Elecciones | Votar desde la cárcel
Práctica “ínfima” del derecho a votar desde la prisión

Las organizaciones civiles dudan de que se cumpla el procedimiento para que los internos en centros penitenciarios puedan votar.

21/05/15 · 8:00
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Acto en apoyo de Arnaldo Otegi, en cotubre de 2011. El político vasco sigue en prisión cumpliendo una codnena de 6 años. A pesar de ello fue elegido secretario general de Sortu.

El ingreso de una persona en un centro penitenciario del Estado español no es motivo suficiente para denegarle el derecho al voto. Así lo establece la Constitución Española vigente, que en su artículo 25.2 afirma que “el condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo”, en el que encontramos el derecho al sufragio activo y pasivo. Incluso la Ley General Penitenciaria decreta en su artículo 3.1 que “los internos podrán ejercitar los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales, sin exclusión del derecho al sufragio”.

Paz Francés Lecumberri, abogada y miembro del colectivo Salhaketa, explica a Diagonal que “el Código Penal actual no ostenta la posibilidad de inhabilitar para el sufragio activo [votar], aunque sí para el sufragio pasivo [presentarse como candidato]”. Uno de los grupos de personas presas a las que se les niega que puedan ejercer su derecho a voto son aquellas que “están inhabilitadas, pero no por el contenido del fallo condenatorio, sino por la apertura de un proceso por vía civil de incapacidad, o bien porque sigan condenadas por el Código Penal de 1973 y no hayan revisado su sentencia”, señala Francés. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ya reconoció en 2007 el derecho a votar de un recluso de la cárcel de Quatre Camins. El director de este centro penitenciario intentó impedir que Ricardo C.R. votara por correo en las elecciones al Parlament de Catalunya celebradas en noviembre de 2006 alegando que en su condena se contemplaba la inhabilitación absoluta. El alto tribunal sentenció que esta inhabilitación, aunque impediría al recluso presentarse como candidato, no le negaba su derecho a votar.

“El Estado tiene actitud de indiferencia hacia este derecho, como hacia otros tantos”, afirma Valentín Aguilar

Los otros presos al margen de los procesos electorales son los extranjeros, que suponen casi la tercera parte de las 65.342 personas internas en las cárceles españolas a febrero de 2015, últimas cifras recogidas por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

Sin embargo, la participación en los procesos electorales por parte de las personas presas es muy minoritaria. En las últimas elecciones generales, en 2011, sólo 3.681 personas reclusas solicitaron ejercer el derecho al sufragio activo. En las municipales y autonómicas de ese año, la cifra fue aún menor, 2.225, lo que se traduce en un 3% de los alrededor de 74.000 reclusos que se contaban en mayo de ese año, según los datos de Instituciones Penitenciarias. “Hay mucha gente que no vota porque considera que estas votaciones son una farsa y una manera de perpetuar el sistema”, afirma Carmen López Anguita, quien estuvo privada de libertad durante 29 años. Desde la Federación de Grupos de la Cruz Negra Anarquista señalan en la misma dirección: “A las personas presas pobres, que son la mayoría, se les deniegan toda clase de derechos, hasta el de la vida. Quizás lo último que deseen sea votar a la mafia política”.

Teoría y práctica

El proceso diseñado para que las personas presas puedan ejercer su derecho a votar comienza con campañas informativas en los centros penitenciarios acerca del voto por correo, que se acompañan de sesiones explicativas. Posteriormente, el director de cada prisión solicita a la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos que un funcionario se desplace a la cárcel para inscribir en el censo a todo recluso que lo desee, o para modificar alguno de sus datos. Por último, la Oficina del Censo Electoral tiene la obligación de remitir los sobres y las papeletas a las prisiones que lo soliciten. Éstas son entregadas en mano por el funcionario de Correos a los encarcelados para que completen el proceso. Este funcionario será el encargado de entregar todos los sobres en las mesas electorales que correspondan a cada uno de los reclusos durante el día de las elecciones. Sin embargo, si en la práctica el proceso se lleva a cabo es ya más difícil de comprobar. “No se sabe si se cumple la norma en materia de facilitar el voto en prisión. Intuyo que no. Dudo que se faciliten los medios previstos en la ley cuando por lo general el cumplimiento y la garantía de los derechos fundamentales de las personas presas se vulneran de manera sistemática”, declara Francés, quien señala que tampoco hay información disponible sobre las medidas de control sobre las papeletas de las personas presas, ni siquiera estudios sobre la participación de las personas presas en las elecciones, más allá de los ya citados datos sobre los comicios de 2011 de Instituciones Penitenciarias.

“El Código Penal no ostenta la posibilidad de inhabilitar para el sufragio activo, aunque sí para el pasivo”

“La falta de interés en este tema explica que haya tan pocos datos”, concluye. Desde la Plataforma Pro Derechos Humanos de Andalucía, Valentín Aguilar opina en la misma línea. “El Estado tiene una actitud de indiferencia hacia este derecho, como hacia tantos otros derechos”, comenta Aguilar, quien añade que, aunque en teoría deberían hacerse campañas informativas sobre el voto por correo en los centros penitenciarios, “en la práctica no sabemos si se hacen, intuimos que no”.

Y ser votado

El número de condenas que incluyen la inhabilitación para presentarse como candidato son “ínfimas”, explica Aguilar. “Los datos de 2013 del INE establecen que sólo uno de cada mil condenados lo fueron a inhabilitación absoluta y un 0,2 de cada mil con inhabilitación especial para empleo o cargo público”, sostiene.

La última reforma del Código Penal aprobada, que entrará en vigor el 1 de julio, intensifica el castigo de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo para delitos de cohecho, prevaricación y otros relacionados con la corrupción durante un periodo de hasta 10 años de cárcel.

 

Candidatos y cumpliendo condena

Arnaldo Otegi, que actualmente sigue en prisión cumpliendo una condena de 6 años por el caso Bateragune –reconstrucción de Batasuna–, fue elegido secretario general de Sortu, cargo que la formación mantendrá en la práctica vacante hasta que el político vasco salga de prisión. En el otro extremo, Mario Conde, condenado a 20 años de cárcel por estafa y apropiación indebida en el marco del caso Banesto, se presentó como candidato al Parlamento de Galicia en las elecciones de 2012.

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comentarios

1

  • |
    N.D.
    |
    21/05/2015 - 1:45pm
    Por mi experiencia en prisión diré que la escasa participación en las elecciones tiene más que ver con el pasotismo y la incultura que con cualquier otra cosa. En la prisión en la que estaba, y que no destacaba especialmente por cuidar los derechos de los reclusos, no solo pude votar sin ningún tipo de problema sino que se dieron mucha prisa a última hora para hacer nuevos DNIs (que hay que presentar al votar) a quienes los habían solicitado y llevaban, en muchos casos, meses y hasta años esperando la renovación. 
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