El Tribunal Supremo determinará si el ERE del Ayuntamiento de Jerez es nulo

El Tribunal Superior de Justicia determina que los despidos del Ayuntamiento no se ajustan a derecho. Tanto la plantilla como el gobierno municipal del PP han recurrido la sentencia.

, Redacción
04/04/13 · 8:49
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Bibliotecas cerradas, servicios sociales desbordados, centros deportivos en los que no se prestan servicios, programas de igualdad eliminados, etc. El principal golpe de un ERE como el que ha presentado el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz) lo sostiene la ciudadanía, aunque el foco estos días se posa sobre los 260 trabajadores municipales que perdieron su empleo en un despido colectivo que una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha declarado no ajustado a derecho. El Ayuntamiento dirigido por María José García-Pelayo (PP) anunció el 3 de abril que, antes que por la readmisión de la plantilla despedida, va a optar por afrontar las indemnizaciones que impone la sentencia del TSJA, que dan derecho a los despedidos a 45 días por año trabajado, con un máximo de 42 mensualidades. En el caso de que hubiese optado por la readmisión, el Ayuntamiento tendría que abonar los salarios de tramitación devengados entre el despido y la reincorporación. La broma puede salirle al cabildo por una cantidad entre 12 y 25 millones de euros, si a las compensaciones se suma el plan de formación, el recurso al Supremo y la factura de la consultora Deloitte, encargada de llevar a puerto el ERE, un trabajo por el que ha cobrado cerca de 60.000 euros.

"El ayuntamiento confirma, que, tras optar por la indemnización, que el ERE sigue su curso". Con este anuncio, el cabildo expresaba su disconformidad con la sentencia del TSJA y anunciaba un recurso de casación en el Supremo para defender que no ha habido arbitrariedad en el proceso". Julia Rosa, una de las afectadas por el ERE, explica a DIAGONAL que la sentencia demuestra que no ha habido evaluación para seleccionar a los afectados. “No se ha respetado el artículo 9.3 de la Constitución, que establece dos principios, méritos y capacidad”, a la hora de aplicar una medida extintiva de estas características. Rosa recuerda que las personas despedidas entraron a través de bolsas de trabajo y oposiciones y denuncia la campaña de desprestigio del cabildo, que trasladó a la ciudadanía que el problema era el de las plazas obtenidas a través de influencias: “Hay una bolsa que es el sistema establecido legalmente por sindicatos y partidos, incluido el suyo”. Lo que muestra la sentencia es que el dedazo se produjo en la elección de los afectados. La presencia en estas listas de candidatos en las elecciones sindicales vuelve a abrir el debate de cómo se seleccionó a esas 260 personas, en un proceso que se hizo sin evaluaciones por parte de los técnicos. “Han hecho un ERE por cuestiones sindicales, políticas y personales”, resume Rosa.

Buena o mala fe

Adolfo Sánchez, de la secretaría jurídica de CGT en Jerez, anuncia que, aunque el Ayuntamiento no recurra la sentencia, los afectados tienen previsto seguir hasta el Supremo, ya que el dictamen del TSJA es una complicada urdimbre jurídica, “entendemos que, además de lo que plantea existe nulidad”. “La legislación es clara: las partes tienen que negociar de buena fe para alcanzar un acuerdo”, cosa que el Ayun­tamiento no demostró al no presentar tampoco el presupuesto de 2012 que justificaría la causa económica aducida por el consistorio, con una deuda aproximada de mil millones de euros.

Antes de que se resuelvan estos interrogantes, el TSJA deberá atender una aclaración de la sentencia planteada por el Ayuntamiento, que pretende que los criterios avalados por la justicia no se apliquen a los 125 contratos extinguidos por cuestiones de edad. Sán­chez señala que esto dejaría a los mayores de 59 años en indefensión y considera que es inviable que el tribunal haga una salvedad a una sentencia cuyo fondo, apunta, muestra que no existe una causa económica: “Hay falta de liquidez, sí, pero no insuficiencia presupuestaria”, concluye.
 

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