Un juzgado Contencioso Administrativo de Madrid vuelve a cuestionar las sanciones de Delegación de Gobierno
Anulan la sanción impuesta a un miembro de las Brigadas Vecinales por Delegación de Gobierno

El juzgado declara nula la sanción impuesta por la Delegación de Gobierno de Madrid a un miembro de las Brigadas Vecinales cuando documentaba un control de identidad policial por perfil étnico, al considerar vulnerado el derecho a la presunción de inocencia del sancionado. El colectivo recurrirá la sentencia hasta que se les reconozca que, además, fueron violados sus derechos a la libertad de expresión, prueba y de asociación.

, Redacción web
24/10/13 · 12:03

Ha pasado más de un año desde que el colectivo madrileño Brigadas Vecinales de Observación de DDHH interpusiese una demanda por vulneración de derechos fundamentales, al entender que las sanciones de las que habían sido objeto varios de sus integrantes durante la observación y documentación de redadas racistas eran ataques directos a sus derechos más básicos. La demanda era interpuesta el 14 de septiembre de 2012, y fue admitida a trámite el 8 de enero de este año. La resolución emitida por el Juzgado Contencioso Administrativo número 26 de Madrid determina que la sanción a la que se refiere la demanda es nula, porque únicamente se sostiene sobre la declaración policial, y no se presenta ninguna otra prueba. En la sentencia se indica “no son medios de prueba las declaraciones de la policía, vertidas en el atestado, sino que se hace necesario […] que tales funcionarios presten declaración en el juicio oral, debiendo, en tal caso, ser apreciadas sus manifestaciones como declaraciones testificales”. Se trata de un nuevo varapalo judicial a las actuaciones policiales ordenadas por la Delegación de Gobierno, después de las sentencias similares en casos anteriores dirigidos desde la Comisión Legal de Sol. Y es muy relevante en palabras de Clara, una de las integrantes del colectivo, que se reitere que “por sí misma, la declaración de un policía no es suficiente para sustentar una acusación”.
 
Las Brigadas Vecinales de Observación de Derechos Humanos son un colectivo conocido por su trabajo de documentación y denuncia de los controles de identidad por perfil racial en Madrid, que lleva actuando casi cuatro años. En el momento en que interpusieron la demanda tenían claro cuál era su objetivo: "Hay que ser capaces de dar respuesta a las medidas que intentan coartar la actividad de los colectivos y silenciarlos, sobre todo en un momento en el que se intenta acabar con toda respuesta social", explicaban. Y ponían el acento sobre las redadas: “lo que queremos es evitar el racismo es nuestras calles, la intención con todo esto es que acabe cualquier tipo de control en la vía pública que pueda atentar contra la dignidad de las personas”.
 
Por eso, desde el grupo destacan la importancia de poner a disposición de otros colectivos y personas el trabajo que han hecho para la elaboración de esta demanda. “Son dos años de trabajo. Queremos que toda la documentación esté abierta y la gente la pueda utilizar, y que se siga presionando por ahí”, explica Nerea García, abogada que ha dirigido el proceso. Una documentación exhaustiva tanto de las redadas racistas como de la vulneración de derechos fundamentales que les gustaría que pudiese ser aprovechada en otros casos, a la hora de luchar contra la estrategia represiva sancionadora del Estado. Y por ello, a pesar de que el dictamen es favorable, el colectivo piensa continuar con la vía legal, con el objetivo de que sea reconocido que este tipo de actuaciones policiales son un ataque directo a la libertad de expresión y asociación, pero también para que se reconozca la “ilegalidad” que supone la práctica policial que estaban documentando los y las brigadistas.
 
Sobre las redadas, la jueza determina en la resolución que se trata de “una labor policial que se desarrolla dentro de la legalidad y, con respeto de los principios constitucionales, como se señala por el Tribunal Constitucional en sentencia 13/2001”. Es llamativo para las Brigadas que la sentencia en la que se escuda sea precisamente una que ha sido rechazada por un organismo internacional. Se trata del caso de Rosalind Williams, una mujer negra con nacionalidad española que sufrió una identificación policial que denunció por considerar que se había hecho debido a su color de piel. El Tribunal Constitucional avaló la actuación policial, por lo que Williams recurrió al Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas y éste le dio la razón, indicando que “la autora fue individualizada para dicho control de identidad únicamente por razón de sus características raciales y que éstas constituyeron el elemento determinante para sospechar de ella una conducta ilegal” (Dictamen del Comité de la ONU de 17/08/06, de 17 de agosto de 2009. Comunicación 1493/2006).
 
Además, la jueza llega a considerar en la sentencia emitida a Brigadas Vecinales que “en ningún caso se alega por el recurrente que la actuación policial estuviera siendo desconsiderada o humillante para las personas a quien se estaba identificando”, cuestión que consideran de suma gravedad desde el colectivo. Si algo han intentado demostrar desde Brigadas es precisamente que estas identificaciones “constituyen una práctica que limita la libertad de los y las migrantes e implican una vulneración de la dignidad y la integridad de todas las personas, así como un grave atentado contra las garantías de un Estado de Derecho” [Informe 2010-2011 en pdf]. Por eso, aunque el colectivo reconoce que los tribunales son una herramienta útil y continuarán en esta línea, no pierden de vista que “nuestra pelea está con los vecinos y vecinas, en la calle”.

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comentarios

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    25/10/2013 - 7:13am
    Gracias por informar sobre asuntos como este. Parece que la brigada está haciendo muy buen trabajo en una labor tan necesaria :) 
  • Extracto de la sentencia del juzgado contencioso administrativo a favor de Brigadas Vecinales. / Archivo Diagonal
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