La creciente presencia de extranjeros en las cárceles
españolas es utilizada para reforzar el estereotipo de
su “peligrosidad social”. Sin embargo, se trata de una
lectura superficial que oculta las verdaderas causas.

Desde hace ya algunos
años, la relación entre
inmigración, delincuencia
y sistema penal es
un tema muy debatido y controvertido
de la agenda política europea.
Sin embargo, en momentos
de plena campaña electoral como
la vivida en el Estado español hace
unas semanas, hemos escuchado
una lectura superficial de las cifras
que se manejan, sobre todo
cuando se relaciona el número de
inmigrantes entre rejas con la población
inmigrante en general para
reforzar el estereotipo de su
“peligrosidad social”.
En las cárceles españolas hay alrededor
de 68.000 personas reclusas,
de las cuales el 36% son inmigrantes,
cuando estos últimos constituyen
poco más del 10% de la población
total, proporción que se repite
en casi todos los países de
Europa occidental. ¿Significa eso
que los recién llegados son más peligrosos?
Varios estudios sobre las
causas de esta sobrerrepresentación
ofrecen una lectura alternativa.
La casi totalidad de los delitos
cometidos por extranjeros está relacionada
con el tráfico de drogas
en pequeña escala y con los hurtos,
acciones vinculadas más a una
situación de precariedad social y
económica que a una supuesta
subcultura violenta o a un modelo
cultural retrasado. Dicho de otra
manera, no se puede demostrar
ninguna tendencia a delinquir relacionada
con el fenómeno migratorio,
por el contrario es evidente el
carácter instrumental de estos delitos,
ante la necesidad de encontrar
los medios de subsistencia negados
por el mercado de trabajo, y
más en general, por una regulación
de corte básicamente represiva de
la inmigración. Lejos de la imagen
mediática y política de una cárcel
repleta de asesinos y violadores
“extranjeros”, la realidad es más
cercana a la prisión como lugar de
aislamiento y de condena de los
que son empujados al margen de la
vida económica y social.
Y esta inestabilidad marca toda
la experiencia carcelaria de los inmigrantes.
La imposibilidad de pagar
una defensa de calidad, junto a
hipotéticos indicios de poder eludir
la justicia, hacen que los juicios se
vuelvan una acción mecánica y rutinaria,
en la cual no se está juzgando
sólo el delito, si no una serie de
variables socio-económicas. No extraña,
entonces, que la tasa de las
personas extranjeras en condición
de preventivo sea más del doble de
la población autóctona, llegando
hasta extremos de dos años de cárcel
sin que se haya celebrado el juicio,
y que las condenas sean más
largas sobre todo en el caso de inmigrantes
irregulares.
Dentro de las cárceles
En el interior del ámbito carcelario,
la situación se hace todavía más
dramática: desamparo, falta de información
y asesoramiento sobre
los procedimientos penales, imposibilidad
de reivindicar las prestaciones
a las cuales tiene derecho
cada recluso, necesidad de actuar
como un “buen inmigrante preso”
para lograr los beneficios que los
funcionarios penitenciarios conceden
a su total discreción: son estos
los aspectos destacados por las investigaciones
realizadas en el interior
de los penitenciarios. A eso,
hay que añadir una explotación de
la fuerza laboral extranjera: debido
a la falta de recursos económicos,
los inmigrantes tienden a monopolizar
los llamados “destinos de pago”,
trabajos en el interior de la prisión
que van hasta las diez horas
laborales cotidianas por un sueldo
que pocas veces supera los 400 euros
por mes.
Por otro lado, la oferta formativa
y profesional de la institución penitenciaria,
o sea cursos de idioma y
talleres profesionales, es caracterizada
por una permanente falta de
recursos y por la baja capacitación
laboral, ya que casi el 90% del presupuesto
penitenciario se gasta en
tareas de seguridad. Y tampoco resulta
ser de gran utilidad para la inserción
laboral de los inmigrantes,
puesto que todos los títulos eventualmente
obtenidos llevan el sello
de la prisión, juntando de tal manera
el estigma todavía muy difuso
que acompaña a los ex presos con
la condición de inmigrante.
En el momento de salir de la cárcel,
es cuando la situación se vuelve
paradójica: aparte de la orden de
expulsión que automáticamente se
otorga a los extranjeros condenados
y que sólo en muy pocos casos
se hace efectiva, al salir de la cárcel
los inmigrantes, no pueden, según
la Ley de Extranjería, obtener permiso
de residencia o trabajo justamente
por tener antecedentes penales
y hasta que estos últimos no
se hayan prescrito. Eso significa reproducir
aquellas causas que, en la
mayoría de los casos, han llevado a
los inmigrantes a caer en la “tentación”
del delito, obligándoles a una
invisibilidad que les deja pocas alternativas
para cumplir con su proyecto
migratorio y perpetrando, de
esta manera, el círculo vicioso entre
precariedad socio-económica y
sistema penal.
Así se construye el mito de la peligrosidad
social de los inmigrantes
y se manifiesta la voluntad, por
parte de los aparatos políticos,
económicos y sociales de luchar
contra pobres y minorías, de encerrarles
donde no se les pueda ver
y donde no puedan perturbar el orden
social constituido, y no actuando
contra la pobreza. Un ladrillo
más en la edificación de la
Europa fortaleza.
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