Un año después de la entrada en vigor de la Ley de Seguridad Ciudadana, son varias los casos en los que las instituciones han cargado por vía judicial contra personas y colectivos que denuncian violaciones de derechos.
Texto de la Coordinadora para la Prevención y Denuncia de la Tortura
La criminalización, el señalamiento y las amenazas dirigidas contra quienes trabajan en defensa de los derechos humanos, que durante años han sido objeto de repetidas denuncias, siguen en aumento. Poco parece importar si el número de movilizaciones de protesta se multiplicó hace pocos años para acabar reduciéndose en el periodo reciente. Colectivos, organizaciones o cualquiera que a título individual aborde en tono crítico ciertos debates o problemas relativos a la salvaguarda de los derechos y libertades de todas las personas, siguen sufriendo con frecuencia las muy preocupantes y poco democráticas reacciones de diferentes instituciones estatales. En no pocas ocasiones, como alcanzando el paroxismo, tales ataques apuntan incluso más allá de la esfera de la 'sociedad civil' para señalar a miembros de la judicatura, en ejercicios explícitos de un nulo respeto por la división de poderes y la libertad de expresión llevados a cabo desde las más altas instancias institucionales.
El informe La Tortura en el Estado Español 2015, publicado por la CPDT el 17 de junio de 2016, señala que:
- Se han conocido 95 sentencias, de las que 43 son condenatorias y 52 absolutorias. Durante el año 2015, 68 funcionarios fueron condenados por la comisión de algún tipo de tortura, malos tratos, lesiones y/o atentado contra la integridad física de las personas durante el desempeño de sus funciones en el Estado español.
- En el año 2015 la CPDT tuvo noticia del fallecimiento de 30 personas mientras se encontraban bajo custodia de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FCSE) o del personal de algún otro espacio de custodia público, o por su actuación directa durante intervenciones policiales (por ejemplo, por efecto de sus disparos).
- En los primeros seis meses de Ley Mordaza, al menos 18 personas fueron multadas por “utilizar fotos de policías”. Desde entonces se han conocido nuevas multas por hechos similares.
- Desde la entrada en vigor de la “Ley Mordaza”, julio de 2015, hasta el mes de enero de 2016, una media de 30 personas ha sido multada cada día por “falta de respeto” a los agentes.
Dos casos recientes y muy preocupantes en el ámbito 'municipal': Melilla y Zaragoza
La Consejería de Bienestar Social de Melilla acaba de anunciar, en poética coincidencia con el primer aniversario de la entrada en vigor de la reforma de Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana, que interpondrá una denuncia contra la Asociación Harraga por elaborar un estudio que fue presentado el 28 de junio en el que se muestra que los menores migrantes no acompañados sufren violencia policial, institucional y abandono. Dicho informe es fruto de un trabajo de campo de dos años con niños de la calle en la ciudad autónoma. Algunos de esos casos se incluyen en el informe La Tortura en el Estado Español 2015.
El sindicato de policía presentó una propuesta para seguir las informaciones aparecidas en medios y comentarios de internet que puedan dar una mala imagen del cuerpo
El pasado mes de abril, el sindicato CSL de la Policía Local de Zaragoza declaró haberse dirigido a la concejalía responsable exigiendo que se tomaran medidas contra el Grupo Derechos Civiles 15M Zaragoza, definiendo como “ataques extremistas” el contenido de los informes publicados por dicho grupo, que recopilan testimonios de gran número de vecinos y vecinas de esa ciudad. La mayoría se encontraban incluidos en informes previos de diversas organizaciones de defensa de los derechos humanos, otros fueron aportados por vecinos y vecinas de Zaragoza, otros habían sido publicados en su día por la prensa local. Unas semanas más tarde, según se recogía en prensa, el mismo sindicato presentó una propuesta para que sus mandos “sigan las informaciones aparecidas en los medios y en los comentarios de internet que puedan dar una mala imagen del cuerpo, y actúen en consecuencia”.
Un problema que viene 'de largo' en el ámbito autonómico: Catalunya
“Se pueden esconder donde quieran, porque les vamos a encontrar. Ya sea en una cueva o en una cloaca, que es donde se esconden las ratas, o en una asamblea, que no representa a nadie, o detrás de una silla de una universidad”. Si David Piqué, comisario general de coordinación territorial de los Mossos d'Esquadra, pronunciaba en público estas palabras en abril de 2012, el pasado 27 de mayo volvíamos a ver cómo las palabras del citado cuerpo policial volvían a ser reproducidas en prensa de modo absolutamente acrítico: “Los servicios de información de los Mossos d’Esquadra hace años que analizan quiénes son los que ocasionan disturbios en la ciudad [...] Fuentes policiales atribuyen la violencia a grupos antisistema, sin líderes claros, que arremeten contra el mobiliario urbano, la policía y todo aquello que consideran símbolos del sistema 'opresor'. Y señalan además a un número reducido de profesores universitarios que difunden una ideología que, aunque no propugna la violencia, sirve de colchón filosófico”.
