Dos documentos aprobados por el Consejo de Asuntos Generales de la UE planean la retención y el intercambio de información sobre activistas políticos.

El 26 de abril, el Consejo Europeo de Asuntos Generales aprobó el documento 8570/10, una decisión que pasó desapercibida para la opinión pública hasta finales de junio. Según ese texto, la UE observará “procesos de radicalización” a través de la vigilancia de ‘agentes’ que contribuyen a la radicalización de otras personas y que mantienen “actitudes radicales”. Éstas son definidas como posturas de “extrema izquierda o derecha, nacionalistas, religiosas o de antiglobalización”. Para cumplir con este objetivo de forma sistemática, el documento incluye un catálogo de 70 preguntas sobre estas personas, desde “comentarios orales” que reflejan su actitud, pasando por convicciones religiosas, su situación socioeconómica o la personalidad y tratamientos psicológicos a vigilar. También se investigarán relaciones entre estas personas. Como ejemplos, el texto nombra “compañeros escolares, amigos, conocidos [y] compañeros de celda”.
En marzo de este año ya había sido acordado el documento 7984/10, que propone “almacenar datos sobre la radicalización violenta”. Este documento clasificado fue publicado por la ONG Statewatch y, semejante al 8570/10, propone la vigilancia de radicales “violentos”, a pesar de que el mismo texto no mantiene la separación entre activismo “violento” y “no violento” que sugiere el título. Ambos documentos tienen un estado legal opaco, ya que su carácter es sólo orientativo. No son directivas que los Estados miembros de la UE tengan que poner en práctica obligatoriamente. Como meras propuestas, tampoco están sometidos al debate y a la aprobación del Parlamento Europeo.
“Legalizar una ilegalidad”
Según Julen Arzuaga, coordinador
del observatorio vasco de derechos
humanos Behatokia, la reciente
adopción de los documentos 8510/10
y 7984/10 significa “legalizar una situación
de ilegalidad”, ya que tales
registros existen. Arzuaga recuerda
que la información contenida en los
ficheros está protegida por la Ley
Orgánica de Protección de Datos
(LOPD) por tratarse de datos personales.
El artículo 7.4 de la LOPD prohíbe
“los ficheros creados con la
finalidad exclusiva de almacenar datos
de carácter personal que revelen
la ideología, afiliación sindical, religión,
creencias, origen racial o étnico,
o vida sexual”. No obstante la legislación,
en el Estado Español ya
existen ficheros, lo mismo sucede en
Francia, Alemania y el Reino Unido.
Mientras las leyes de protección de datos europeas se oponen a este desarrollo, la retención masiva de datos personales y su control por las fuerzas de seguridad es formulada como objetivo explícito en numerosos documentos europeos de la pasada década. La presidencia portuguesa de la UE ya predijo en 2007 un “futuro cercano”, en el cual “cada objeto que el individuo usa, cada transacción que lleva a cabo y casi cualquier sitio a donde vaya dejará un registro digital detallado”. Estos datos ponen “al descubierto esquemas y comportamientos sociales, que los profesionales de la seguridad pública pueden usar para prevenir o investigar incidentes”.
El mismo documento portugués nombraba explícitamente potenciales fuentes de estos datos: videovigilancia, chips RFID, redes sociales en internet y la vigilancia de transferencias bancarias. Otros documentos de la UE proponen el control de las vías de transporte mediante la creación de un registro europeo de pasajeros de avión, similar al estadounidense, y una vigilancia extendida de las fronteras europeas, para afrontar las dos principales amenazas que tiene la UE, según el documento 5/2007/DE “ataques terroristas y flujos migratorios”. Varias medidas para cumplir con este objetivo ya han sido puestas en práctica, como las directivas europeas que obligan a la retención de datos de telecomunicaciones y la introducción de pasaportes con datos biométricos, para estandarizar y facilitar la identificación de personas.
La UE mantiene distintos programas para investigar el procesamiento y asociación automatizada de grandes cantidades de datos procedentes de distintas fuentes. Entre éstos destaca el programa INDECT, que se centra en el desarrollo de medios tecnológicos para relacionar distintas tecnologías de vigilancia. El sistema debe reconocer “comportamiento anormal”, sobre todo en “entornos urbanos” y en internet, para facilitar así la vigilancia automática de estos espacios.
El modelo estadounidense
“La reorganización radical de las
fuerzas de seguridad que ha sucedido
en Estados Unidos está teniendo
lugar lentamente en Europa”, constata
Ben Hayes de Statewatch. En
EE UU, las competencias policiales
han sido ampliadas por una serie de
reformas posteriores al 11-S, sobre
todo mediante el Patriot Act.
Esta ley facilita la investigación
preventiva al recortar los requisitos
para la interceptación de telecomunicaciones
y permitir detenciones
preventivas ilimitadas
de extranjeros, con la justificación
de la amenaza terrorista.
