INMIGRACIÓN // IMPEDIMENTOS PARA FRENAR LAS ÓRDENES DE EXPULSIÓN
Denuncian la indefensión jurídica de los migrantes

Pese a las “graves” vulneraciones del “derecho a la
tutela judicial efectiva” hacia los sin papeles,
denunciadas por el Consejo General de la Abogacía
Española, en la práctica nada ha cambiado.

24/01/08 · 0:00
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STOP DEPORTATIONS. Concentración
contra las deportaciones en Madrid / Olmo Calvo

“Ahora mismo”, según declara a
DIAGONAL Miguel Ángel Muga,
abogado del turno de oficio de
Extranjería del Colegio de Abogados
de Madrid, “el 90% de los Juzgados
de lo Contencioso-Administrativo,
que son los competentes en extranjería,
inadmiten a trámite los recursos
presentados por el letrado designado
por el turno de oficio”, si éste no logra
acreditar antes la representación
de los sin papeles que defiende. “Esto
pasa con el 90% de los recursos, con
lo cual se deja en indefensión al inmigrante.
Aunque no se pueda llevar
a cabo la orden de expulsión, como
ésta queda en vigor al no poder ser
recurrida, la persona tendrá de tres a
diez años, una prohibición de entrada
en el país inaplicable, que le impedirá
tramitar ningún tipo de permiso
de trabajo y residencia, condenándole
a la ilegalidad”, resalta Muga. Esta
situación puede afectar a miles de
casos, pues impide que los jueces encargados
de corregir los expedientes
entren a valorarlos.

Pese a que esta actitud de los
tribunales ya fue denunciada públicamente
hace un mes por la Subcomisión
de Extranjería del Consejo
General de la Abogacía Española
(SECGAE), no se ha producido ningún
avance. “Ahora mismo, la sección
Segunda, que sí nos admitía los
recursos, también ha dejado de hacerlo,
al quedar en minoría el magistrado
que defiende este planteamiento”,
informa Muga.

Según declaraciones a la agencia
EFE del presidente de la SECGA,
Pascual Aguelo, del 21 de diciembre,
se “vulnera el derecho a la tutela judicial
efectiva, un derecho vinculado
a la dignidad humana” y la administración
halla un campo “de total impunidad”
contra los extranjeros.
“En Madrid, el tema de extranjería
está desbordado. En el turno de
oficio hay guardias diarias para
atender 150 casos de devoluciones o
personas detenidas por ‘ilegales’.
Algunos días, no llegamos”, cuenta
Muga. Según el abogado, durante el
año 2000 la Policía abrió unos
85.000 expedientes de expulsión,
cuando sólo tenía presupuesto para
realizar realmente unas 15.000 expulsiones
al año.

La Administración tiene seis meses,
desde que inicia el procedimiento,
para notificar al inmigrante la orden
de expulsión. Ante la avalancha
de casos, la propia Policía no da
abasto para, en ese plazo, notificar a
los abogados la orden de expulsión,
con lo cual éstas caducan. Entonces,
el abogado presenta en la Delegación
de Gobierno un escrito solicitando el
cierre del expediente. Pasado el plazo
para contestar (generalmente ésta
no lo hace), el letrado presenta un
recurso contencioso ante el Tribunal
Superior de Justicia (TSJ) correspondiente.

Aquí surge el problema: las diferentes
salas del TSJ de Madrid no
admiten esos recursos si antes el
abogado no acredita ser el representante
legal, con una comparecencia
en los propios juzgados del inmigrante,
o un poder notarial firmado
por éste. Algo que según los abogados,
es muy difícil para los inmigrantes.
Esta reacción de los juzgados se
debe, además de a una “interpretación
jurídica más que discutible, a la
saturación que ha provocado en materia
de extranjería, la concepción
de la inmigración y las prácticas
consecuentes con ésta, de las administraciones,
que ‘pagan’ los sin papeles”,
concluye Miguel Muga.

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