Varios colectivos piden que se derogue el artículo del Código Penal que permite las esterilizaciones en personas con diversidad funcional intelectual.
“Considerar la esterilización de una persona [con diversidad funcional intelectual] como un método de prevención es un error: hay una lectura que nos dice que el cuerpo de las personas con diversidad funcional puede ser agredido con mayor facilidad, que no pasa nada. Cuando te sientes con capacidad de intervenir en el cuerpo del otro, estás transgrediendo”. Soledad Arnau, activista de vida independiente e integrante del departamento de Filosofía Moral y Política de la UNED, respalda esta opinión en la Convención Internacional de Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad, que España ratificó en 2008.
El texto de esta convención hace referencia a la protección contra “la tortura y otros tratos o penas crueles” así como al igual reconocimiento como persona ante la ley. “Ahí se nos dice que tenemos que dejar de incapacitar sistemáticamente, como se ha hecho, para apoyar a las personas con diversidad funcional en la toma de decisiones y a procurar que las tomen, aunque sea con apoyos”.
Para entrar en este debate, Arnau hace antes una pausa y pide “salir del esquema de las capacidades y las discapacidades para poder abordar la realidad de las personas con diversidad funcional desde la dignidad y la plena ciudadanía”. Ella misma trata con su mirada desde la diversidad funcional de darle la vuelta a una ética hegemónica “que lo que hace es reproducir patrones dominantes”.
Inés de Araoz, asesora jurídica de la Federación de Organizaciones en favor de Personas con Discapacidad Intelectual (FEAPS), también echa mano de textos internacionales para explicarse: “Una esterilización no consentida es contraria a la Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad, pero ya lo era antes de la Convención. Por ejemplo, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación sobre la Mujer o el Pacto Internacional sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales ya lo recogían. También la Convención para Prevenir y Combatir la Violencia contra la Mujer y la Violencia Doméstica del Consejo de Europa en su artículo 39 se pronuncia contra la esterilización y el aborto forzoso”, dice.
Sobre todo en mujeres
Según los datos facilitados por el Consejo del Poder Judicial, en 2013 se solicitaron 98 esterilizaciones en juzgados de primera instancia. Una investigación de la revista Critic hablaba de 253 solicitudes entre 2011 y 2013. Pese a que los datos disponibles no están desglosados por sexo, las referencias de estas expertas a textos sobre la violencia de género apuntan a que las esterilizaciones se practican mayormente en mujeres. Así lo entiende, desde luego, el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), que recientemente ha pedido que la esterilización forzosa y el aborto coercitivo de mujeres con discapacidad sean consideradas formas de violencia de género y queden recogidos mediante una reforma en la Ley Integral. La comisión de la mujer de este organismo ya pidió en 2012 la derogación del artículo del Código Penal que permite esterilizar a personas incapacitadas.
Ana Peláez, comisionada de género de esta comisión, explicó entonces en la Cámara Baja cómo la petición de incapacidad –en España hubo 32.192 solicitudes en 2013– tiene un sesgo claro de género: mientras que en el caso de los varones suele hacerse con el fin de nombrar a un tutor para que gestione su patrimonio, en el de las mujeres el objetivo es en la mayoría de los casos autorizar su esterilización: “Las familias sobreprotegen a sus hijas con discapacidad en muchas ocasiones. También les falta información y recursos, lo que hace que se encuentren desbordadas y cuando llega el momento de afrontar la sexualidad activa de su descendencia con discapacidad se toman decisiones drásticas como es la de practicar una esterilización. Es necesario un mayor asesoramiento y apoyo familiar”.
Según explica Peláez a Diagonal, los datos disponibles no ayudan a constatar lo que ya saben. “A veces la verdad puede ser incómoda y no conviene sacarla a la luz. Pero sí, las mujeres son incapacitadas con mayor frecuencia para la práctica de la esterilización con el fin de no tener que realizar el control menstrual, evitar embarazos no deseados y, en ocasiones, esta práctica oculta abuso sexual continuado al prevenir un posible embarazo. La esterilización forzosa es una práctica violenta y así lo expresa la Convención de Estambul también ratificada por España”, argumenta.
Pero, ¿por qué es posible esterilizar a una persona con diversidad funcional? Como remarca De Araoz, para que un juez pueda autorizar la esterilización de una persona con discapacidad, ésta deberá estar incapacitada. A partir de ahí, el artículo 156 del Código Penal permite esta práctica, al establecer que “no será punible la esterilización de persona incapacitada que adolezca de grave deficiencia psíquica” en nombre del “mayor interés del incapaz”. Pese a que el criterio de los jueces, según De Araoz, es restrictivo, “FEAPS asume la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que establece en su artículo 23 que los Estados parte deben asegurar que las personas con discapacidad, incluidos los niños y las niñas, mantengan su fertilidad, en igualdad de condiciones que las demás”. Arnau coincide: “De manera sistemática se debe rechazar la esterilización, se debe derogar el artículo y quizá contemplar la esterilización de manera excepcional; creo que salimos por el camino más fácil: les negamos la sexualidad, les incapacitamos, les esterilizamos... Todo por su bien. Por su bien también se hacen atrocidades”.
