PERSECUCIÓN POLÍTICA // El acusado ha presentado un recurso de súplica al pleno de la Sala Penal
La Audiencia Nacional admite la extradición a Perú del abogado Juan Manuel Carranza

El acoso a Juan Manuel Carranza, abogado y mediador vecinal en el madrileño distrito de Villaverde, parece no tener fin. La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acaba de acceder a la solicitud de extradición del Estado peruano para juzgarlo por un genérico delito de “pertenencia a grupo terrorista”.

10/03/10 · 23:44
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Juan Manuel Carranza, a las puertas de la Audiencia Nacional, el pasado 1 de febrero.

Del mismo Estado que, por razones exclusivamente políticas, lo persigue y acosa desde 1992, tal y como ha reconocido el ACNUR y el propio Gobierno argentino, que en 1996 le concedió el estatus de refugiado político. El único “delito” que ha cometido Carranza, que ha trabajado para CEAR y actualmente lo hace para la Federación Regional de Asociaciones de Vecinos de Madrid (FRAVM), ha sido realizar un año de prácticas de derecho en la Asociación de Abogados Democráticos del Perú, entidad que, entre otras personas, daba soporte a acusados de pertenecer a Sendero Luminoso. Los cargos contra este mediador de 49 años, de origen peruano y nacionalidad española, casado y con dos hijos, no sólo han prescrito, sino que son inconcretos e insustanciales y están basados en declaraciones de detenidos obtenidas bajo tortura que luego fueron retiradas. Algunas declaraciones, incluso, sitúan a Carranza en Perú en 1997, año en que ya estaba exiliado en Argentina. Pero la Sección Segunda de la Audiencia Nacional, tras la vista oral que tuvo lugar el pasado 1 de febrero, no sólo no ha tenido en cuenta estas circunstancias sino que ha rechazado todos y cada uno de los argumentos de la defensa de Carranza. “El tribunal no ha razonado nuestras alegaciones y pruebas, lo que constituye una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva”, sostiene Juan Manuel, que siempre ha colaborado con la justicia española y no se esperaba una respuesta tan poco inicua de la Audiencia.

Su abogado presentó el 1 de marzo un recurso de súplica al pleno de la Sala Penal de la Audiencia Nacional, que en las próximas semanas deberá emitir una nueva resolución, de tal forma que si refrenda el acuerdo de la Sección Segunda Juan Manuel será enviado a una prisión española a la espera de ser extraditado. Desde la cárcel, el mediador vecinal, que cuenta con el apoyo de numerosas entidades sociales, la FRAVM, CEAR y la Asociación Libre de Abogados entre ellas, podrá recurrir al Tribunal Constitucional pero es más que probable que antes de que éste emita una sentencia definitiva, el Gobierno español curse la extradición, poniendo en riesgo la propia vida de Carranza. Su familia y amigos, que se encuentran destrozados ante esta perspectiva, insisten en que un proceso judicial en Perú no ofrece las “debidas garantías” y que su allegado puede sufrir “tratos inhumanos y degradantes”, como ya ocurrió en el pasado. Carranza padece una una incapacidad física del 33% consecuencia de las torturas infringidas por la policía de Fujimori en 1992. A la falta de garantías procesales en casos tan politizados como éste hay que añadir la inhumana situación de las prisiones peruanas donde será encerrado Juan Manuel. Recientemente, la Audiencia Nacional y el Tribunal Constitucional españoles, en el caso del español Salvador Alfonso Escrivá, reconocieron que éstas no garantizan la vida y seguridad de las personas internas. Por este motivo el Gobierno de Rodríguez Zapatero rechazó una petición de extradición contra este ciudadano.

En estos momentos, los familiares, amigos y compañeros de Juan Manuel Carranza redoblan sus esfuerzos para que las altas instancias judiciales y el Ejecutivo de nuestro país actúen de igual manera y en virtud de criterios humanitarios y de justicia, rechacen la demanda de extradición del Gobierno peruano. Para ello, ya han recogido centenares de peticiones individuales y de organizaciones que, de manera progresiva, están llegando a la Audiencia Nacional.

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