Nueva sentencia europea
La banca española tendrá que devolver todo el dinero de las cláusulas suelo

Entre 3.000 y 5.000 millones de euros tendrán que devolver los bancos españoles a miles de hipotecados después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea haya fallado que la sentencia que establecía la nulidad de las cláusulas suelo en 2013 debe tener efecto retroactivo.

21/12/16 · 11:28
Protestas de diversos colectivos contra los abusos bancarios en el juicio contra Rodrigo Rato. / Álvaro Minguito

Una vez más, y van al menos cuatro en los últimos años, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha fallado contra el Gobierno, el sistema financiero o la justicia española en materia de vivienda por dejar a los consumidores en una situación de desprotección. Esta vez, el tribunal europeo establece, en una sentencia publicada hoy 21 de diciembre, que “la sentencia española que limita en el tiempo los efectos de la declaración de nulidad de las cláusulas suelo contenidas en los contratos de préstamo hipotecario en España es incompatible con el Derecho de la Unión”.

El alto tribunal europeo hace una valoración sobre la sentencia del Tribunal Supremo español de 9 de mayo de 2013, que reconocía como abusivas las cláusulas suelo –las que establecen que el porcentaje de intereses a pagar no puede bajar de un tope a pesar de que el índice de referencia en el que se basa (por ejemplo, Euríbor) descienda por debajo de ese tope–, pero decidía declarar su nulidad sólo de cara al futuro, lo que impedía que los afectados reclamaran a la banca el dinero de más que les había estado cobrando durante años en sus cuotas hipotecarias.

La sentencia del tribunal europeo abre la puerta a que todas las personas que estén pagando hipotecas con cláusulas suelo, la inmensa mayoría, recuperen hasta el último céntimo que pagaron de más por cláusulas suelo a lo largo de todos estos años. Se calcula que, si todos los afectados reclaman el dinero que les pertenece, los diferentes bancos tendrán que devolver entre 3.000 y 5.000 millones de euros.

El TJUE falla que “el Derecho de la Unión se opone a una jurisprudencia nacional en virtud de la cual los efectos restitutorios vinculados a la nulidad de una cláusula abusiva se limitan a las cantidades indebidamente pagadas con posterioridad al pronunciamiento de la resolución judicial mediante la que se declare el carácter abusivo de la cláusula”. Y añade que “la declaración judicial del carácter abusivo de una cláusula debe tener como consecuencia el restablecimiento de la situación en que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula”.
 
La Plataforma de Afectados por la Hipoteca ha celebrado la sentencia del TJUE y acaba de anunciar que en breve presentarán los documentos jurídicos necesarios para reclamar que los bancos devuelvan todo el dinero, unos documentos que harán públicos junto a una guía de cómo hacerlo. Además, han anunciado que en enero presionarán para que se produzcan las devoluciones y exigirán reparación a las personas ya desahuciadas.

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