La convivencia como pretexto
La ordenanza “antisocial” revive en Valladolid

El Ayuntamiento de Valladolid endurece una
ordenanza municipal sobre convivencia pese a que dos
sentencias judiciales anularon parte de su articulado.

11/01/12 · 14:32
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Asamblea del movimiento 15M en Valladolid. Foto: Jael Herrera.

En 2004 el Ayuntamiento de
Valladolid aprobó una Ordenanza de
protección de la convivencia ciudadana
y prevención de actuaciones
antisociales que, tomando como parapeto
el relato de normas obvias de
convivencia, introducía otras medidas
que menoscaban derechos fundamentales
como los de reunión,
manifestación o la libertad de expresión.

Esta norma motivó la creación
de una plataforma ciudadana denominada
Foro por la libertad de
Expresión, que recurrió a la vía judicial
y logró en 2006 dos sentencias
que anularon, si bien de una manera
más formal que material
, algunos artículos
de esta Ordenanza, por ser
considerados contrarios a derecho.

Sin embargo, el consistorio ha retomado
la ofensiva y el 4 de octubre
aprobaba un nuevo texto de la ordenanza,
en el que se introducen, aunque
camuflados, los artículos anulados
por las sentencias judiciales
.

La nueva Ordenanza aumenta
los hechos punibles y prevé sanciones
que van desde los 750 euros de
multa
para las infracciones calificadas
de leves, hasta los 3.000 euros
para las calificadas de muy graves.

Así, sanciona la mendicidad y prohíbe
vivir en la calle (o en una furgoneta),
lo que los colectivos contrarios
a este texto han calificado
como “criminalizar la pobreza”.

Pese a que el Tribunal de Justicia
de Castilla y León ha dictado sentencias
indicando que el Ayuntamiento
carece de competencias para prohibir
la realización de acampadas, la
ordenanza establece multas a quien
acampe, en una disposición que parece
destinada a evitar actos de tipo
reivindicativo. Del mismo modo, el
texto equipara repartir publicidad
con repartir folletos de contenido social
o reivindicativo
. Incluso en la
práctica se está permitiendo sin problemas
el reparto de los primeros y
no de los segundos.

Decoro y ornato público

La ordenanza alude a conceptos como
“decoro” y “ornato público” para
regular las actuaciones no solo sobre
bienes de carácter público sino también
sobre bienes privados e incluso
sobre el propio cuerpo. Respecto a
los bienes privados, se impide colocar
cualquier tipo de cartel o similar
en las ventanas de los edificios.
Respecto a los bienes públicos, no
pueden pegarse folletos en el espacio
público. En lo relativo al aspecto
personal, el texto prohíbe ir por la
calle en bañador, semidesnudo o
desnudo.

La ordenanza no señala
qué entiende por el término “semidesnudo”
y parece proteger el “derecho
a no ver”, pese a que el derecho
a mostrar la imagen que uno desee
de sí mismo está garantizado por el
artículo 18.1 de la Constitución.

Según Pablo Gerbolés, abogado y
presidente de la Federación de
Asociaciones de Vecinos de Valladolid,
esto “puede convertirse en una
discriminación hacia todo lo diferente,
hacia cualquier minoría”.

Al igual que ocurriera en 2004,
una veintena de colectivos políticos
y sociales de Valladolid se han unido
para tratar de evitar la puesta en
marcha de esta segunda versión de
una ordenanza que han calificado
de “antisocial”. En un primer momento
han presentado alegaciones,
han elaborado un manifiesto conjunto (PDF)
y tienen previsto llevar a cabo
acciones de protesta en la calle. De
no prosperar las alegaciones podrían
acudir de nuevo a los tribunales
de justicia ante lo que consideran
un ataque a derechos fundamentales
de los ciudadanos.

Tags relacionados: Número 165 Valladolid
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Asamblea del movimiento 15M en Valladolid. Foto: Jael Herrera.
Asamblea del movimiento 15M en Valladolid. Foto: Jael Herrera.
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