Ley de seguridad ciudadana
El ‘gran hermano’ quiere entrar en los locutorios

El artículo 24 del anteproyecto de ley pretende la identificación obligatoria de quienes usen los locutorios.

, Redacción
30/04/14 · 8:00
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La policía municipal frente a un locutorio en la plaza de Lavapiés el 25 de abril de 2013. / Álvaro Minguito

El documento nacional de identidad (DNI) fue creado por decreto el 2 de marzo de 1944, en plena dictadura franquista. Como no podía ser de otra forma, el dictador se adjudicó el número 1, el número 2 fue para su esposa, Carmen Polo; y el 3 para su hija, Carmen Franco Polo. Del cuarto al noveno han quedado vacantes. Desde el número 10 hasta el 99 se reservaron para la familia real espa­ñola. De este modo, Juan Car­los I posee el número 10; su señora doña Sofía, el 11; y así sucesivamente, a excepción del número 13, que quedó vacante por cuestiones de superstición.

Comenzó a ser expedido en 1951 como medida de control social, sien­do obligatorio para todos los hombres que habían quedado en libertad vigilada después de salir de prisión. Desde entonces, el DNI ha estado en las carteras de la ciudadanía del Estado español. Los datos recogidos en el DNI español han sido, a lo largo de su historia, la envidia de las policías europeas, sobre todo debido a la aparición en el mismo de las huellas dactilares, algo que no ocurre prácticamente en ningún país de Europa. De hecho, muchos países del entorno no han comenzado a tener este tipo de documento o debates sobre su conveniencia hasta después de la ofensiva, en términos de control social, generada a raíz de 11S, y en pocos casos conlleva la aportación de estos datos o la obligatoriedad de portarlo.

Elemento de control

Ahora parece que el uso del DNI como elemento de control vuelve a tomar fuerza frente a su uso como documento garante de derechos. El artículo 24 del borrador del anteproyecto de la Ley de Seguridad Ciu­dadana, que vendría a sustituir a la Ley Orgánica 1/1992, de Protec­ción de la Seguridad Ciudadana, popularmente conocida como ley Cor­cuera, supone una huida del control judicial, en el que impera la presunción de inocencia, e inicia una deriva hacia un modelo de control administrativo, en el que prevalece la presunción de veracidad de la autoridad sancionadora, lo cual obligará al denunciado al abono de tasas, que impone la Ley de Tasas aprobada en 2012, para recurrir la sanción.

El anteproyecto aprobado el pasado noviembre prevé la obligatoriedad de mostrar el DNI a la hora de hacer uso de los servicios de los locutorios o cibercafés. De aprobarse la nueva ley tal y como aparece redactada en el texto, los propietarios de este tipo de establecimientos deberán fotocopiar o escanear el DNI de sus clientes, o un documento equivalente, y almacenar esa información para que pueda ser consultada en cualquier momento por las autoridades. Para las personas que gestionan este tipo de establecimientos, esta medida supondrá cumplimentar un libro de registro con los datos de identidad de la clientela. En caso de no hacerlo, cometerán una infracción grave, por lo que se arriesgarán a ser multados con entre 1.001 y 60.000 euros.

Los documentos que se van a pedir están en estudio. Parece evidente que uno de los documentos válidos para la identificación será el DNI, pero está por ver que pueda ser también el pasaporte, por lo que no está claro si la población “sin papeles” podrá acceder a estos recursos mostrando el pasaporte de su país de origen. No obstante, de aprobarse la ley, se generarían listados de personas sin la documentación en regla que utilizan asiduamente las instalaciones de los locutorios.

Hablamos con Serigne Mbaye, de la Asociación de Sin Papeles de Ma­drid, quien nos comenta que están estudiando qué tipo de acciones van a emprender para denunciar este tema: “Queremos demostrar que es algo totalmente ilegal, creemos que todas las personas tenemos derechos a comunicarnos con nuestras familias”. Eva Gilbertz, participante en la Oficina de Derechos Sociales del Centro Social Strike, en Roma, declara a DIAGONAL: “En Italia, desde mediados de 2005 hasta el final de 2010, estuvo en vigor una ley [similar] llamada Decreto Pisanu, que formaba parte del paquete de medidas antiterroristas tomadas con la excusa de los atentados de Londres en julio de 2005 y el arresto de Osman Hussein en Roma, acusado de dichos ataques. En un principio, parecía que esta persona tenía algún tipo de relación con un locutorio, lo cual resultó falso en última instancia, pero permitió la puesta en marcha del decreto. No obstante, finalmente se retiró debido a que estaba en contra de los principios más básicos de privacidad, así como por resultar un lastre para el desarrollo de las redes wifi. En última instancia, digamos que resultaba un tanto embarazoso para Italia tener una restricción sin sentido como era esa, por lo que terminaron por eliminarla”.

