CUSTODIAS en CASOS de abusos
Los derechos de la infancia, ¿papel mojado?

Las autoras señalan la vulneración de los derechos de menores en situaciones de violencia de género o abuso.

, son psicóloga especialista en violencia de género, activista feminista y trabajadora social experta en violencia de género, respectivamente.
12/11/14 · 8:00
Edición impresa

Hace poco tiempo, el 4 de agosto de 2014, se hizo pública la condena de la ONU al Estado español por faltar a su deber de protección de las víctimas de violencia de género: mujeres, niños y niñas. Después de 11 años de lucha, Ángela González recibía justicia por la muerte de su hija, Andrea, asesinada por el padre durante los días del régimen de visitas establecido por orden judicial. Una medida que no tuvo en cuenta las denuncias de maltrato, ni el testimonio de la niña. Hace unos días, una noticia alertaba sobre un auto judicial que ponía en riesgo a otro menor: el dictamen del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Valdemoro obliga a un niño de siete años a ver a su padre, imputado por presuntos abusos sexuales contra él, tras un largo litigio iniciado por la madre del menor.

Las historias de niños y niñas forzadas a cumplir visitas con su victimario se han convertido en praxis abundante. Algunas madres han perdido la custodia temporalmente, cuando se han resistido a su cumplimiento. La judicatura se la entrega al padre incluso cuando hay indicios de abusos, como ocurrió con una niña de diez años en 2013, por parte del Juzgado nº 4 de Colmenar Viejo.

Ante esta situación de “grave desprotección jurídica de menores”, el 23 de octubre la Plataforma Stop Maltrato Infantil convocó una concentración ante la Fiscalía General del Estado. Entre otras demandas, solicitaban una reunión para informar de la indefensión institucional que viven muchas niñas y niños a través de las prácticas judiciales.

La Convención sobre los Derechos del Niño se vulnera en España en casos de separaciones contenciosas que ocultan situaciones de violencia de género, maltrato y abuso sexual infantil. Muchas medidas obvian, no sólo los indicios de estas violencias, sino también la propia declaración de las niñas y niños. Estos agravios parecen parte de esa construcción pedagógica, basada en el autoritarismo, dominio y propiedad, que describe Alice Miller en su libro Por tu propio bien. Refleja creencias tales como que la criatura es propiedad de los adultos, que ellos expresan lo que es justo o no para ella y que siempre debe respetar a los padres. Consuelo Barea, en su texto El maltratador como exmarido y padre, analiza diferentes trabajos científicos internacionales que muestran la realidad de una alta correlación existente entre la violencia de género y el maltrato de hijos e hijas, así como entre la violencia y el abuso sexual infantil.

Otra vulneración viene causada por el procedimiento de repetición del testimonio infantil, exigido en cada acto judicial o examen forense. Reproduce la revictimización, al hacerles revivir una y otra vez su experiencia de maltrato o abuso. En ocasiones, se ha realizado en presencia del victimario. El informe Infancia y justicia: una cuestión de derechos, realizado por la organización Save the Children, investiga el quebrantamiento del artículo 3 que versa sobre el obligado sometimiento de las administraciones al “interés superior del menor”. Concluye: “[…] En relación con la Administración de Justicia en España, ¿existen mecanismos adaptados para el acceso de los niños y las niñas a los tribunales para el ejercicio de sus derechos? ¿Se respeta la obligación de velar por el interés superior del niño o la niña en estos procedimientos? ¿Se garantiza el derecho de los niños y de las niñas a ser debidamente informados y a ser escuchados? La respuesta es no”.

Hay soluciones de bajo coste para evitar este maltrato institucional, como la cámara Gesell, que se habilitó en Argentina después de que el juez Carlos Rozanski, miembro de la Corte Penal Internacional, entendiera que las criaturas no tenían que ser interrogadas por los jueces, ni tantas veces. Un espejo de doble cara permite observar y escuchar el testimonio en una habitación mientras en la otra la niña o niño es entrevistada por una profesional especialista y una cámara de vídeo graba el testimonio.

La Convención sobre los Derechos del Niño podría interpretarse como un mero relato o vivirla como lo que es, una ley de rango superior que España adoptó en 1990. En 2013, nuestro país ratificó su Protocolo Facultativo de Comunicación, que se utiliza para denunciar la vulneración de los derechos infantiles ante un comité internacional experto. La utilización de estas herramientas puede transformar una aterrada vida infantil en una existencia libre de violencias.

El SAP como un arma contra las mujeres

A pesar de que el Consejo General del Poder Judicial afirmara que la doctrina del Síndrome de Alienación Parental (SAP) es “abiertamente pedófila”, “carente de base científica” y que “está produciendo situaciones de riesgo para los niños”, se ha utilizado, explícitamente o implícitamente en las sentencias judiciales para obligar a que la madre y el niño o niña continúen la relación con el progenitor, según señala un estudio sobre el impacto del SAP realizado por Abogadas para la Igualdad.

+A Agrandar texto
+A Disminuir texto
Licencia

comentarios

1

  • |
    ALICIA
    |
    19/11/2014 - 12:35pm
    GRACIAS POR ESTA INFORMACIÓN TAL CLARA Y REALISTA. ESPEREMOS QUE TANTOS NIÑOS Y NIÑAS QUE SE VEN CASTIGADOS A VER ASIDUAMENTE EN VISITAS OBLIGADAS POR CIERTOS JUZGADOS A SU AGRESOR SEXUAL O A VIVIR PERMANENTEMENTE BAJO LA TUTELA DE ESTE, POR HABER SIDO ABUSADOS SEXUALMENTE POR SU PROPIO PADRE Y POR HABERLO PUESTO LA MADRE EN CONOCIMIENTO DE LA JUSTICIA. EXISTEN LEYES Y JURISPRUDENCIA EN ESPAÑA DE PROTECCION AL MENOR, PERO ALGUNOS JUZGADOS NO LA ESTAN CUMPLIENDO. ¡STOP A CASTIGAR A NIÑOS ABUSADOS A SEGUIR SIENDO ABUSADOS DE POR VIDA POR OBLIGACION JUDICIAL!
  • Tienda El Salto