Migración y ocio nocturno
Locales que discriminan por el color de tu piel

Un informe de SOS Racismo muestra la discriminación en los locales de ocio nocturnos.

10/05/15 · 8:00
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23h. Entrada a un discoteca cualquiera, de cualquier ciudad del Estado. Una pareja de latinos o subsaharianos, o de magrebíes, se dispone a pasar al local… pero la seguridad del establecimiento les corta el paso.

—No podéis pasar… Es necesario tener invitación.
—No podéis pasar…. Es una fiesta privada.
—No podéis pasar… El aforo está completo, son órdenes de arriba. Os tenéis que marchar, fuera de la fila… Es lo que hay.

Son algunas de las excusas que suelen escuchar los migrantes cuando intentan entrar a un local de ocio nocturno en nuestro país. Si el color de tu piel o tus rasgos raciales evidencian que no eres autóctono, no puedes pasar. Aunque los responsables del local no reconozcan que es por ese motivo. Otras veces cobran entrada o hacen pagar más a los migrantes. Sin embargo, a menudo no es fácil probar la existencia de estas prácticas discriminatorias.

La Federación de Asociaciones de SOS Racismo ha dado a conocer recientemente el informe Reser­vado el derecho de discriminación, en el que se muestra cómo el 45% de los locales visitados para su elaboración denegaron la entrada a personas migrantes bajo la excusa de ser “una fiesta privada” o “ser necesario tener invitación”.

“Ocurre lo mismo en otros ámbitos, como la contratación de polizas de seguros o el alquiler de viviendas”

“Lo más complicado es acreditar que efectivamente se produce discriminación racial cuando los migrantes quieren acceder a locales de ocio”, asegura a Diagonal Mikel Maziaran, secretario federal de SOS Racismo y coordinador del informe. “Constatamos que en ningún caso reconocían que la discriminación era por motivos étnicos o raciales. Todas las excusas eran similares: porque es una fiesta privada, porque hace falta estar apuntado en una lista previa o porque el aforo está completo”, explica Maziaran. En otros casos, según apunta el informe, la excusa puede ser menos imaginativa y deniegan la entrada por “calzado inadecuado”, aunque fuese exactamente el mismo que el de otras personas autóctonas que sí entraron.

Test a 33 locales

“Este tipo de discriminación, si no se hace a través de ‘testing’, es imposible de detectar”, añade Mazia­ran, en referencia al método utilizado para examinar los locales. Para elaborar el informe, SOS Racismo organizó grupos de personas, con y sin características que se puedan relacionar con su origen extranjero, que, entre junio y noviembre de 2014, visitaron 33 locales en Bilbao, Zaragoza, Barce­lona, Donostia, A Coruña y Ovie­do. En todos los casos se escogieron locales de los que no se conocieran actuaciones discriminatorias con anterioridad. Se formaron cuatro grupos de dos personas de género masculino: dos magrebíes, dos latinoamericanas, dos subsaharianas y otras dos de rasgos europeos. Otros agentes que intervinieron en la prueba fueron periodistas locales en cada una de las ciudades, como testigos.

En 15 de los 33 locales visitados se constató un trato discriminatorio evidente. En nueve establecimientos se denegó directamente la entrada a los migrantes y en otros seis se pusieron condiciones de entrada diferentes a las exigidas a los autóctonos. Oviedo fue la única ciudad donde no se produjo ningún incidente.

Mikel Maziaran apunta que “ocurre lo mismo en otros ámbitos, como la contratación de pólizas de seguros o el alquiler de vivienda, donde se encuentra que muchos dueños y algunas inmobiliarias se niegan a alquilar vivienda a migrantes”. Precisamente, SOS Racismo está preparando otro informe sobre estos otros tipos de discriminación racial.

