Futura Ley de Corresponsabilidad Parental
La Ley de Catalá, una amenaza a la igualdad

La custodia compartida se considerará prioritaria en el proyecto de ley, que pasa por encima de las desigualdades estructurales entre hombres y mujeres.

20/01/15 · 19:29
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Nueva Ley de Corresponsabilidad Parental / José Luis Ruiz

El ministro de Justicia, Rafael Catalá, presentará próximamente el proyecto de ley que seguirá permitiendo que padres con indicios fundados de haber cometido violencia machista visiten y se comuniquen con sus hijos e hijas. Catalá ha vuelto a poner sobre la mesa el debate sobre si el régimen de custodia compartida es beneficioso para los menores al normalizarla y dejar a criterio del juez su aplicación, aunque no haya acuerdo entre ambos progenitores.

En julio de 2013 el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de ley sobre corresponsabilidad parental en caso de nulidad, separación y divorcio. Tanto la Fiscalía como el Consejo General del Poder Judicial y el Consejo de Estado han emitido desde entonces informes poco favorables de la propuesta. Aunque el proyecto seguramente incorpore algunas de las recomendaciones de estas instituciones e incluya también a las uniones de hecho, la ley tiene una mala carta de presentación. Según datos del Instituto Nacional de Estadística, excluir de la regulación a los hijos e hijas nacidos fuera del matrimonio supondría dejar fuera a un tercio de los nacidos en 2013.

Legislación patriarcal

La futura ley mantiene la construcción de los roles de género, al entender que la figura del padre es imprescindible en la vida de las y los ­menores, aún en los casos en los que éste tenga antecedentes como maltratador. Una resolución judicial motivada en indicios fundados y racionales de violencia machista no será suficiente para cortar el contacto, algo que también dependerá de la consideración del juez. Como explica Ángela Alemany, de la Asociación de Mujeres Juristas Themis, “con carácter general en los delitos de violencia de género, salvo casos de gravedad extrema, se mantendrá el régimen de visitas y comunicaciones”.
 

Una resolución judicial basada en indicios de violencia machista no será suficiente para cortar el contacto

De esta manera, no sólo se pone en riesgo la integridad física de los menores de edad sino que se les expone a la figura del maltratador con naturalidad, sin valorar la violencia y el sufrimiento vividos por sus madres, que además quedan obligadas a mantener contacto con ellos.

Régimen preferible

Aunque no se considerará prioritaria o preferencial, se elimina la excepcionalidad de la custodia compartida, que pasa a considerarse el modelo preferible para garantizar los ­derechos del menor y de los progenitores. Según el artículo 92, ésta ­podrá ser fijada por el juez en base a criterios poco concretos aunque ninguno de ellos lo solicite, medida que contradice la doctrina del Tribunal Supremo. No será necesario que pasen el mismo tiempo con el padre que con la madre y el tiempo “deberá ser el adecuado para la finalidad de la custodia”, una aclaración imprecisa que puede dificultar su puesta en práctica.

A día de hoy, sólo un 3,6% de las excedencias para el cuidado de los hijos son pedidas por los padres

La custodia compartida impuesta presenta varios problemas. En primer lugar, el proyecto obvia las desigualdades estructurales entre hombres y mujeres que prevalecen en la sociedad. A día de hoy, sólo un 3,6% de las excedencias para el cuidado de los hijos son pedidas por los padres. Montse Fernández Garrido, abogada de familia y parte de la Asociació Dones Juristes, explica cómo muchos de los padres que obtienen la custodia compartida son incapaces de cuidar adecuadamente a sus hijos e hijas, y delegan estas tareas a sus nuevas parejas o a sus propias madres. Señala que de su experiencia ha aprendido ­cómo “muchos padres no tienen voluntad real de asumir su paternidad a todos los efectos, sino que utilizan la custodia compartida ­como herramienta para negociar condiciones más favorables en los acuerdos económicos”.

Fernández expone cómo la custodia compartida es lo “deseable y razonable pero sólo para unos pocos casos”. Según explica, el acierto de emplear el término corresponsabilidad cae en saco roto al obviar que la corresponsabilidad empieza con el nacimiento de los hijos e hijas, no con la ruptura de la pareja. Por otra parte, obliga a los progenitores a mantener un contacto no deseado a través de los niños y niñas. Después de la pérdida del proyecto de vida común que mantenían, puede tener efectos negativos tanto para ellos como para los menores, relegados a la tarea de mensajeros en un clima de tensión y conflictividad.

El impacto sobre los menores de este modelo

Entre las recomendaciones que se han hecho a la ley están que se tenga en cuenta la edad y la opinión del menor; su arraigo social, familiar y a la aptitud, voluntad e implicación de cada uno de ellos para asumir sus deberes, respetar los derechos del otro y cooperar entre sí para garantizar la relación de los hijos con ambos progenitores; la situación de sus residencias habituales y la existencia de estructuras de apoyo en los respectivos ámbitos paterno y materno. Muchos de estos datos se recaban a través de peritos psicólogos proclives a la custodia compartida. Pero hay estudios, como el realizado por los franceses Berger y Ciconne, que atribuyen a la custodia alterna riesgos psicológicos en los y las menores de seis años. Además, existe una mencionable corriente clínica que asocia otros riesgos como el de problemas de rendimiento escolar y concentración, irascibilidad, depresión, ansiedad, dificultades para conciliar el sueño (entre otros) a la custodia compartida.

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comentarios

1

  • |
    11975RS
    |
    29/01/2015 - 4:09pm
    Sinceramente, Celia:me parece tendencioso tu artículo.¿No te planteas que puede ser la madre quien no esté capacitada para el cuidado de los hijos?Das por hecho,como la mayoría de la sociedad en este país,que es ella y no el padre quien está en condiciones de afrontar el cuidado de los hijos.   Hablas de la utilización de muchos padres de la custodia compartida para obtener acuerdos económicos más favorables.¿Te has planteado que en las circunstancias actuales son muchas las mujeres que utilizan la legislación y la creencia dominante para lograr a través de la obtención de la custodia enormes ventajas económicas?Te sorprendería conocer,si profundizas un poco en el tema,como muchas de ellas desestiman llegar a un acuerdo con sus parejas incluso rechazando procedimientos de mediación conscientes de que es casi seguro que en los juzgados obtendrán lo que se propongan.   ¿Te has parado a pensar en qué situación quedan,gracias a ello multitud de varones por el simple hecho de serlo,sin ser ni mucho menos maltratadores y estando implicados por igual en la educación de sus hijos?Porque en la actualidad es, en la inmensa mayoría de los casos, el varón quien ha de abandonar el domicilio familiar,teniendo que seguir sufragando la carga hipotecaria que tenga pendiente casi con seguridad el inmueble,mientras ha de costear un sitio donde vivir y abonar la pensión alimenticia y,en muchos casos la pensión compensatoria a su ex-pareja. Con lo que le reste, tiene que vivir.  Es evidente que con la legislación actual hay un grupo de la población que se siente muy cómodo pero no por ello ha de ser la situación más justa.
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