contrarreforma de la seguridad social
El PP fulmina los avances en el trabajo del hogar

El Gobierno eliminó las obligaciones de la parte empleadora en materia de Seguridad Social para la mayoría de los contratos.

, Profesora de Derecho de la Empresa de la Universidad del País Vasco
09/01/13 · 13:17
CRÍTICAS. La reforma del PSOE, que no se llegó a implementar en su totalidad fue objeto de críticas porque la regularización dejó fuera a muchas trabajadoras. / Olmo Calvo

Mediante la publicación en el BOE del Real Decreto Ley 29/2012 de 28 de diciembre, el PP consumó su decisión de dejar al margen del sistema de Seguridad Social el grueso del empleo doméstico. Esta medida consiste en echar atrás la disposición de la Ley 27/2011, aprobada durante el Gobierno de Zapatero, según la cual la parte empleadora estaba en todos los casos obligada a dar de alta y cotizar a la Seguridad Social desde la primera hora de trabajo. El Real Decreto del 28 de diciembre que impone la reforma se denomina “De mejora de gestión y protección social en el Sistema Especial para Em­plea­dos de Hogar y otras medidas de carácter económico y social”, algo que pondría en bandeja un chiste fácil si no fuese porque la nueva regulación es un paso atrás de consecuencias gravísimas.

A partir del 1 de abril de 2013, en la prestación de servicios inferior a 60 horas semanales, es la trabajadora quien está obligada a darse de alta y cotizar a la Seguridad Social. Ella será la responsable de abonar la cuota entera, y la obligación del empleador consistirá en pagarle, junto con el salario, la aportación patronal a dicha cuota. Si la trabajadora no cumple su obligación y genera una deuda con la Tesorería de la Seguridad Social, el empleador no tiene ninguna responsabilidad en el caso de que pueda demostrar que pagó la cuota patronal con el salario. Si no la pagó, su responsabilidad es subsidiaria. Esto significa que la Tesorería de la Seguridad Social no le reclamará el pago de las cuotas patronales impagadas hasta haber ejecutado toda la deuda sobre los bienes de la trabajadora, y sólo se volverá contra la parte empleadora si los bienes de la trabajadora no son suficientes para cobrar, insisto, toda la deuda.

La nueva norma es un modelo de la actuación del PP en relación con el desmantelamiento de los derechos sociales. En la base del derecho del trabajo está el reconocimiento de que las partes no están en igualdad de condiciones al contratar, por lo que decir “las partes acordarán” suele ser un eufemismo insultante y más en el contexto de una relación individual de trabajo. Así, cuando el Real Decreto Ley 29/2012 dice que las partes pueden acordar desplazar la obligación de alta y cotización a la empleada de hogar que realiza menos de 60 horas, está indicando a los empleadores que son libres de hacerlo. Por cierto, que el traspaso de la responsabilidad podrá afectar también a quienes hoy día están de alta y cotizan menos de 60 horas por cuenta de los empleadores.
Contratos de diez horas

En el empleo de hogar, de acuerdo con la estadística de presupuestos familiares del INE para 2009, la única publicada con este dato, el 78,28% de los contratos de trabajo doméstico son de diez o menos horas semanales. Sólo el 8,25% de los contratos son a tiempo completo. Así que la reforma no busca mejorar la protección social de las trabajadoras del hogar sino regresar a la situación anterior a la integración en el Régimen General, con un volumen extraordinario de economía sumergida.

Por supuesto, la experiencia del 2012 no fue un éxito rotundo; muchas trabajadoras quedaron sin dar de alta en el nuevo régimen cuando terminó el plazo de integración el 30 de junio de 2012. Parte de la responsabilidad fue del Gobierno del PP, que asistió pasivamente a la situación con la idea previa de que había que volver al sistema anterior.

