La mujer requirió atención médica en al menos diez ocasiones durante su internamiento en el CIE
La Justicia ordena la reapertura de la causa sobre la muerte de Samba Martine

La Audiencia Provincial de Madrid considera que se debe investigar a fondo las circunstancias de la muerte de la mujer muerta tras 38 días de reclusión en el Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Aluche.

28/01/14 · 9:28
Máscaras colocadas en un muro del CIE de Aluche tras la manifestación en demanda de su cierre en diciembre de 2013. / Dani Gago / DISO Press

La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado la reapertura de la causa penal sobre la muerte de la congoleña Samba Martine, ocurrida el 19 de diciembre de 2011 después de estar internada 38 días en el Centro de Internamiento de Extranjeros de Aluche (CIE). La causa fue archivada por el juzgado de Instrucción 38 de Madrid en una decisión que la Audiencia invalida por considerar que existen motivos para investigar la posible responsabilidad penal del personal facultativo del CIE.

La Audiencia sigue así el criterio del recurso interpuesto por diversas asociaciones y por familiares de la fallecida, que hacen notar el hecho de que en 38 días de internamiento Martine requirió asistencia médica en “al menos diez ocasiones sin en ningún momento se le practicara prueba diagnóstica alguna tendente a averiguar su mal estado de salud”. El auto de la Audiencia Provincial da por válidos de esta manera los testimonios médicos de la acusación, aportados por una experta en enfermedades de transmisión sexual e infección por VIH y del jefe de servicio de enfermedades infecciosas del hospital Ramón y Cajal de Madrid. Según este último, “el diagnóstico de infección por VIH SIDA hubiera permitido el tratamiento antirretroviral”, y dicho diagnóstico habría obligado a buscar y tratar infecciones como la criptococosis que finalmente causó la muerte de Martine.

El auto establece además los fallos del reconocimiento médico inicial en el día de su ingreso en el CIE, que se limitaban a señalar que la interna estaba “bien”, lo cual según la Audiencia Provincial “no parece compadecerse con los requerimientos” fijados en el régimen interior de estos centros. El mismo día de su ingreso, Martine solicitó consulta por un síntoma que “vista su procedencia de un país en el que el SIDA es afección endémica, debió alertar al personal sanitario”. Según las acusaciones, de hecho Martine ya había dado positivo en una analítica de VIH practicada durante su reclusión en el Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) de Melilla.

El texto de la Audiencia Provincial, que ha sido hecho público la mañana del martes por las acusaciones, no presupone ninguna culpabilidad en los servicios facultativos del centro. No obstante, sí hace notar las contradicciones entre la Historia Clínica manuscrita y el informe remitido por los servicios médicos del CIE, que según la Audiencia “aparentemente tratan de ocultar el conocimiento por parte del personal médico de síntomas relevantes que debieran haber hecho pensar la existencia de padecimientos graves y no fueron tomados en consideración”. Este hecho daría base a la acusación de homicidio imprudente, el delito que presumiblemente cometieron los servicios médicos del CIE según las acusaciones de la familia de la fallecida y las acusaciones populares ejercidas por SOS Racismo Madrid, Red de Apoyo Ferrocarril Clandestino y la Asociación de Letrados por un Turno de Oficio Digno (ALTODO).

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