Mientras los ciudadanos
quedan confundidos
entre siglas como POL,
NUR, PROT y PSIR, estos
últimos se multiplican
generando, cuando
menos, cierta
desconfianza y rechazo
entre la población.
- EL LLANO DE LA PASIEGA. Terrenos de enorme valor agrológico afectados por el PSIR previsto para esta zona. / J. Alfredo Peña
El PSIR del Bojar, el de Medio de
Cudeyo y Marina de Cudeyo, el
PSIR de Moneo, el del hospital de
Reinosa, el PSIR de Langre, el de
Dicido… Encontramos ‘PeSIRes’
hasta en la sopa.
La Ley del Suelo establece la figura
del PSIR (Proyecto Singular de
Interés Regional) para regular la implantación
de instalaciones industriales,
grandes equipamientos y servicios
que hayan de asentarse en
más de un municipio o que, aún haciéndolo
en uno solo, trascienda dicho
ámbito por su incidencia económica,
su magnitud o sus singulares
características.
En 2006, el actual consejero de
presidencia, Vicente Mediavilla, reconocía
que se trataba de una herramienta
“con mala prensa”. Quien se
encargara de la Ordenación del Territorio
aseguró que el Gobierno no
aprobaría la construcción de viviendas
libres o campos de golf mediante
PSIR y lo cumplió. Pero lo cierto es
que este tipo de proyectos siguen latentes
a la espera de su oportunidad.
El PSIR es un instrumento urbanístico
excepcional, pero su uso
abusivo está generando desconfianza
y rechazo entre los ciudadanos,
sobre todo cuando se vincula a
proyectos especulativos como el
defendido en su momento por la
empresa andorrana Reig para
construir un resort con miles de viviendas
en la mies entre Langre y
Galizano, o con los proyectos que
se mueven en Ajo (viviendas y campo
de golf junto a la ría de Castellanos),
Cuchía (Ciudad del Cine en
la antigua cantera de Solvay), Ogarrio
(ciudad termal, con 1.000 viviendas
y campo de golf destruyendo
un encinar) y Pechón (hotel, viviendas
y campo de golf en una amplia
meseta costera).
Preocupantes son también los
PSIR previstos para las áreas industriales
en la recta de La Pasiega, en
Parbayón, o entre los municipios de
Los Corrales y San Felices de Buelna,
junto al río Besaya. Según se recoge
en un catálogo realizado por la
Universidad de Cantabria para la
Consejería de Desarrollo Rural, ambos
terrenos resultan ser de excepcional
valor agrológico denominados
como de “Calidad A”, una categoría
que solo alcanza el 3% del territorio
de Cantabria.
En noviembre de 2007, la asociación
ecologista ARCA presentó
ante la Comisión de Peticiones del
Parlamento de Cantabria una propuesta
para modificar en profundidad
la Ley del Suelo con relación
al concepto de PSIR. Los objetivos
a conseguir serían, según dicha
asociación, incrementar la seguridad
jurídica, la transparencia y la
credibilidad de la gestión urbanística
frente a los ciudadanos, de tal
manera que la figura de los PSIR
que afecten a un solo municipio se
condicione a los ámbitos y objetivos
que se definan en el Plan Regional
de Ordenación del Territorio
(PROT) y el Plan de Ordenación
del Litoral (POL).
Parece necesario, pues, evitar
cualquier tipo de sospecha alrededor
de los PSIR y reservarlos estrictamente
para las grandes actuaciones
que por su relevancia estén recogidas
en el PROT o el POL.
Y ADEMÁS: POL, NUR, PROT...
Poco a poco nos vamos familiarizando
con el uso de acrónimos como PSIR,
pero para una mayoría de ciudadanos
la aparición de tantas y nuevas siglas
se convierten en un galimatías indescifrable.
Pues bien, en este caso todo
tiene su origen en la Ley del Suelo de
Cantabria, aprobada en 2001, que
recoge en su articulado la creación del
Plan de Ordenación del Litoral (POL),
las Normas Urbanísticas Regionales
(NUR) y el Plan Regional de Ordenación
del Territorio (PROT).
POL: El Plan de Ordenación del Litoral
está en vigor desde septiembre de
2004 y se trata de una Ley que zonifica
y condiciona el desarrollo de la franja
costera, con el objetivo de protegerla
y regular las actividades en el
ámbito afectado. Está formado por un
texto articulado y una cartografía de
gran precisión, que ha echado por tierra
numerosos proyectos urbanísticos
en primera línea de costa.
NUR: Las Normas Urbanísticas
Regionales tienen por objeto establecer
criterios y fijar pautas normativas
en lo referente a tipología constructiva,
revestidos, materiales, vegetación
y demás circunstancias urbanísticas
y de diseño, así como medidas
de conservación de los recursos
naturales, del medio ambiente y del
patrimonio cultural.
PROT: El Plan Regional de Ordenación
del Territorio todavía no se ha
aprobado y viene a ser una Ley como
la del POL, pero que afectará a todos
los municipios de Cantabria.
Se han iniciado los pasos para su
aprobación creando una encuesta disponible
en la web http://www.territoriodecantabria.es
comentarios
0