“Les negamos la sexualidad, les incapacitamos, les esterilizamos... Todo por su bien”
Para Peláez, “la esterilización sólo es factible cuando así lo pide la persona por voluntad propia o por necesidades médicas con el objeto de salvar la vida. En ningún otro caso la esterilización puede consentirse. Los padres y tutores deberían ser asesorados convenientemente por el personal médico, de manera que éste les ofreciesen las alternativas y acompañase adecuadamente, pero, una vez más, el desconocimiento y estereotipos del personal sanitario son tan grandes que pueden asesorar la esterilización. Se necesita mucha formación al personal sanitario para que conozcan las capacidades de las mujeres con discapacidad”.
Redes de apoyo
Soraya Moreno, una mujer adulta tutelada que participa en proyectos de vida independiente y en breve formará parte de la comisión de mujer del CERMI, asegura en la primera línea de su entrevista que quiere ser madre. “Las mujeres con discapacidad tenemos derecho a quedarnos embarazadas”, dice. “Las esterilizaciones o la anticoncepción forzosa vulneran el derecho a la libertad, a la igualdad, a la vida”, enumera, para acabar reclamando “la información adecuada y el apoyo necesario para tomar decisiones”.
“Está claro que son cuestiones complejas en las que entran en conflicto diferentes bienes jurídicos, ya que por un lado hay que ponderar el derecho a la maternidad o paternidad, pero también hay que tener en cuenta los derechos de los menores”, dice de Araoz. “No obstante, lo cierto es que es necesario que nuestros esfuerzos se dirijan hacia la preservación de ambos derechos”. Por un lado, continúa, es imprescindible que las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo reciban formación relacionada con la sexualidad, pero también con la maternidad y paternidad. Pero, además, recuerda la asesora jurídica de FEAPS, “es necesario fomentar la creación de redes naturales de apoyo lo más extensas posible que puedan ayudar a la persona en esta tarea, y sobre todo se debe proveer recursos que presten apoyo a los hombres y mujeres con discapacidad en la crianza; ahí se deben concentrar nuestros esfuerzos, en crear los entornos que les permitan ejercer su derecho a ser padres y madres. Araoz hace aquí un apunte que recuerda que no sólo las personas con diversidad funcional intelectual necesitan de otras: “Creo que todos los que somos padres o madres necesitamos estas redes de apoyo en la crianza de nuestros hijos e hijas”.
Falta de información
La falta de información es una queja que se repite entre el colectivo de personas con diversidad funcional, no sólo intelectual. Rocío Molpeceres, vicepresidenta de la Asociación de Personas con Parálisis Cerebral (ASPACE) de Valladolid, va más allá: “No es que falte información, es que se nos niega”. Molpeceres dice hablar a título particular. El asunto de las esterilizaciones es tabú y no entra entre los temas a tratar en la organización a la que pertenece. “Obviamente, es complicado ser madre para una persona con discapacidad, pero al practicar una esterilización te quitan un derecho”. Según esta diplomada en Trabajo Social, en muchos casos ni siquiera se intenta informar a quienes van a ser sometidas a esta práctica. Molpeceres echa de menos información sobre sexualidad y se queja de un trato desigual: “Para el resto, somos niños siempre, o seres asexuados. Obviamente las mujeres con discapacidad van a necesitar apoyos para ser madres, pero eso no significa que no vayan a ser capaces”.
Arnau pide que se desarrollen los escasos programas de educación afectivo-sexual que existen y que se detenga el afán homogeneizador de la educación actual: “Hay una falta de educación inclusiva para todo el mundo. A mí me están discriminando, pero a ti te impiden la oportunidad de tomar conciencia de que existen realidades distintas a la tuya. Porque sales a la calle y ves realidades distintas, pero se te enseña un proceso de homogeneización”. Además, “el hecho de que tengamos menos educación también incide en que tengamos menos información, menos posibilidades de vivir vidas normales, de convivir con espacios de paz y al final parece que las violencias se constituyen como lo natural en nuestras realidades”, concluye esta investigadora, que utiliza el concepto de “vidas reducidas” para hablar de las existencias paralelas que llevan muchas personas del colectivo de diversos funcionales, a quienes sólo se quiere mirar “desde las patologías”.
Esterilizaciones autorizadas por el juez
El Código Penal autoriza la esterilización de personas con diversidad funcional en su artículo 156, que establece que “... no será punible la esterilización de persona incapacitada que adolezca de grave deficiencia psíquica cuando aquélla, tomándose como criterio rector el del mayor interés del incapaz, haya sido autorizada por el juez, bien en el mismo procedimiento de incapacitación, bien en un expediente de jurisdicción voluntaria, tramitado con posterioridad al mismo, a petición del representante legal del incapaz, oído el dictamen de dos especialistas, el Ministerio Fiscal y previa exploración del incapaz”.
Nunca más sin motivos terapéuticos
La asesora jurídica de FEAPS, Inés de Araoz, cita una sentencia de la Corte Suprema de Canadá sobre esterilización que determinó que sólo podría autorizarse por motivos estrictamente terapéuticos. “La madre de Eve había preguntado si tenía el derecho legítimo para autorizar una esterilización no terapéutica de su hija, y el caso había llegado a la Corte Suprema de Canadá. En el procedimiento se personó como parte interesada una asociación de personas con discapacidad intelectual cuyo grupo de autogestores (grupo de autorrepresentación de personas con discapacidad intelectual o del desarrollo) contrató a sus propios abogados. En una sentencia sorpresiva, la Corte Suprema aceptó por completo el argumento de los autogestores y decidió que, en casos de procedimientos no terapéuticos, si una persona no puede dar su consentimiento informado, no se puede autorizar a ningún tercero a que lo haga por ella”.
comentarios
4