El trabajador fue despedido un día antes del fin del periodo de prueba
"Esta sentencia es una bofetada a la reforma laboral del PP"

Una jueza considera ilegal el periodo de prueba impuesto por el Gobierno en la reforma laboral de 2012.

, Madrid
04/12/13 · 10:49

inforelacionada

El Juzgado de lo Social nº 2 de Barcelona ha declarado la improcedencia del despido de un empleado al considerar “ilegal” el periodo de prueba de un año que fija el contrato de trabajo de apoyo a emprendedores de la reforma laboral de 2012. En el supuesto concreto, se despidió al empleado por “no superación el periodo de prueba” cuando apenas faltaban unos días para que el trabajador cumpliera un año de antigüedad en la empresa.

La sentencia, de fecha 19 de noviembre, determina la improcedencia del despido en base a que, dicho periodo de prueba de un año, que se fija en el “contrato indefinido de apoyo a emprendedores”, como nueva modalidad contractual introducida por reforma laboral, es contrario a normas internacionales, de rango superior a la ley nacional. Por ello, siendo la normativa internacional y su jurisprudencia vinculante, la Jueza inaplica directamente la Reforma laboral y considera que la duración del período de prueba de un año no es razonable y que lo correcto es que el periodo de prueba se ajuste a la duración que determine el convenio colectivo del trabajador que, en este caso, era de 15 días.

En este caso, el juzgador ha acogido plenamente la tesis planteada por la abogada del trabajador, Ana Maria Estarán Pérez, perteneciente al colectivo de abogados centrados en la defensa de los derechos sociolaborales de Roberto Castro Rodríguez, la que centró parte de la defensa del caso en el artículo 4.4. de la Carta Social Europea.

Este colectivo de abogados valora de forma muy positiva esta sentencia y ello por cuanto consideran que “constituye un gran logro a favor de la clase trabajadora” y además podrá hacerse extensiva a todos los trabajadores que estén contratados en la actualidad bajo esta modalidad contractual. También, para Roberto Castro Rodríguez, dirigente del equipo de abogados del trabajador, esta sentencia, “constituye una ‘bofetada en la cara’ al gobierno del PP y su soberbia con la Reforma laboral por cuanto supone el recordatorio del sometimiento a las leyes internacionales”.

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