“Son casos que pertenecen al campo de las relaciones privadas. El derecho de admisión nunca puede utilizarse para denegar la entrada a un inmigrante alegando motivos raciales. Otra cosa sería que te prohíban la entrada por motivos de vestimenta. La vestimenta se puede cambiar, pero no el color de la piel. El origen étnico o racial es innato a la persona y pertenece al ámbito de la dignidad humana”.

El objetivo de este informe es sensibilizar a los ciudadanos, pero también a los propietarios de los establecimientos, que están obligados a cumplir el artículo 10 de la regulación administrativa de espectáculos públicos y actividades recreativas, en el que se dicta que “el ejercicio del derecho de admisión no puede conllevar, en ningún caso, discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión, discapacidad, orientación sexual, identidad de género o cualquiera otra condición o circunstancia personal”.

Y es que el derecho de admisión no es ilimitado, ni puede ser ejercido de manera arbitraria. Los motivos en los que se puede basar el dueño de un establecimiento para impedir la entrada a una persona, según esta norma, tienen que ser de carácter estrictamente objetivo y, además, deben ser hechos públicos previamente.

Derecho de admisión

Mikel Maziaran destaca falta de conocimiento de lo que permite el derecho de admisión y un uso caprichoso del mismo por parte de los propios responsables de los locales. “Creen que pueden utilizar el derecho de admisión a su antojo. Queda mucho trabajo por hacer respecto al acceso a locales de ocio, por parte de asociaciones de hostelería y por los propios responsables de los locales de ocio nocturno. No saben hacer un correcto uso de este derecho”.

Maziaran explica que la persona a la que se niega el acceso al local tiene derecho a exigir una hoja de reclamaciones. De hecho, es una de las pocas maneras de poner denunciar discriminación. “En caso de denuncia, la hoja de reclamaciones sirve como prueba, ya que el portero del local, en la mayoría de los casos, va a negar que esto ocurrió y dirá que nunca vio a esa persona”.

“Creen que pueden utilizar el derecho de admisión a su antojo”, señala Mikel Maziaran, de SOS Racismo

Desde SOS Racismo explican que, cuando se solicita la hoja de reclamaciones, en la mayoría de los locales la deniegan en un primer momento. Si la persona insiste, puede que le digan que ya no les quedan. A menudo, sólo si advierten que la persona afectada llamará a la policía local, acaban proporcionando el documento, aunque tratarán de evitar poner el sello.

SOS Racismo destaca la falta de formación de los cuerpos policiales en estos asuntos, de manera que su intervención se limita a supuestos de alteración del orden en espacios públicos.

La competencia en materia de espectáculos públicos fue regulada en su momento por el Real Decreto 2816/1982 de 27 de agosto, por el que se aprueba el Regla­mento General de Policía de Es­pec­táculos Públicos y Actividades Recreativas. Además, casi todas las comunidades autónomas, excepto Cantabria, Extremadura y Galicia, cuentan con su propia normativa con carácter de ley.

Pasarse la pelota

El informe de SOS Racismo destaca la falta de claridad a la hora de concretar el organismo administrativo competente al que denunciar el trato discriminatorio. Como ejemplo ponen el caso de Barcelo­na. La organización pre­sentó una denuncia en la Subdi­rección de Espectáculos y Acti­vidades Re­creativas de la Gene­ralitat, institución con las competencias en esta materia. Ésta trasladó la denuncia al Ayun­tamiento de Barcelona, que tiene competencias de inspección y sanción de establecimientos abier­tos al público. Y el Consisto­rio, a su vez, trasladó la denuncia a la oficina del Consejo de No Discriminación, que actúa en estos conflictos desde una perspectiva mediadora y sin competencias sancionadoras. Por lo que a menudo son las propias instituciones las que acaban dificultando o impidiendo que el comportamiento discriminatorio sea sancionado.

