Identidades sexuales y derechos de autodeterminación
Mi familia existe y es preciosa

La activista y presidenta de la asociación Chrysallis de familias de personas trans comparte en Diagonal sus reflexiones después del encuentro estatal realizado en Madrid.

07/10/15 · 11:59

Admitir que hay niñas con pene y niños con vulva, padres gestantes y mujeres fecundantes, intersexualidades, expresiones de género diversas al binomio mujer/hombre y lejos de la patología, lleva a un modelo transgresor de familias más realista, que, lejos de perjudicar, aporta diversidad, justicia y dignidad.

Este es el meollo de la cuestión. Voy a desgranarla en algunos puntos clave.

La palabra identidad es de uso común en nuestra sociedad, habitualmente va ligada a términos como territorial, religiosa o cultural. Por este tipo de identidades se han gestado guerras y destrozado familias. Conflictivo es también hablar de la identidad sexual y de género de las personas, que describe un sentimiento íntimo y legítimo de pertenencia a una forma de ser, cuando la identidad sentida no coincide con la registral.

Si al concepto de identidades añadimos el término menores, comprobamos cómo aparecen los argumentos viscerales inculcados por una cultura cisexista, binaria y dicotómica que no admite salidas a los estrictos marcos de género, y menos en la infancia que se espera sumisa a las voluntades y expectativas sociales adultas. Con este panorama se enfrentan las familias que se atreven a escuchar y respetar a sus hijas e hijos.

El debate sobre el respeto a la diversidad de identidades de género tiene relativamente poco recorrido y es un derecho básico que engloba, al menos, tres derechos fundamentales: UNO. La dignidad humana, recogida en la Constitución española en el artículo 10 como "la dignidad de la persona, engloba la libertad de vivir como se quiera, con autonomía y posibilidad de diseñar un plan de vida e incluye la necesidad de vivir sin humillaciones y vivir bien, es decir, con un mínimo de condiciones materiales".

DOS. El derecho al libre desarrollo de la personalidad recogido igualmente en el artículo 10 de la Constitución, que hace referencia expresa a la identidad sexual en el artículo 11 de la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor. Y TRES. El derecho al respeto de la vida privada que aparece en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, en su artículo 8 y que explicita que no podrá haber injerencia de la autoridad pública.

A este marco jurídico, debemos añadir otros principios y derechos fundamentales, como la no discriminación por razón de identidad de género o el derecho a la identidad. Las circunstancias que se producen para vulnerar sistemáticamente estos derechos en las personas transexuales e intersexuales contienen un marcado carácter ideológico, pues incorporan una concepción patológica de la situación que considera anómala la identidad sentida por la persona.

Todas asignadas en el binomio hombre/mujer

Partimos de que a todas las personas, por el simple hecho de nacer, se nos asigna un género. Y no vale medias tintas. Eres niña o eres niño. La escala de grises se pierde en la sala de parto. Y así pasa que existen personas que viven (y sufren) esta asignación impuesta, esta construcción social del género. Y así una prevalencia estadística convierte lo habitual en normal y de ahí en la norma que cumplir.

Esta actitud solo puede argumentarse desde una postura cisexista que otorga un valor moral superior a aquellas personas que sí cumplen con las expectativas culturales sobre el género asignado al nacer. Basta con hablar del tema con madres, padres y médicos despolitizados y no conocedores de un tema que nos afecta a todas.

Por la autodeterminación del género

La realidad actual es que existe un falso reconocimiento de los derechos de las personas transexuales puesto que solo tienen la libertad de ser quienes son si un tercero se la otorga, al no estar reconocida la autodeterminación de género.

Necesitando autorización para inscribir sus datos registrales de forma correcta, estando explícitamente impedida esta posibilidad en la legislación española en el caso de menores y solo autorizada con informe patológico y exigencia de tratamiento médico en el caso de personas adultas, quedando relegados sus derechos a la dignidad, al libre desarrollo de la personalidad y a la vida privada.

Por ello la lucha de las familias de menores trans deberá fundamentarse en el derecho a la libre autodeterminación del género, que solo puede ser real y efectiva si para la modificación de los datos registrales se articulan mecanismos sencillos y libres de tutelas.

Legislaciones como las de Argentina y Malta, así como precedentes como la Resolución del Consejo de Europa del pasado abril recogen ya estas exigencias.

Otras batallas de estas familias se están gestando en el campo de la salud con la necesidad de tratamientos que colaboren en el bienestar psicosocial del individuo, aunque éste sea menor de edad, sin segregaciones en los servicios sanitarios, tutelas y autorizaciones de terceros, ni diagnósticos patologizantes, y en la educación, donde la ausencia de referencias a la identidad de las personas se convierte en un dogma cisexista de exclusión de la realidad trans por invisible e inexistente.

Así pasa que con frecuencia prevalecen los miedos de quienes deberían velar por el bien superior del menor a los intereses propios de los niños y niñas.

Derechos reproductivos en personas trans

Los derechos reproductivos también entran en las reivindicaciones de los colectivos de familias que creen imprescindible que en el proyecto de vida de sus hijas e hijos se barajen las mismas posibilidades que para las personas cisexuales.

Es muy significativo observar como políticos y medios omiten este tema y alguno que se aventura, suele hacerlo tirando de estereotipos, frecuentemente confundiendo orientación e identidad. Sería un logro que en la próxima campaña electoral para el 20 de diciembre escuchemos la palabra transexualidad en boca de los candidatos, con conocimiento de causa y acompañada de matices positivos, y diferenciando lo que es un proceso de tránsito hacia tu identidad de lo que es tu orientación sexual.