La situación en EE UU explicita las consecuencias de esta política. Allí ha sido instalada la base de datos antiterrorista Terrorist Watch List que, según denuncia la ONG American Civil Liberties Union (ACLU), disponía de un millón de entradas sobre más de 400.000 personas en noviembre de 2009. El FBI informó de que durante este año se han añadido unas 1.600 entradas diarias a la lista. Un segmento de esta base de datos es la No Fly List, compuesta por nombres de presuntos terroristas a los que no se les permite el viaje en avión a, o desde, EE UU.
Debido al creciente número de personas fichadas, también se ha elevado la cifra de falsos positivos, personas que tienen el mismo nombre de otras personas que ya están fichadas. El falso positivo más famoso fue el del senador Edward Kennedy, cuyo nombre coincide con un tal T. Kennedy que aparecía en esa lista. La ACLU denuncia que en varios casos figuraban activistas políticos no violentos en la lista.
Terrorist Watch List El informe Periodismo, derechos civiles y la guerra contra el terrorismo, editado por la Federación Internacional de Periodistas (FIP) en 2005 resumía que la lógica en la que se basaban estos ficheros considera “necesario recopilar información sobre gente inocente para confirmar su inocencia. Así, la presunción de inocencia, que constituye la base del sistema legal común, se convierte en víctima de la guerra contra el terror”.
Según la FIP, la aplicación de semejantes conceptos a escala internacional “llevará al mutuo reconocimiento de decisiones arbitrarias (negación de visados, negación del pase de fronteras, inclusión de alguien en listas de vigilancia o una base de datos...), despojando a personas de sus derechos sin proporcionar oportunidad de recurso legal alguno”. Así se “socavan estándares democráticos, ya que son introducidos mediante procesos encubiertos que […] se encuentran fuera de la esfera del control parlamentario”.
Estado español
Aunque las autoridades
españolas nieguen
su existencia,
existen ficheros de
activistas en el
Estado español.
Según denuncia Julen
Arzuaga, de Behatokia,
están fichadas unas 17.000
personas relacionadas con la
izquierda abertzale. La naturaleza
de los datos, que han
sido utilizados como pruebas
en juicios, indica que provienen
de distintas fuentes,
desde antecedentes penales
hasta firmas para apoyar la
candidatura de partidos
o datos sobre
el activismo de
personas que sólo
pueden haberse
obtenido mediante
técnicas de inteligencia.
En 2004, un grupo
de activistas catalanes denunció
que la Brigada Provincial
de Información de la Policía
Nacional los mantenía en un
fichero ilegal. Durante un interrogatorio
la policía había
enseñado a otros activistas
las fotos que habían entregado
al solicitar su DNI.
Reino Unido
La policía británica
dispone de la mayor
base de datos
genética mundial.
Los perfiles proceden
de análisis
genéticos rutinarios
tras una detención, a
pesar de que los sospechosos
probaran su inocencia. En la
base, está registrado un 7%
de la población y el 30% de
la población británica negra.
El diario The Guardian informa
de que la policía también
mantiene un fichero de activistas
políticos, que incluye
ultraderechistas,
“extremistas
medioambientales”,
islamistas y
republicanos irlandeses.
El mismo
diario publicó una
spotter card aparecida
en septiembre de 2009 en
una manifestación. La tarjeta
reúne fotografías de activistas
que los agentes policiales
deben vigilar durante manifestaciones.
No obstante, en la
tarjeta mencionada figuran
activistas pacíficos como el
comediante Mark Thomas.
Alemania
mana
dispone de
un fichero antiterrorista
que incluye
información sobre
unas 13.000 personas
sospechosas de
estar relacionadas con el
terrorismo. Aparte de esta
base de datos mantiene otros
80 ficheros que reúnen información
sobre distintas categorías
de personas conflictivas.
Existen listas de
hooligans, activistas de
izquierda y derecha radical e
islamistas, y de personas condenadas
por crímenes
específicos. Para
ser fichado basta
con la apertura de
una investigación
policial o el control
de documentación en
las proximidades de una
manifestación o un evento
deportivo. Los ficheros han
sido declarados ilegales en
varias ocasiones por distintos
juzgados, porque no se amparaban
en la Ley. En junio de
2010, una orden del ministro
de Interior Thomas de Mazière
les otorgó esta base legal.
El espionaje telefónico ha desatado continuas polémicas en el Estado español y en el resto de países de la Unión Europea, ya que habitualmente las operadoras telefónicas y de internet no han mostrado reticencias a que sus registros sean controlados. Y más ahora que con un simple programa informático se pueden interceptar las comunicaciones. El sello judicial no es siempre necesario como se demostró en otoño de 2009 en el Estado español. Entonces se descubrió el Sistema Integrado de Interceptación de Telecomunicaciones, más conocido como SITEL, gracias a los ataques mediáticos que PSOE y PP acostumbran a mantener.