El TSJM considera que no existen las causas económicas o productivas para el despido de casi la mitad de la plantilla del parque madrileño y afirma que la empresa violó el derecho a huelga.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha declarado nulo el ERE que la unión temporal de empresas (UTE) Raga-Nitlux declaró en Madrid Río y que afectaba a más del 50% de la plantilla, un total de 127 trabajadores inicialmente, de los que 37 aceptaron cambiar su contrato indefinido a fijo discontinuo para mantener su puesto de trabajo.
“Lo han declarado nulo por inexistencia de causas que sostuvieran el ERE”, explica Silvia Yáñez, abogada del despacho Red Jurídica que representa al sindicato CNT en el caso de Madrid Río junto a Juan Rubiño. “Ellos alegaban causas económicas, organizativas y productivas, y la sala ha considerado que no existen”, continúa. La sentencia del tribunal, que parte de una denuncia interpuesta por CNT, CGT, FELM, UGT Y CC OO, afirma que "no existe situación económica negativa para el ejercicio 2014 en el marco de las empresas que conforman la UTE Parques Singulares [gestora de Madrid Río], sino todo lo contrario". También señala que la empresa vulneró el derecho de huelga de los trabajadores, al llevar a Madrid Río a empleados de otros parques para que realizaran la limpieza durante las jornadas de huelga.
La UTE Raga-Nitlux se hizo con el control del parque en noviembre de 2014 por 111,8 millones de euros, lo que suponía una rebaja del 27% del precio de licitación. Un mes después, la empresa anunció un expediente de regulación de empleo que afectaba a la mitad de la plantilla.
El 15 de diciembre de 2014, los trabajadores de Madrid Río comenzaron una huelga indefinida que tuvo un 95% de seguimiento por parte de la plantilla, según los sindicatos promotores. Durante el periodo de negociaciones, la empresa envió cartas a los trabajadores afectados por el ERE proponiéndoles mantener sus puesto de trabajo a cambio de una degradación de sus condiciones laborales. “En la sentencia, la juez señala que, mientras se negociaba, la empresa afirmó en una carta a los trabajadores una propuesta para mantener sus puestos de trabajo, por lo que se estaba contradiciendo”, apunta Yañez. Por su parte, José Luis Corrales, de CNT, señala que “esa carta fue ilegal, ya que la enviaron mientras estaba la mesa de negociación. Se saltaron el procedimiento de negociación”. Un total de 34 trabajadores de Madrid Río aceptaron cambiar su contrato indefinido por un contrato fijo-discontinuo. “Hemos presentado una demanda para que se devuelva las condiciones laborales previas a estos 34 trabajadores, pero es otro procedimiento ya que estos despidos quedaron fuera del ERE. Está en los juzgados de lo social”, explica Corrales.
La mesa de negociación acabó en enero y, dos semanas más tarde, la empresa procedió al despido de los 84 trabajadores que no aceptaron la rebaja en sus condiciones laborales. Ahora, con la sentencia hecha pública hoy del Tribunal Superior de Justicia, la empresa tendrá que pagar los salarios que estos trabajadores dejaron de percibir desde que fueron despedidos y pagar la cotización a la Seguridad Social por el tiempo transcurrido.
Desde CNT señalan que la sentencia es “fruto del esfuerzo y unidad de los trabajadores y trabajadoras de Madrid Río” y entienden que este tipo de sentencias “confirman lo que desde el sindicato estamos denunciando: la política de pelotazos con los servicios públicos que ha gestionado, en estos últimos años, el Gobierno del Partido Popular en Madrid”.
“Lo hemos denunciado nosotros como sindicato, pero también cualquier persona con sentido común. Y una sentencia de este tipo confirma lo que está pasando con la privatización de los servicios públicos, cómo se dan los contratos a la baja y cómo esto afecta a trabajadores y a usuarios”, concluye Corrales.
comentarios
5