El 3 y 4 de octubre de 2015 se celebró en Getafe (Madrid) el IV Encuentro de Familias de Chrysallis. La mayoría de ponentes y formadores eran personas trans que compartieron sus vivencias y conocimientos junto a cientos de madres, padres y adolescentes. La asociación Chysallis invitó a juristas, psicólogos, endocrinos y profesores que trabajan por los derechos a la autodeterminación de las identidades sexuales y de género. Terminó el encuentro con la creación de una delegación de la asociación en Catalunya. Toda la información, aquí.

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comentarios

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    22/10/2015 - 10:53pm
    Yo tampoco entiendo por qué están subvencionados los anticonceptivos hormonales. Bueno creo que lo sé: intereses económicos y biopolíticos. La realidad es que los estrógenos están contaminando los ríos y están afectando a la vida animal acuática creando un gran problema ecológico de desconocidas consecuencias. De hecho, se está barajando la posibilidad de reclamar a las farmaceúticas que sean ellas las que paguen los costes de depurar y limpiar las aguas lo que tan solo en Inglaterra equivaldría a 30.000 millones de euros. Puedes consultar este estudio publicado en Nature de Richard Owen y Susan Jobling sobre el ethinyl estradiol y su efecto en los peces (http://www.eea.europa.eu/...2/.../late-lessons-ii-chapter-13). La píldora anticonceptiva está financiada por Sanidad porque se parte del hecho de que el embarazo es como una enfermedad a evitar. El cuerpo realmente está sano y no necesita ninguna hormona exógena que simule un pseudoembarazo. Realmente tampoco tiene sentido que sea financiada por el Estado desde el punto de vista de la salud ya que existen otros métodos anticonceptivos de igual efectividad sin los riesgos de la píldora (hay que reconocer que también tiene beneficios, como menor riesgo de cáncer de ovario).
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    15/10/2015 - 1:00pm
    En respuesta a las observaciones de Tania, sobre las contradicciones que no logra comprender.: <ul> <li>De momento no existe el derecho a la autodeterminación por ello lo reivinidicamos y apoyaríamos perfectamente que el sexo no conste en el DNI ni en el registro civil, como no consta el color de la piel o de los ojos. En este momento lo que se registra es una apariencia genital (rasgo anatómico).</li> <li>​Que inscriban a nuestrxs hijxs en el registro con su sexo sentido es una prioridad para las familias porque con los dato registrales de sexo y nombre los clasifican en el colegio, el club deportivo... y es con lo que te identificas para recoger un paquete certificado o con el bonobus. Si la información contradice el uso y el aspecto creo conflictos continuamente que fuerzan a vulnerar el derecho a la intimidad y desde luego es poco sensible que niños de 5,6, 13 años... se vean obligados a ser activistas&nbsp;en su cotidianidad.</li> <li>​En cuanto al tratamiento, yo llevo años usando un DIU hormonal, las mismas hormonas que administran a las mujeres trans, yo no necesito ningún diagnostico de enferma mental la persona transexual si. La atención a la salud no es solo ausencia de enfermedad sino incluye un grado de bien estar psiquico&nbsp;y social, lo dice la OMS. En este caso es evidente que no existe patología pero el estigma social es muy fuerte.&nbsp; Al hablar de despatologización se habla de dejar de considerar la Transexualidad una enfermedad ahora mismo es clasificada como enfermedad mental. &nbsp;</li> </ul>
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    Vic
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    14/10/2015 - 12:08pm
    A mí me ha gustado el artículo, porque da para debatir.&nbsp;Hablamos de personas menores de edad que, digamos, dependen de terceras personas (adultas de pleno derecho) para cuestiones juriídico-administrativas... No veo contradicción, si no necesidad de armonizar. Que una persona menor tenga acceso a tratamientos hormonales es fundamental, regulándolo como un derecho a la autodetermnación&nbsp;del cuerpo y a la expresión de las disiintas identidades de género que rompen el dualismo mujer/hombre.&nbsp; Por otro lado, debemos recordar que&nbsp;nadie se medica por gusto. Es importante recordarlo. Con respecto a la palabra tratamiento, no veo noción patologizante intrínseca, si bien podremos usar otras palabras como &quot;sostenimiento&quot; o &quot;acompañamiento&quot;, que no generen malentendidos... Es como la maternidad... Las mujeres necesitan cobertura sanitaria para dar a luz, pero no están enfermas. Así es la vida... Indisolublemente ligada a la salud y a los derechos sanitarios que debe garantizar un Sistema Nacional de Salud público tan progresista como es el español, pero todavía encorsetadamente machista y transfobo.
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    13/10/2015 - 11:54pm
    Acabo de leer el artículo y encuentro algunas contradicciones que no logro comprender. Si alguien se quiere &quot;autodeterminar&quot; el género no necesita la autorización de terceros y, por tanto, inscribirse en un registro del Estado como tal o cual sexo no sería ninguna prioridad. Es más, yo abogaría por la eliminación de la categoría sexo del DNI y de otros documentos al igual que no existe la categoría raza y no ponemos, por ejemplo, &quot;caucásica&quot; o &quot;negra&quot; en ningún carnet o registro civil. La segunda gran contradicción es querer recibir un &quot;tratamiento&quot; sin un &quot;diagnóstico patologizante&quot;. Como se habla de &quot;batalla&quot; entiendo que quizás se refiere a tratamientos pagados por el Estado porque por lo privado supongo que no hay batalla, simplemente se paga y punto. La palabra &quot;tratamiento&quot; usada en el ámbito sanitario equivale a que hay algo que tratar, es un sinónimo de &quot;curar&quot;. Su uso evoca inmediatamente algo patológico a tratar. Tratamiento: &quot;<span class="b">Conjunto de medios que se emplean para curar o aliviar una enfermedad&quot;. Si no hay enfermedad, no hay tratamiento. Y si hay tratamiento hay enfermedad. </span>
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