SALUD MENTAL // DESDE 2006 SE HA INTENTADO LEGALIZAR EL TRATAMIENTO AMBULATORIO INVOLUNTARIO (TAI)
Los tratamientos forzosos en salud mental de nuevo a debate

Diferentes colectivos y profesionales cuestionan la posibilidad de obligar por ley a asumir tratamientos en trastornos graves de salud mental.

30/01/12 · 9:00
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Olmo Calvo

En 2006 se presentó en el Parlamento
español una propuesta de
modificación de la Ley de Enjuiciamiento
Civil para regular los tratamientos
no voluntarios de las personas
con trastornos psíquicos que
finalmente fue rechazada. Desde entonces,
se ha intentado legalizar este
tipo de tratamiento ambulatorio involuntario
(TAI) cada dos años, ya
fuera en forma de protocolo o como
reforma de ley. Dichos tratamientos
no voluntarios pretenden asegurar
el cumplimiento terapéutico en pacientes
que sufren una enfermedad
mental grave. Los partidarios de la
aprobación de estos protocolos se
apoyan tanto en las campañas de
alarma social que se generan desde
los medios de comunicación, como
en la calidad de la atención a las personas
diagnosticadas (evitar ingresos
y recaídas).

A finales del año pasado, durante
la presentación de Xeplión, un nuevo
neuroléptico (antipsicótico), el
presidente de la Sociedad Española
de Psiquiatría, Jerónimo Saiz, abogó
por la necesidad imperiosa de legislar
dichos tratamientos forzosos para
aquellas personas con un diagnóstico
de trastorno mental grave. Pero,
¿qué hay detrás de estos conatos para
judicializar los tratamientos?

“Esta medida tiene un
origen económico (...),
el supuesto ahorro en
recursos asistenciales y
el interés de la industria”

Según el psiquiatra y secretario de
La Comisión de Ética de la Fundación
Congreso Catalán de Salud Mental,
Jordi Marfà, “la atracción hacia estas
medidas tiene un origen económico
más que legislativo. Las veces
que hemos hablado de este tema con
distintos legisladores se han mostrado
abiertos en general a las razones
científicas y éticas. Por tanto, nos
queda la causa económica. Por una
parte, el presunto ahorro en recursos
asistenciales, supuesto que es totalmente
erróneo. Por otra, el interés
de la industria farmacéutica. No hay
que olvidar que la última declaración
técnica favorable al TAI se hizo en la
presentación de un nuevo fármaco”.

Ante las comentadas declaraciones
de Saiz a favor de legislar los tratamientos
forzosos, las reacciones
de rechazo de los distintos colectivos
y asociaciones vinculados al mundo
de la salud mental no se hicieron esperar.
José María Sánchez Monge,
presidente de la Federación Española
de Agrupaciones de Familiares
y Personas con Enfermedad Mental
(FEAFES)
, consideró “muy preocupante”
que se realizaran este tipo
de aseveraciones desde ciertos sectores
de la psiquiatría y recordó que
“en muchas ocasiones se culpa al
propio afectado de la no adherencia
al tratamiento, cuando en realidad
se trata de un problema de
atención por falta de recursos comunitarios”.
Para Sánchez Monge,
“la principal medida para garantizar
el tratamiento es el desarrollo
de unidades de salud mental completas,
como establece la Estrategia
del Sistema Nacional de Salud”.

Recursos comunitarios

Existen estudios, como el realizado
por el Instituto Cochrane, que concluyen
que el TAI no significa una
mejora en la calidad de vida de los
pacientes psiquiátricos ni una mejor
evolución de su trastorno. ¿Hacia
dónde, por tanto, deberían caminar
las políticas en salud mental con el
fin de mejorar el pronóstico de dichos
trastornos? Para Marfà, el camino
ha de tender hacia “proveer
los recursos comunitarios precisos
para cada patología y situación vital.
No hay otra opción, aunque pueda
presentar distintos nombres: programa
comunitario estilo nórdico,
tratamiento asertivo comunitario u
otro tipo de programas que tienen
en común la provisión de recursos
psicoterapéuticos, farmacológicos,
y comunitarios, como alojamiento,
integración laboral, etc.”.

Por su parte, la presidenta de la
Asociación Española de Neuropsiquiatría,
María Fe Bravo Ortiz,
tampoco duda a la hora de mostrar
su desacuerdo con el TAI, al que considera
un peligro por el retroceso legal
y la restricción de derechos que
supone, en lugar de reforzar como
eje fundamental del tratamiento la
alianza terapéutica (un acuerdo entre
paciente y terapeuta sobre los objetivos
de la psicoterapia basado en
una relación de confianza y respeto
mutuo). A su vez, Bravo considera
que todo esto no es más que un intento
de “distraer la atención sobre
lo fundamental para implicar en su
tratamiento a las personas con trastornos mentales
graves: la disponibilidad
de servicios y equipos de tratamiento
que trabajen asertivamente
en la comunidad, además del trabajo
de la alianza terapéutica”.

Estamos por tanto ante un problema
económico e ideológico, donde
las víctimas potenciales son aquellas
personas que han sido diagnosticadas de
algún trastorno mental. Marfà
recuerda que “existe un porcentaje
de profesionales, como en todos los
ámbitos, a los que les importa un bledo
los derechos humanos en general”.
Para este psiquiatra especializado
en cuestiones éticas sobre salud
mental, en el caso de los profesionales
que defienden los tratamientos
forzosos el problema básico es la ignorancia,
desde una doble perspectiva:
“La ignorancia general, es decir,
no saber cómo y por qué deben ser
respetados los derechos
humanos en todas las personas; véase
la Convención de Nueva York
sobre discapacidad, refrendada por
España y la Unión Europea. Y también
la ignorancia técnica o la falta
de formación, pues todo tratamiento
que no respete escrupulosamente los
derechos humanos del paciente psiquiátrico
no puede ser terapéutico”.

Tags relacionados: Número 166 Sanidad
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