El Tribunal Europeo de Derechos Humanos considera, por 15 votos a favor y dos en contra, que los criterios españoles para la reducción de penas vulneran la Convención Europea de Derechos Humanos.

El presidente de la gran sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha anunciado esta mañana que esta corte ratifica, por 15 votos a favor y 2 en contra, la sentencia por la que condenó al Estado español a pagar una indemnización de 30.000 euros y poner en libertad a la presa de ETA Inés del Río. La decisión supone un nuevo golpe a la denominada 'doctrina Parot', que establece la cadena perpetua de hecho en el Estado español al aplicar el cálculo de las medidas de redención sobre cada una de las penas a las que hubiera sido condenado un preso y no sobre la suma total.
Según detalla la nota de prensa de la sentencia (ING), Estrasburgo considera que esta doctrina establecida en 2006 por el Tribunal Supremo vulnera el artículo 7 de la Convención Europea de Derechos, dado que la orden de la Audiencia Nacional por la que en junio de 2008 retrasó hasta 2017 la puesta en libertad de del Río "no sólo resultó en una alteración del 'principio de ejecución' de la pena [...], sino que también condujo a una redefinición de su duración". Así, la corte destaca que hasta la intervención de la Audiencia Nacional "ninguno de los tribunales que se habían ocupado de su caso habían negado la remisión general de penas de hasta 9 años" de las que se beneficiaba del Río bajo el Código Penal de 1973 (el vigente en el momento de su detención).
Aunque no se espera el posicionamiento público de las autoridades del Gobierno español hasta las 13 horas, en que está prevista una rueda de prensa conjunta de los ministros de Interior y Justicia, éstos ya han ido dejando clara su postura en los últimos meses. Así, Fernández Díaz (Interior) se ha referido a la posibilidad de poner en marcha una “ingeniería jurídica” que permita mantener en la cárcel a los presos que podrían acogerse a la resolución del TEDH. El ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, en declaraciones al diario La Razón trató de presionar al único magistrado español presente en la corte, Luis López Guerra: “Hay un magistrado español en el Tribunal de Derechos Humanos y es a él a quien le tiene que haber correspondido trasladar al tribunal la consciencia de lo que se juega España con esta sentencia”, sentenció, en referencia al voto favorable de López Guerra al recurso presentado por la presa de ETA Inés del Río.
La sala de lo penal de la Audiencia Nacional tenía previsto celebrar el viernes una sesión para estudiar la sentencia y posibles criterios a aplicar ante los previsibles recursos de los otros 53 presos condenados por delitos relacionados con ETA, así como otros siete presos del GRAPO, uno vinculado a los GAL, otro del antiguo grupo armado gallego Exército Guerrilleiro do Pobo Galego y 14 presos “comunes” condenados por asesinatos y violaciones. No obstante, tras conocerse la sentencia ha anunciado que celebrará una sesión específica para estudiar el caso de del Río el martes 22.
Por su parte, la abogada de del Río, Amaia Izko, ha exigido al Gobierno español la inmediata puesta en libertad de su defendida.
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