La Audiencia Provincial absuelve a Alistream al no exisitir ya las faltas en el Código Penal

Una sentencia señala que no se puede confirmar una condena por faltas cuando éstas ya han desaparecido de la legislación.

14/07/15 · 17:41

La Sección 2 de la Audiencia Provincial de Madrid ha aceptado el recurso contra la sentencia de la periodista Alicia Armesto, conocida como Alistream, condenada a dos meses de multa –380 euros– por una falta de vejaciones injustas a un policía. Arrmesto fue denunciada en febrero por publicar en Twitter la imagen de un agente de policía riéndose, durante la ejecución de un desahucio, acompañada de un texto en el que se leía “JessicaSeQueda, en la calle y ellos siguen riéndose en los desahucios”.

Ahora, el alto tribunal ha dictado su absolución, argumentando que, en la actualidad, con la entrada en vigor de la Ley de Seguridad Ciudadana y la reforma del Código Penal –con la consecuente eliminación de las faltas–, ya no existe la falta de vejaciones injustas, que en todo caso se correspondería ahora con una infracción administrativa. “No podemos confirmar una sentencia que supone una condena por una falta ahora inexistente, ni aplicar una norma posterior a los hechos, cuya competencia, además, se ha atribuido a la autoridad administrativa”, señala la sentencia, firmada por el magistrado Eduardo de Urbano Castrillo.

“Primero la policía me acusó por una foto que yo no hice y, cuando en el juicio demostré que no hice yo la foto, me acusaron de haber dicho en Twitter que se estaban riendo”, explica Armesto a Diagonal. Su abogado, Enrique Flores, afirma que la sentencia de la Audiencia Provincial es firme, por lo que no cabe recurso contra ella y además, crea jurisprudencia, por lo que muchos más casos podrían seguir su ejemplo. “Lo novedoso es que, justamente con el paquete represivo que han metido, han dejado un hueco por el que se pueden conseguir bastantes absoluciones”, señala el abogado. “Es un boomerang que se ha vuelto contra ellos, y creo que muchos más activistas se van a poder beneficiar de esta sentencia”, concluye.

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comentarios

1

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    emilio
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    17/09/2015 - 9:05am
    esta ley es fascista y indigna y no la acato no acato leyes echas por un partido de corruptos y mafiosos rajoy tu madre tardo 9 meses en tirar la basura sionista criminar YA ESTA TODO JUSTIFICADO COMO LUCHA OBRERA MUERTE AL ESTADO Y A SUS PERROS OBEDIENTES
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