Periódico Diagonal

MENORES | EL TEXTO PROPONE ALARGAR LAS PENAS Y ACENTUAR LAS SANCIONES

La reforma de la Ley del Menor prevé penas más duras

Paula García , Madrid
Lunes 15 de mayo de 2006. Número 15
Las declaraciones gubernamentales que anunciaban, a mediados de septiembre, un endurecimiento de la Ley Penal del Menor, han generado preocupación entre las organizaciones que trabajan con menores. Éstas afirman que se olvida el sentido educativo y de reinserción, y que aumentar las penas no va a eliminar el delito.
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// Coordinadora de Barrios

El Gobierno del PSOE está preparando una nueva reforma de la Ley Penal del Menor (LORPM, aprobada en 2000), cuyas líneas básicas, avanzadas por el ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, suponen un claro endurecimiento de la norma. Las organizaciones de apoyo a los menores preparan protestas para diciembre. Denuncian el paso de la concepción del menor ‘marginado’ como sujeto en peligro y a proteger, a sujeto peligroso del que protegerse. Con la reforma de la LORPM el gobierno pretende dar respuesta a la integración de jóvenes en bandas y a la creciente alarma social que han provocado casos aislados -como el del asesinato de la joven Sandra Palo-.

Siguiendo la línea iniciada por tres reformas anteriores -dos en 2000, antes de que la ley entrase en vigor, y otra a través de la elaboración del reglamento de desarrollo de la ley, que entró en vigor en marzo de 2005-, se introducen criterios retributivos (se castiga el delito) en detrimento de los educativos. Acentuar el talante sancionador de la LORPM implica un paso más en la equiparación entre la legislación penal de adultos y la de menores, y es un reflejo del endurecimiento progresivo de la legislación penal que iniciara en la anterior legislatura el Gobierno del Partido Popular.

Para determinadas entidades como el Movimiento Contra la Intolerancia, la reforma de la LORPM responde a las necesidades de las víctimas de delitos violentos, que llevan años pidiendo el endurecimiento de la Ley Penal del Menor. Sin embargo, para otros colectivos que desarrollan un trabajo cotidiano con menores afectados por la aplicación de la LORPM, e incluso para el Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid, Pedro Núñez Morgades, la reforma supone dejar el talante educador otorgando una clara primacía al aspecto sancionador. Obviándose además, que se condena no tanto el delito como la pobreza.

Internamientos más largos

La propuesta de alargar el internamiento de los menores en los reformatorios tiene lugar en un momento en el que las deficiencias de las que adolecen estos centros han sido puestas de manifiesto por el propio Defensor del Pueblo en el informe correspondiente al año 2004. En él se insta al cierre de un centro de menores en Melilla y de cuatro en la Comunidad de Madrid (Renasco, El Madroño, El Pinar y Altamira), por no reunir las condiciones mínimas para el internamiento.

Más allá de las deficiencias materiales denunciadas por el Defensor del Pueblo, en un informe elaborado por la Coordinadora de solidaridad con las personas presas se denunciaba la muerte de cinco menores en centros de reforma entre 2002 y 2004, ocurridas en los centros de Burjasot, Els Tilers, Es Pinoret y Nivaria, tres de ellas por suicidio.

Junto a las medidas de internamiento se propone adelantar la edad en la que se produzca el cambio del centro de menores a la cárcel. Hoy, un menor que cometa un delito y que alcance la mayoría de edad durante el cumplimiento de una medida de internamiento puede permanecer en el centro de menores, antes de pasar a una prisión, hasta los 23 años. Con la reforma el paso a la cárcel podrá realizarse con 21 años, siempre que se trate de delitos graves, y tras la celebración de una vista.

Si la reforma propuesta por el PSOE saliera adelante, quedaría definitivamente derogada la posibilidad, hoy en suspenso, de aplicar la LORPM, en vez de la ley penal de adultos, a personas de entre 18 y 21 años.

LA REFORMA

Delitos graves: el límite de cumplimiento en un centro de internamiento pasa de ocho a once años para los mayores de 16 años, y de cuatro a siete años para los mayores de 14 años.

Medida cautelar de internamiento (la prisión provisional de adultos): de 3 meses, se pasa a 9 ó 12 meses.

Introducción de medidas propias de la ley penal de adultos: prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima; prohibición de residir o acudir al lugar del delito.

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Portada número 174
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Boletín radiofónico Diagonal 150
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