre las
condiciones de acogida, tanto para inmigrantes como
para demandantes de asilo. El balance es desalentador.

02/10/08 · 17:46


La recién aprobada Directiva de Retorno,
inmediatamente apodada “de
la Vergüenza”, autoriza, entre otras
medidas, la detención de los inmigrantes
en situación administrativa
irregular (incluyendo a los menores)
por un plazo de hasta 18 meses, en
los Centros de Internamiento de Extranjeros
(CIE), centros de detención
diseminados por todo el territorio europeo.
Apenas unos meses antes, el
mismo Parlamento Europeo publicaba
un Informe sobre las condiciones
de los CIE en Europa, cuyas conclusiones
y recomendaciones chocan
frontalmente con las medidas previstas
en la Directiva.

El informe, elaborado tras una visita
directa a diferentes centros de 25
de los Estados de la Unión Europea
con el apoyo de diferentes asociaciones
locales de defensa de los derechos
humanos, cuenta con unas 250
entrevistas personales entre inmigrantes
“detenidos” y personal que
trabaja en los mismos. Es hasta ahora
una de las radiografías más completas
de las condiciones de detención
de los inmigrantes y demandantes
de asilo en la UE. En términos generales,
aparte de recordar la “peculiaridad”
jurídico-administrativa del
encierro de personas que no han cometido
ningún delito sino una infracción
administrativa (no tener la documentación
en regla), el panorama
que esboza la investigación es simplemente
abrumador: la mayoría de
los centros son instalaciones “recicladas”
para la detención de inmigrantes,
cuyas condiciones no han
sido adaptadas para el alojamiento
de personas, o módulos de cárceles
(el caso de Irlanda) o de comisarías
de policía en las cuales tienen que
convivir con personas condenadas
penalmente. El informe subraya también
la “inhumanidad” de alguna situaciones
extremas (barracones en
Italia y plataformas flotantes en Holanda);
las condiciones higiénico-sanitarias
son generalmente consideradas
“decentes”, aunque en la
mayoría de los países de la frontera
sur los términos empleados son “inhumanos
y degradantes” (Estado español,
Italia, Grecia, Chipre y Malta).

El régimen interno aplicado a los
inmigrantes y demandantes de asilo
se parece, en la gran mayoría de los
centros, al adoptado por las instituciones
penitenciarias, o sea confinamiento
en pequeñas celdas, reglamentación
rígida de las actividades
de ocio y de disfrute de los espacios
libres, restricción de contactos con el
exterior, celdas de aislamiento utilizadas
de manera arbitraria por el
personal del centro (casos francés y
español) con la ‘pequeña’ diferencia
que en este caso no se trata de personas
condenadas a penas de reclusión.

El informe resalta el agravante
de que este tipo de encierro comporta
un deterioro del estado físico y
mental parecidos a el de los condenados
a penas privativas de la libertad.
Deterioro que, subrayan los investigadores,
se agrava cuanto más
tiempo la persona pasa en estos centros
y cuanto más se le dificulta el
contacto con asociaciones que le
puedan proporcionar un apoyo que
no encuentra en el interior del centro.
Asimismo, se señala la falta de
información y asesoramiento de tipo
legal, dificultado por los escasos contactos
permitidos con el exterior y
por la falta de preparación adecuada
del personal del centro, lo que aumenta
la sensación de precariedad y
de pérdida de control sobre su propia
vida. Esto lleva, como en un círculo
vicioso, a un posterior deterioro
de las condiciones de la persona encerrada,
aún más preocupante si se
tiene en cuenta que la asistencia de
tipo sanitario y psicológico resulta
sumamente escasa (cuando no prácticamente
inexistente, como en los
centros de la frontera este de la UE).

La investigación subraya las condiciones
todavía más extremas de determinados
colectivos especialmente
vulnerables como los menores y
las mujeres embarazadas o con niños
pequeños.

Finalmente, el informe recoge recomendaciones
para la UE y sus estados
miembros: aplicación de los
Tratados Internacionales en materia
de derechos humanos, prioridad de
la atención medica sobre los controles
de tipo policial, prohibición del
internamiento de menores, posibilidad
de acceso para las asociaciones
civiles, posibilidad de una asistencia
legal y de intérpretes y, sobre todo,
una reducción de los tiempos de retención,
para evitar el deterioro de
personas que, siempre según el informe,
tendrían que ser consideradas
“potencialmente vulnerables”.
En resumen, lo contrario de lo que
prevé la Directiva de la Vergüenza.

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