La vuelta a la cotización a cargo de la trabajadora la coloca ahora en una situación más difícil que la que tenía en el desaparecido Régimen Es­pe­cial en un aspecto importante. An­tes, quien denunciaba a su empleador ante la Seguridad Social quizá no pudiese demostrar las horas de trabajo que le hacían acreedora del derecho al alta (20 a la semana), pero al menos no tenía miedo a que la denuncia se volviese en su contra, de forma que fuese obligada a pagar ella todas las cuotas desde la primera hora. Esta obligación de cotizar siempre, que ha sido un avance, puede ser un obstáculo en un sector en el que casi nunca hay contrato escrito, y que cuando existe no suele reflejar las verdaderas condiciones: las trabajadoras tendrán un nuevo elemento de presión para callar, salvo que tengan prueba de que su jornada era superior a las 60 horas. Lo que se busca, sin duda, es eliminar cotizantes a tiempo parcial que puedan convertirse en demandantes de futuras prestaciones. Es simple. No estás de alta, no existes. Cotizar era tu responsabilidad, después no reclames.

También se han reformado las bases de cotización de las empleadas del hogar en una dirección que no las aproxima sino las aleja del Ré­gimen General. Por una parte, se eleva la base mínima desde los 90,20 de 2012, fijándola en 147,86 euros, con lo que en trabajos de pocas horas la base puede ser superior al salario realmente percibido. Por otra, la base máxima de 2012, que era de 748,20 euros y no permitía cotizar por sus verdaderos salarios a quienes ganan más (por ejemplo, todas las internas) se eleva a 790,65 euros, pero hasta 2018 se prevé que sólo se incrementará de acuerdo con lo que suba el salario mínimo. Esta medida es un grave recorte, porque según la Ley de Integración en el Régimen Ge­neral estaba previsto que los topes máximos de cotización se elevasen mucho más rápidamente, lo que hubiese supuesto acercar las prestaciones de Seguridad Social a los salarios percibidos en activo.

La reforma del PSOE del empleo doméstico tenía muchas deficiencias y se hizo al final de la legislatura, dejando al PP la responsabilidad de implantarla. Así, al PP se le puso muy fácil hacer un balance precipitado e interesado sobre el fracaso de la integración en el Régimen General y se le ha facilitado la vuelta atrás. La última reforma en la Seguridad Social del empleo en el hogar entra en la ola general de rebaja de derechos para la clase trabajadora, pero tiene su propia especificidad: se apoya en el desprecio patriarcal al trabajo doméstico y de cuidado, lo que permite que los recortes lleguen más lejos. Se une a la durísima reducción de prestaciones de la Ley de Depen­dencia, otra muestra de que la posición respecto al empleo del hogar, el cuidado y los derechos de las mujeres navegan juntos.

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comentarios

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    14/01/2013 - 11:04pm
    Un artículo muy interesante y que pone de relieve los grises objetivos de la normativa que está aprobando el PP en este y otros asuntos.<br />Es muy probable, como se apunta, que la situación de much@s trabajador@s del Hogar se precarice. Y además, surge un riesgo alto de que dich@ trabajador@ haya de cargar con deudas que no le corresponden. Pongamos por caso, que cuando el patrón paga a su empleada únicamente le abona el salario pero no la cuota patronal. &iquest;Qué le queda a la trabajadora? Pues, primeramente, pagarlo de su retribución sino quiere generar recargo en la Seguridad Social. Independientemente de que luego pueda ir contra el patrón. Imaginemos que esta situación se prolonga en el tiempo varios meses. Fácilmente la trabajadora llegará un punto en el que se negará o no podrá afrontar dicha cuota. Es entonces cuando empiezan los problemas más serios, pues como destaca la autora del artículo, la Administración irá contra la trabajadora como responsable del ingreso de las cuotas. Todo un problema, sin duda.<br />No obstante, y a modo de "consuelo", se permite también la versión clásica en la cual el empleador ingresa su cuota y la de su trabajadora. De hecho según se puede interpretar en el Real Decreto, esta debería ser la forma habitual. Y, si se acuerda, adoptar la nueva.<br />En todo caso, parece una medida peligrosa.<br />
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