La proposición de ley que presentarán de manera conjunta deja en el aire la prisión permanente revisable.
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El Partido Popular y el PSOE firmarán esta tarde el acuerdo para presentar de manera conjunta una proposición de ley con la que se reformará el capítulo del Código Penal dedicado al terrorismo. La proposición de ley, que se registrará mañana en el Congreso, se tramitará en paralelo al proceso de reforma del Código Penal iniciado por el anterior ministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón.
El contenido de la reforma se basa en las 12 enmiendas sobre delitos del terrorismo presentadas por el Partido Popular al texto de reforma del Código Penal. Señalamos algunas de los cambios que contempla la proposición de ley:
Definición de terrorismo
Uno de los principales cambios en relación con la tipificación de los delitos relacionados con terrorismo será la propia definición de “delitos de terrorismo”. La nueva definición que guiará la persecución de los delitos de terrorismo establece que cualquier delito grave contra los bienes jurídicos constituye delito de terrorismo cuando se lleve a cabo con el objetivo de “subvertir el orden constitucional, o suprimir o desestabilizar gravemente el funcionamiento de las instituciones políticas o de las estructuras económicas o sociales del Estado u obligar a los poderes públicos a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo”, con el de “alterar gravemente la paz pública”, con la intención de “desestabilizar gravemente el funcionamiento de una organización internacional” o de “provocar un estado de terror en la población o en una parte de ella”.
Prisión permanente revisable
El texto del proyecto de ley impulsado por el Partido Popular y el PSOE deja pendiente de la reforma del Código Penal la aplicación de la cadena perpetua, denominada prisión permanente revisable, para delitos de terrorismo con víctimas mortales. El texto señala que, en estos casos, se aplicará “la pena de prisión por el tiempo máximo previsto en el Código Penal”.
Adiestramiento pasivo
El nuevo artículo 575 del Código Penal resultante del proyecto de ley antiterrorista contempla como delito el adiestramiento militar en el uso de armas, incluyendo el adiestramiento pasivo, es decir, la visita a páginas web en las que se dé información sobre uso o fabricación de armas y relacionadas con grupos considerados terroristas.
Enaltecimiento del terrorismo
Se aumenta la pena por este tipo de delitos, que pasan a ser de uno a tres años de prisión, y se le añade una multa de 12 a 18 meses. Actualmente, la pena para delitos de enaltecimiento del terrorismo o de humillación de las víctimas es de 1 a 2 años de cárcel.
Inhabilitación para la docencia
Se profundiza en la inhabilitación para empleo o cargo público como castigo que seguiría a la privación de libertad y se introduce la inhabilitación especial para trabajos relacionados con la docencia y el tiempo libre por un periodo de hasta 20 años para cualquier delito contemplado en el capítulo, como pueda ser enaltecimiento del terrorismo.
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