“Cuando se quiere denunciar esta discriminación racial, se observa que la legislación es muy dispersa en función a las diferentes comunidades autónomas. No hay protocolos claros de denuncia. Las administraciones podrían revisar la actividad de los locales, pero me temo que no lo hacen de oficio, a menos que haya denuncia o reclamación. Parece que los órganos administrativos estén despistados, porque no saben ni cómo se tramita una denuncia de este tipo. No están acostumbrados a recibir denuncias por motivos racistas. Faltan herramientas normativas, una legislación que sea eficaz”, concluye.

“Me dejaron entrar sólo en una discoteca de las tres, y porque pensaban que era turista”

Ali Hamidu es de origen camerunés y vive desde hace diez años en España. Fue una de las personas que participaron en el ‘testing’ rea­lizado por SOS Racismo en tres discotecas de moda en el centro de Barcelona. Trabaja como actor en la Ciudad Condal y habla un correcto castellano, aunque con un ligero acento extranjero.

“Fuimos a tres discotecas del centro de Barcelona. Íbamos vestidos correctamente, muy formales, con camisa y zapatos, para que no nos pusieran ninguna excusa por la ropa. Pero sólo me dejaron entrar en una de las tres discotecas, y porque pensaban que era turista. Tengo un amigo que en estos casos siempre habla en inglés, para que no le rechacen. Si me llegan a oír hablar, estoy seguro que no me hubieran dejado pasar por mi acento africano”, explica Hamidu a Diagonal.

En esta ocasión pudo entrar al local, pero no la otra pareja de chicos de etnia gitana que iban con él y que también participaban en el estudio. En las otras dos discotecas a las que intentó pasar no tuvo tanta suerte. “En los otros dos locales nos dijeron que necesitábamos estar apuntados en una lista, pero a la pareja de españoles que iba justo detrás de nosotros no les mencionaron que hubiera ninguna lista”, señala.

Ali Hamidu, de 32 años, constató con este estudio de SOS Racis­mo una realidad a la que ya está tristemente acostumbrado. “Ya no voy a discotecas porque estoy cansado de que la mayoría de las veces no me dejen pasar. Sólo suelo ir a una, donde sé que nunca tengo problemas”.

Racismo, y también clasismo

Hamidu explica que en otra ocasión no le permitieron entrar en una discoteca de Barcelona por su peinado. “Llevo trenzas en el pelo y una vez no me dejaron pasar porque, según me dijo el de seguridad del local en la puerta, el dueño del local no quiere que entre gente con rastas o trenzas. Pero justo en ese momento, y delante de mí, entró un chico rubio con rastas. Cuando le pregunté al de la puerta que por qué ese chico sí podría entrar, me contestó que ése era americano, que se piden muchas copas y hacen mucho gasto”. Ali concluye que “a veces no es por el color de la piel, no es sólo racismo, también es clasismo, por la ropa que llevas o por cómo vas peinado”, concluye.

Caso práctico de discriminación en Barcelona

Una pareja africana, una magrebí y otra latina intentan entrar en la discoteca Jamboree, en Barcelona. Los porteros le niegan la entrada. El motivo: hay una lista. Les explican a las tres parejas que tienen que apuntarse en una web antes de las 23h. Uno de los participantes en el estudio pregunta a los porteros que cómo saben que no están en la lista, a lo que el personal de seguridad no responde. Al poco, un periodista de La Directa se dirige a la puerta del mismo local. Le pregunta al portero si puede entrar, si hay lista. El portero le responde: “¿Cuántos sois? No, en principio no hay lista”. Éste es uno de los casos que se explican en el informe Reservado el derecho de discriminación, de SOS Racismo.

45% -> Cerca de la mitad de los locales que se visitaron para realizar el informe denegaron la entrada por motivos raciales. En Barcelona, tres de los cinco locales discriminaron a los participantes en el estudio de SOS Racismo.

43%-> No estar apuntado en una lista de invitados fue la excusa más usada, aunque, a la vez, el personal de seguridad de los locales dejara pasar, sin mencionar la existencia de ninguna lista, a personas blancas.

 

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