“Una solemne tontería”

“Sinceramente, esta propuesta me parece una solemne tontería, un absurdo. Cuando se dé trámite a la ley, esa sección va a ir obviamente fuera. Es inviable, entre otras cuestiones, porque tendríamos el mismo problema con las cabinas de teléfono, es decir, ¿van a poner lectores de DNI en las cabinas que están en la calle?”. Quien se expresa de esta forma tan contundente es An­tonio Expósito, presidente de la Aso­cia­ción Nacional de Cibers y Locu­torios, que prosigue: “Además, la propuesta obliga a identificar a la persona usuaria, es decir, tal persona ha entrado aquí a tal hora, pero en ningún caso se podría registrar la llamada o las web que ha visitado, ya que sería algo complemente ilegal. El dato de que tal persona se ha conectado a tal hora es completamente irrelevante, tenemos que recordar que el derecho a la privacidad está por encima de todo lo demás. Toda esa información, que puede resultar más relevante, ya la tienen las compañías y existen mecanismos legales para conseguirla a través de la orden de un juez”. Expósito concluye que, “desde la asociación valoramos que es tal tontería que no nos hemos molestado en decir nada. Da la sensación de que, una vez más, los políticos nos demuestran que no tienen los pies en la tierra. Creo que, cuando esto llegue a alguien del Gobierno que realmente sepa de lo que está hablando, va a decir: ‘Quitad esa propuesta inmediatamente por que estamos haciendo el ridículo’”.

En un informe de la directora ad­jun­ta de la ONG Rights International Spain, Patricia Goicoechea, se lee: “Si analizamos esta definición [de seguridad ciudadana del anteproyecto] a la luz del concepto de seguridad ciudadana que ha de regir en una sociedad democrática, la ‘tranquilidad de los ciudadanos’ debe referirse a aquella que deriva de la ausencia de riesgos ciertos y graves para su vida y su integridad física, y la protección contra daños graves a bienes públicos y privados. En ningún caso puede entenderse la tranquilidad como una situación en la que no se oigan voces discrepantes, en la que las calles y plazas no sean más que un espacio de tránsito o en el que únicamente puedan llevarse a cabo actividades comerciales”.

Este mismo informe hace referencia al Pacto Internacional de Dere­chos Civiles y Políticos aprobado por la Asamblea General de la ONU en 1966, que entró en vigor en 1976 y fue ratificado por el Estado español un año más tarde. Este pacto viene a regular los motivos legítimos por los que los Estados pueden restringir el ejercicio de los derechos civiles y polí­ticos, ­­regulado por los conocidos como Principios de Sira­cusa, en los cuales se afirma que “los medios de protección contra los peligros para la seguridad de las personas, sus vidas o integridad física o los daños graves a su propiedad no pueden usarse para imponer limitaciones [de derechos] vagas o arbitrarias”.

El texto de la nueva ley está siendo sometido a informes por parte de diversos órganos, como el Con­sejo de Estado o la Agencia de Pro­tección de Datos. Posteriormente volverá a ser revisado por el Consejo de Minis­tros para ser enviado a las Cortes Generales como proyecto de ley, donde debe seguir una larga tramitación parlamentaria antes de su aprobación final. Interior no cuenta con su puesta en marcha hasta el segundo semestre de este año.

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comentarios

1

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    curadodespanto
    |
    29/09/2014 - 11:14am
    Y luego tenemos la famosa obligatoriedad de tener el móvil identificado. No vaya a ser que la criaturita lo use para sacarle el vibrador para hacer una bomba o para llamar para un secuestro... Con la excusa de la seguridad, ya sabemos lo que hace la oligocracia: Agarrar por los huevos a todo cristo. ¡ Ojalá hubiese nacido en Rumanía!
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