Casualmente, apenas dos semanas después, el Juzgado número 3 de la Audiencia Nacional archivó el caso Pandora II –en el que nueve personas fueron detenidas y una decena de locales libertarios y viviendas particulares fueron registradas en una operación contra una supuesta “organización terrorista de corte anarquista”– concluyendo que las “afirmaciones genéricas” vertidas en el informe de los Mossos d'Esquadra “carecen de base objetiva sólida”. El auto de la magistrada Carmen Lamena confirma que, desde octubre de 2015, “no se ha aportado el resultado del estudio de los datos obtenidos pese a los reiterados recordatorios practicados por este juzgado". La policía autonómica catalana ni siquiera contestó el último recordatorio realizado por el juzgado el pasado 29 de abril.
En materia “antistema”, los delitos protagonizados por los cuerpos de seguridad igualan –cuando no superan– demasiado a menudo a esas presuntas “actividades terroristas” que protagonizan ruidosas noticias al efectuarse los “operativos” policiales y que luego acaban archivadas en silencio y sin cargo alguno para ninguna de las personas detenidas. Recordemos los casos de Juan Andrés Benítez y Esther Quintana, por citar dos recientes, pues ambos incluyen la constatación en sede judicial de la conducta delictiva de los agentes de policía implicados –incluso la aceptación de los cargos de homicidio imprudente, en el primer caso. Las “ratas”, sin embargo, se siguen buscando entre quienes pretenden defender el derecho a una vida segura y digna, entre quienes trabajan por el derecho a reivindicar ese derecho, entre quienes trabajan críticamente en una silla de la universidad y entre poéticos, ambiguos y etéreos “colchones filosóficos”.
Un caso recurrente en el ámbito estatal: el Poder Judicial
El afán criminalizador ha alcanzado cotas y escenarios casi inimaginables, más allá del ámbito al que nos referimos en los dos primeros casos. Incluso varios magistrados de la Audiencia Nacional han llegado a recibir los calificativos de “pijo ácrata”, “irresponsable”, “demagogo” o “juez antisistema” durante los últimos años. El último turno, hasta el momento, ha sido para otro magistrado de la misma institución, que no es precisamente, por ser “sucesora” directa del excepcionalismo franquista, el mayor símbolo de radicalismo democrático en el Estado español.
En abril de este mismo año, el inmaculado ministro Fernández Díaz pidió al Consejo General del Poder Judicial que castigara al juez José Ricardo de Prada por hablar de su experiencia en materia de torturas y malos tratos. Cuando un magistrado de la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional afirma “la tortura se ha producido de manera clara [en España] y yo he tenido muchos casos de sospecha fuerte a la que los tribunales no han dado respuesta como corresponde a un Estado de Derecho", la respuesta del Gobierno no es otra que sugerir que se le abra una investigación por los delitos de humillación a las víctimas o de apología del terrorismo. Qué no podrá ocurrir a quien trata de ejercer sus derechos constitucionales sin el amparo de cargo institucional alguno, por mucho que, por ejemplo, la STC 2/2001, de 15 de enero de 2001, de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, recordara lo siguiente:
No cabe la menor duda de que la divulgación de la existencia de irregularidades en la prestación de un servicio público [...] constituye una actuación de interés general, que deben soportar las personas que tienen encomendada la gestión del servicio de que se trate dada su condición de "personas públicas" a estos efectos. Quienes tienen a su cargo la gestión de una institución del Estado deben soportar las críticas de su actividad, por muy duras, e incluso infundadas, que sean y, en su caso, pesa sobre ellos la obligación de dar cumplida cuenta de su falta de fundamento (STC 143/1991, FJ 5). Pero de ningún modo los personajes públicos pueden sustraer al debate público la forma en la que se presta un servicio público esgrimiendo la amenaza del ius puniendi del Estado contra todo aquél que divulgue irregularidades en su funcionamiento, siempre que éstas sean diligentemente comprobadas y sustentadas en hechos objetivos.
Los casos expuestos son solo tres entre muchos que vienen repitiéndose, recientemente reforzados por reformas legales como la que dio lugar a la denominada Ley Mordaza en el año 2015. En este contexto de creciente criminalización del trabajo en defensa de los derechos humanos y de cualquier opinión crítica en materia del respeto a los derechos humanos, las libertades de expresión y de asociación son dos víctimas más.
comentarios
0