Periódico Diagonal

CÁRCELES | CONDENAN AL EX SUBDIRECTOR DE UNA CÁRCEL POR ACOSO SEXUAL

Langraitz, un poco de eso que llamamos justicia

Un abogado de las presas que denunciaron al ex subdirector de la cárcel de Langraitz por proposiciones y acoso sexual valora la reciente sentencia condenatoria.

Carlos Hernández, coordinador del colectivo de abogacía Salhaketa Bizkaia
Martes 19 de enero de 2010.  Número 117  Número 118

El 16 de diciembre, la Audiencia provincial de Araba condenó al ex subdirector de Seguridad de la cárcel de Langraitz (Nanclares de la Oca), Mariano M. A., a un año de cárcel, seis de inhabilitación total y 3.000 euros de indemnización para la afectada como culpable de un delito de proposiciones y acoso sexual a una presa bajo su custodia penitenciaria. Lo hizo después de más de cuatro años y medio del inicio del proceso judicial con la presentación de la primera denuncia en marzo de 2005. Quienes hemos estado desarrollando la campaña de apoyo a las cuatro presas que denunciaron a este funcionario a lo largo de 2005 valoramos positivamente la sentencia porque, en los cuatro casos, la Audiencia Provincial da por probadas las presiones, coacciones e intimidaciones denunciadas por las presas.

En el caso por el que se condena, la existencia de testigos (dos funcionarias que declararon en favor de la presa), el hecho de que se acreditaran intentos de besar y abrazar a la presa, así como un tocamiento en el trasero, indican claramente el carácter sexual de las presiones y se consideran motivos suficientes para condenar a Mariano M.A. Respecto a las otras tres denuncias, que se resuelven con absoluciones, quedan dudas razonables del carácter sexual de las mismas, no porque no existieran, sino por no poder acreditarse tanto como en el caso anterior. Es más, en los tres casos en que la Audiencia no condena, la propia sentencia reconoce que los hechos, aunque no sean constitutivos de delito, son moralmente reprobables y debieran ser sancionados de forma disciplinaria por la Administración penitenciaria.

Esto deja en manos de Instituciones Penitenciarias el abrir el correspondiente expediente sancionador a este funcionario por los tres casos en los que le absuelve la Audiencia y tomar las medidas necesarias para que ninguna persona vuelva a quedar bajo su custodia directa.

Hay que criticar especialmente la labor del Ministerio Fiscal, que ejerció como segunda defensa, atacando y desacreditando a las cuatro presas denunciantes y manteniendo la hipótesis de la defensa del acusado (que ejerció un abogado del Estado), de que todo era un complot y una venganza de las presas hacia éste. Con independencia del fallo final, la sentencia deja bien claro que no hubo ningún complot (define esa hipótesis como “irracional”), que las irregularidades existieron y que por ellas las cuatro mujeres afectadas sufrieron secuelas psíquicas como cuadros de ansiedad y/o depresión de mayor o menor gravedad. Además, la propia sentencia plantea que al menos otras tres mujeres presas pudieron sufrir situaciones de acoso similares a las de las denunciantes, si bien no presentaron denuncia en sede judicial. El hecho de que no denunciaran impide valorar la gravedad de esos hechos, pero el Ministerio Fiscal debería tomar nota de los mismos, investigarlos y presentar las oportunas denuncias de oficio para aclarar definitivamente los hechos ocurridos en el módulo de mujeres de la cárcel de Langraitz entre los años 2003 y 2005, cuando Mariano M. A., ahora condenado, fue subdirector de seguridad del centro.

Si bien la condena es escasa (la mínima prevista por la ley en estos casos) y consideramos que en los tres casos en los que se dicta absolución debería haberse considerado la misma culpabilidad que en el caso por el que se condena (como las presas, nosotros creemos que las coacciones tenían un claro e inequívoco contenido sexual) entendemos que esta sentencia viene a hacer un poco de eso que llamamos justicia, lo cual es mucho decir en los tiempos que corren, y mucho más tratándose de cuatro presas que denuncian a todo un subdirector de seguridad de un centro penitenciario.

Por ello y junto con las denunciantes nos alegramos del resultado del proceso, lo cual no es óbice para que las presas estén meditando sobre si recurrir o no la sentencia en aras de obtener un mejor resultado, decisión en la que las apoyaremos como hasta ahora lo hemos hecho.

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Portada número 167
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Boletín radiofónico Diagonal 150
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